Legislacion de la prevencion.
Enviado por yeya1953 • 20 de Marzo de 2016 • Tarea • 305 Palabras (2 Páginas) • 207 Visitas
CONCEPTOS BASICOS DE LEGISLACION
Elvis Martinez Muñoz
LEGISLACION DE LA PREVENCION
Instituto IACC
10 de mayo 2015
El trabajador Sr. Marcos Plaza del Pino desarrolla funciones en la construcción como maestro pintor, está casado con la señora Ingrid Morales y es padre de cuatro hijos menores de edad (cargas familiares), su sueldo imponible mensual es de $400.000 pesos. El trabajador sufre un accidente incapacitante con un 75% de lesión física, sin dependencia de un tercero.
¿Cuál será el beneficio económico que el trabajador reciba?
Desarrollo: El Sr. Marco tiene una Invalides total del 75% de lesión físico por lo que corresponde una pensión parcial correspondiente al 70% de su sueldo ($400.000).
Sin embrago como Marco tiene cuatro hijos, se le dio un 5% sobre el 70% de la pensión por cada hijo, lo que en este caso alcanza a un 20%, por lo tanto se le asigna un total de 90% de la pensión parcial de su salario.
De acuerdo con la tabla dada, el trabajador corresponde al segmento que se encuentra destacado.
Incapacidad | % de lesión | Prestación Económica | Monto | Suplemento |
Invalidez Temporal | Menor al 15% | Subsidio | Pago de licencia | Sin suplemento |
Invalidez parcial | Entre 15 al 37.5% | Indemnización | Pago monto única vez | Sin suplemento |
Entre el 40 al 65% | Pensión | 5% por cada hijo | ||
35% del sueldo base imponible | Hijos superior al segundo máximo 5to 50 % de sueldo imponible | |||
Invalidez total | Igual o superior al 70% | Pensión | 70% de sueldo base imponible | Hijos superior al segundo y máximo 8vo 100% del sueldo imponible |
Gran invalidez | Igual o superior al 70% y dependiendo de terceros | Pensión | 100% del sueldo base imponible | Hijos Superior al segundo y máximo 10mo 140% del sueldo imponible |
Se hace presente que el trabajador se encuentra catalogado como invalidez total porque aunque este con un 75% de discapacidad no depende de terceros para el desarrollo de sus actividades básicas.
Por lo tanto el porcentaje del sueldo base imponible + 5% por cada hijo =% total de pensiones.
70% + 20% = 90%
Bibliografía
Contenido de la semana
...