Consulta Previa
Enviado por octy28 • 5 de Junio de 2013 • 805 Palabras (4 Páginas) • 586 Visitas
PROCESOS DE CONSULTA PREVIA EN LOS TERRITORIOS DE COMUNIDADES ÉTNICAS
El presente ensayo trata de los deberes del estado colombiano y los derechos de las comunidades étnicas, consagrados especialmente en la constitución política y en convenios internacionales ratificados por nuestro país, cuyo objetivo principal es que se conozcan, se respeten y promuevan esos derechos.
La constitución política de 1991 establece que el estado colombiano reconoce y protege la diversidad étnica y cultural, señalando que es su obligación y la de todas las personas, proteger las riquezas naturales y culturales de la nación colombiana, por lo tanto el estado colombiano debe crear y adoptar medidas conforme a las tradiciones y cultura de los pueblos étnicos con el objetivo de dar a conocer sus derechos y obligaciones, para así proteger sus derechos cuando se quieran implementar proyectos que puedan afectar sus tradiciones, cultura y herencia. En este caso ¿Qué papel debe desempeñar el gobierno frente a la consulta previa para evitar que estos casos terminen definiéndose en los estrados judiciales?
Las estrategias y los proyectos de desarrollo promovidos por las empresas privadas e incluso por el estado colombiano, han generado divergencias con los pueblos indígenas representantes de la diversidad cultural de nuestra nación. Este tipo de confrontaciones que hemos conocido como “conflictos ambientales”, tienen que ver con el entorno, con el uso, manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, y con la realización de proyectos, obras o actividades que pueden ocasionar impactos no solo ambientales sino también sociales y culturales.
Estos proyectos, a lo largo del tiempo, y específicamente en los últimos años, han incidido negativamente en las culturas indígenas, las cuales permanentemente se han pronunciado sobre la necesidad de respetar sus derechos fundamentales, en especial, el derecho a la autonomía, a sus valores y prácticas sociales, religiosas y culturales; al territorio a través de reconocimiento del derecho de la propiedad y de posesión de las tierras que tradicionalmente han ocupado; a la integridad cultural, las normas e instituciones propias; a la participación y a la consulta con sus líderes, comunidades, instituciones y organizaciones representativas, mediante procedimientos apropiados, cada vez que se prevean medidas susceptibles de afectarles, es aquí donde “la consulta previa es un valioso instrumento que permite impulsar el respeto por los derechos étnicos y los derechos humanos colectivos de las comunidades indígenas y negras, como son el derecho al territorio, a la identidad, a la autonomía, a la participación plural y en general a su plan de vida”. (Rodríguez 2010,156)
Lo anterior significa que la consulta previa se constituye en un mecanismo para avanzar en el reconocimiento real de los derechos humanos de los pueblos o las comunidades étnicas, el cual se aplica
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