La función pública punto de fricción entre las ramas de poder del público
Enviado por Luis Londoño Villalba • 22 de Julio de 2020 • Ensayo • 1.494 Palabras (6 Páginas) • 123 Visitas
La función pública punto de fricción entre las ramas de poder del público.
Del interesante articulo del Dr German Puentes González, se puede extraer no solo el recuento histórico de lo que ha sido la evolución del concepto de función pública a lo largo de la historia moderna y reciente de nuestro país, sino que de igual manera conforme a los extractos jurisprudenciales presentados por el autor, se puede denotar la insistente pugna entre las ramas del poder público en la instrumentalización de la función pública como modelo de proselitismo político, y aunado a ello de la arraigada practica del SPOIL SYSTEM y su intento reiterativo de imposición por parte de las ramas ejecutiva y legislativa del poder público en todas sus actuaciones, desconociendo de manera vehemente lo consagrado en el Art 125 de la Carta política Colombiana, y denotando el papel fundamental que ostenta el órgano encargado de la salvaguarda de la misma, y sus múltiples pronunciamientos en el tema, dejando en claro que los intereses particulares que tengan las ramas del poder público, pueden sobrepasar los límites contemplados por el legislador en el desarrollo de la constitución política colombiana de 1991.
El papel fundamental que desempeña el talento humano como esencial para el cumplimiento de los fines del Estado, tuvo su evolución a lo largo del desarrollo constitucional y normativo colombiano, y es que fue tan solo aproximadamente hasta el año 1900 que lo referente a función pública daría sus primeros asomos en el debate colombiano, esto con la aparición del gran Rafael Uribe Uribe, y dicha concepción fue fundada en la concepción de Estado Moderno contentivo en uno de sus ejes fundamentales el servicio civil formado y capacitado para ello, con alta calidad que debiese ser la exigencia para el ostento de dichos cargos. Dichos debates permanecieron en el tiempo durante muchos años solo como ello, vagos debates sobre las cualidad y aptitudes que debían ostentar los servidores de la función pública. Lo anterior se mantuvo hasta la llegada en 1958 del frente nacional, en donde las ramas ejecutivas y legislativas sentaron su posición de un estadio de Spoil System, como máxima para la consecución de sus fines particulares, y ello era la utilización del nombramiento en la función pública a efectos del crecimiento de sus imperios políticos, dando luces de que dicha función era concebida para ellos como un vehículo de paga de favores y fortalecimiento de sus intereses políticos, ello en vigencia de la Ley 165 de 1938 que daba vía libre a este poder ilimitado del ejecutivo.
Por lo que, ante el panorama ya descrito, llega la Constituyente y su consecuente constitución política colombiana de 1991, al rescate de dichos valores que en principio y con anterioridad pregonaba el Dr Uribe Uribe, debía revestir a la función pública y sus correspondientes servidores
contemplando los principios y sus fundamentos en el ya mencionado Art 125
constitucional.
Sea este el primer el inicio de los innumerables episodios de fricción entre las
ramas del poder público, ya que cambiar la noción que tanto el ejecutivo
como el legislativo tenían de la función pública era una tarea que la
constitución por sí sola no podía cumplir, y es que al tenor del Art 125
constitucional ¨ Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de
carrera¨ contemplando las excepciones entre las que se encuentran los
cargos de elección popular, los trabajadores oficiales y los de libre
nombramiento y remoción, no iban a ser suficiente para la
instrumentalización que desde épocas pasadas habían realizado tanto el
ejecutivo como el legislativo de la función pública en el sentido del
proselitismo político marcado y el denominado SPOIL SYSTEM ya manejado
y especialmente ejercido por los mismos.
Al tenor del desarrollo de dicho articulado constitucional empieza el
despliegue del legislativo de manera maquillada para contrarrestar los
limites constitucional ello inicialmente con la expedición de la Ley 27 de
1992, en donde el legislativo intenta reducir a empleos de menor rango y
jerarquía la denominada carrera administrativa, es decir la elección a través
del mérito al cargo en disposición, dichos limitantes fueron igualmente
propugnados por el congreso de manera posterior en leyes tales como la
Ley 270 de 1996, el ejecutivo igualmente no se quedaría atrás con la
expedición del decreto 122 de 1996, el decreto 256 de 1994, y el 1222 de
1993, dejando en claro que la intención de sesgar el nombramiento y la
disposición de los cargos en la función pública debía ser exclusiva de los
nominadores, y entreviendo la necesidad de no despojarse de dicho poder
ilimitado de utilización del mismo como
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