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La división social del trabajo – Síntesis Capítulo I: La función de la división social del trabajo


Enviado por   •  3 de Julio de 2017  •  Resumen  •  2.146 Palabras (9 Páginas)  •  430 Visitas

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Nombre: Michel Canales

Estudios de: Sociología

Profesor: Juan Pablo Paredes

Ramo: Teoría sociológica I

La división social del trabajo – Síntesis

Capítulo I: La función de la división social del trabajo

Durkheim da inicio al primer capítulo clarificando en qué sentido entenderá el concepto de función, él se refiere a las relaciones de correspondencia entre los movimientos y necesidades del organismo. “Preguntarse cuál es la función de la división social del trabajo es, pues, buscar a qué necesidad corresponde” (Durkheim, 2001, p. 57).

No olvidando el sentido objetivista, pone de relieve las cosas que están fuera de la moral, ya sean, la ciencia, el arte y la industria. Evidenciando que la fuente de la civilización es la división del trabajo, la preocupación del sociólogo francés será la carencia de moralidad.

La actividad económica responde a la satisfacción de necesidades, por consecuencia, no le falta razón de ser, el problema es que estas necesidades no son morales. De hecho el autor cuenta que el progreso de la industrialización muestra una creciente alza de la tasa de crímenes y suicidios, lo cual refleja una unidad de medida de la inmoralidad colectiva. Si bien esto no alcanza para decir que la civilización es inmoral, al menos sirve para establecer que hay una influencia moral débil.

Para hacer una ida y vuelta, entre la moral y la división del trabajo, Durkheim hace una comparación sobre las distintas perspectivas que se tiene sobre la amistad, ya sea, por semejanza o desemejanza para referirse al tema de la atracción. Haciendo hincapié en la diferenciación concluye que siempre estamos en busca de rasgos que jueguen un rol de complementariedad. Bajo esta lógica dirá que “los servicios económicos que puede en ese caso proporcionar, valen poca cosa al lado del efecto moral que produce, y su verdadera función es crear entre dos o más personas un sentimiento de solidaridad” (Durkheim, 2001, p.65).

También ejemplificará con la sociedad conyugal, diferenciándola y diciendo que es precisamente ese rasgo de distinción el que los une. Pero como en el ejemplo anterior dirá que sólo las diferencias que complementan hacen surgir los sentimientos. “La división del trabajo sexual es la fuente de solidaridad conyugal” (Durkheim, 2001, p. 66)

La idea central que el clásico francés intenta entregar es que donde existe poca diferenciación tiende a haber una solidaridad débil, por el contrario, donde existe basta diferenciación hay una solidaridad fuerte, es decir, la vida social ha surgido. Además que la parte económica puede influir en la formación de estos lazos sociales, pero su alcance se ve sobrepasado, puesto que, la división social del trabajo consiste en establecer un orden social y moral, es decir, la solidaridad va más allá del intercambio de servicios.

Dicho lo anterior, Durkheim conjetura que la división social del trabajo juega un papel de cohesión social, y plantea que si esto es así ésta debe tener un carácter moral, puesto que, el orden, la armonía y la solidaridad son rasgos distintivos de la moralidad.

Dado que el derecho presenta rasgos sensibles, será el hecho que simbolice la identificación de la solidaridad social como hecho moral, ya que, por sí solo no se presenta a observación, es necesario un hecho externo que permita el estudio del interno.“En efecto, la vida social, allí donde existe de una manera permanente, tiende inevitablemente a tomar una forma definida y a organizarse, y el derecho no es otra cosa que esa organización” (Durkheim, 2001, p.75).

Capítulo II: Solidaridad mecánica o por semejanzas

En el segundo capítulo Durkheim observando el derecho, entiende que el derecho represivo es el lazo de solidaridad social que responde ante el crimen, él se dispone a identificar en qué consiste el crimen, para ello dirá que “es preciso desentrañar los rasgos comunes que aparecen en todas las variedades criminológicas de los diferentes tipos sociales” (Durkheim, 2001 p.84).

Luego de una revisión de criterios, llega a una respuesta obvia diciendo que las reglas penales son necesarias porque las sociedades las sienten de esa manera. Por consecuencia, dado que el fundamento de las condiciones constitutivas de la criminalidad se encuentra en ciertos estados del sujeto, se definirá bajo el mismo patrón el crimen.“En efecto, la única característica común a todos los crímenes es la de que consisten (…) en actos universalmente reprobados por los miembros de cada sociedad” (Durkheim, 2001, p.87). Es decir, que son reconocidos por todos, que se encuentran en todas las conciencias.

Pero no basta con caracterizar al crimen solamente con el criterio de que afecta a los sentimientos colectivos, de hecho hay ofensas a la moral sin que eso implique necesariamente un crimen. Por ejemplo, el incesto, la infidelidad en un estado matrimonial, etc., Se debe buscar la singularidad característica del crimen en la lenta evolución del derecho penal porque ahí se ve el reflejo de fuertes tendencias arraigadas en nosotros. No se trata de que estén grabados en todas las conciencias, sino que están fuertemente grabados, es decir, tienen una cierta intensidad media.

Para evidenciar ello Durkheim dirá que la “fijeza del derecho penal es un testimonio de la fuerza de resistencia de los sentimientos colectivos a que corresponde” (Durkheim, 2001, p.93). En comparación con otros derechos, como por ejemplo, derecho civil, derecho mercantil, etc.

Además de las características precedentes es necesario que las reglas penales, sean precisas, uniformes, en síntesis que signifiquen para todos lo mismo y no haya espacio para las fluctuaciones.

Todo esto lleva a concluir que existe un conjunto de creencias y sentimientos comunes que tienen vida propia que se presenta de manera dispersa, pero que así también presenta caracteres específicos, a esto se le denomina conciencia colectiva o común. “En efecto, es independiente de las condiciones particulares en que los individuos se encuentran colocados; ellos pasan y ella permanece” (Durkheim, 2001, p. 94).

Por consecuencia, bajo el análisis realizado se dirá que “un acto es criminal cuando ofende los estados fuertes y definidos de la conciencia colectiva” (Durkheim, 2001, p. 93-94).

Ahora lo que importa es saber qué es la inmoralidad, y sobre todo, la inmoralidad que la sociedad reprime mediante penas y que constituye la criminalidad. En ese sentido se dice que el único o varios caracteres distintivos del mismo, es la oposición del crimen ante los sentimientos colectivos. Bajo esa lógica “no hay que decir que un acto hiere la conciencia común porque es criminal, sino que es criminal porque hiere la conciencia colectiva” (Durkheim, 2001, p. 96).

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