Ley De La Consulta Previa - Peru
Enviado por FabianFC • 25 de Mayo de 2012 • 334 Palabras (2 Páginas) • 1.407 Visitas
El 3 de abril se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC en el cual se reglamenta la Ley Nº 29785, “Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”.
La obligación de una consulta previa a los pueblos indígenas deriva del Convenio 169 de la OIT. Esta fue realizada con el fin de garantizar los derechos colectivos de los pueblos indígenas y constituye una responsabilidad del Estado peruano.
La consulta previa tiene como objetivo llegar a un acuerdo para lograr el consentimiento de los pueblos indígenas sobre las medidas administrativas o legislativas propuestas. Sin embargo, si leemos detenidamente la ley, esta consulta podría reducirse tristemente a un simple procedimiento administrativo para justificar la vulneración de los derechos indígenas, ya que sus resultados “no son vinculantes” y deja la decisión final en manos del Estado; así lo señala claramente el reglamento en el inciso 5 del primer artículo: “el resultado del proceso de consulta no es vinculante, salvo en aquellos aspectos en que hubiere acuerdo entre las partes”.
Si bien el Reglamento tiene declaraciones interesantes, por ejemplo en el artículo cuarto se señala que el contenido de la medida a consultarse “debe cumplir con la legislación ambiental y preservar la supervivencia de los pueblos indígenas”; a la vez es sumamente contradictorio, pues, por ejemplo, el artículo 5.d dice que las consultas deben realizarse con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento, pero agrega que “el no alcanzar dicha finalidad no implica la afectación del derecho a la consulta”.
La norma señala también que se debe consultar a aquellos pueblos indígenas cuyos derechos colectivos pueden verse afectados de forma “directa” por una medida legislativa o administrativa. Esto puede ser un tanto peligroso ya que muchos proyectos mineros o de construcción de represas, impactan sobre zonas que no necesariamente están en el ámbito geográfico del proyecto, esto sobre todo cuando se afectan cuencas hidrográficas.
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