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Ley De Los Consejos Comunales


Enviado por   •  31 de Octubre de 2013  •  1.722 Palabras (7 Páginas)  •  314 Visitas

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CONCEJO COMUNAL

Un concejo comunal es una forma de organización de la comunidad, desarrollada en el ordenamiento jurídico venezolano en el marco de la revolución Bolivariana, donde el mismo pueblo es quien formula, ejecuta, controla y evalúa las políticas públicas, asumiendo así, el ejercicio real del poder popular, es decir, poniendo en práctica las decisiones adoptadas por la comunidad. El consejo comunal representa la instancia esencial de la organización popular, que deberá a partir de allí arrojar la experiencia necesaria en el impulso al Poder Comunal.

ORGANIZACIÓN Y FUNCION DE LOS CONSEJOS COMUNALES

Los consejos comunales están estructurado de manera jerárquica por:

1-. Asamblea de ciudadanos y ciudadanas: máxima instancia de participación y decisión de la comunidad organizada, conformada por la integración de personas con cualidad jurídica, según la ley que regule la forma de participación, para el ejercicio directo del poder y protagonismo popular, cuyas decisiones son de carácter vinculante para la comunidad, las distintas formas de organización, el gobierno comunal y las instancias del poder público, de acuerdo a lo que establezcan las leyes que desarrollen la constitución, organización y funcionamiento de los autogobiernos comunitarios, comunales y los sistemas de agregación que de éstos surjan.

2-. Colectivo de coordinación comunitaria: es la instancia de articulación, trabajo conjunto y funcionamiento, conformado por los voceros y voceras de la unidad ejecutiva, unidad administrativa y financiera comunitaria y la unidad de contraloría social del consejo comunal.

3-. Unidad ejecutiva: es la instancia del consejo comunal encargada de promover y articular la participación organizada de los habitantes de la comunidad, organizaciones comunitarias, los movimientos sociales y populares en los diferentes comités de trabajo; se reunirá a fin de planificar la ejecución de las decisiones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, así como conocer las actividades de cada uno de los comités y de las áreas de trabajo.

4- Unidad administrativa y financiera comunitaria: es la instancia del consejo comunal que funciona como un ente de administración, ejecución, inversión, crédito, ahorro e intermediación financiera de los recursos y fondos de los consejos comunales, de acuerdo a las decisiones y aprobaciones de la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, privilegiando el interés social sobre la acumulación de capital. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas

5-. Unidad de contraloría social: es la instancia del consejo comunal para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administración de los fondos del consejo comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad electos o electas, a través de un proceso de elección popular.

PARTICIPCION SOCIAL

Los venezolanos a partir de 1958 empezaron a vivir un periodo de democracia hasta nuestros días, en donde este sistema de gobierno durante 41 años se mantuvo estático, es decir, en una democracia representativa, donde los gobernantes eran elegidos por la voluntad del pueblo, en donde se creía y se estaba convencido que solo elegir a un gobernante era democracia, y el pueblo la ejercía plenamente. Ahora bien surge una interrogante: ¿Cómo un pueblo ejerce plenamente la democracia en un país?

Para dar respuesta a esta interrogante, es necesario mencionar que Venezuela se encontraba enmarcada dentro de una democracia representativa, la cual el pueblo solo elegía a sus gobernantes, pero hasta allí, es decir, no se involucraba en la solución de sus problemas y por velar que aquellos gobernantes que ellos elegían cumplieran sus funciones transparentemente y así el estado poder desarrollarse plenamente. Sin embargo, no todo es negativo, ya que a partir de 1999 Venezuela da un giro de 360° grados, gracias a la llegada del presidente Hugo Rafael Chávez Frías, el cual fue elegido por la vía democrática trayendo este consigo principios bien establecidos y nuevas estructuras para la consolidación de una nueva democracia en el país; cambiándose así de un sistema democrático estático, representativo y excluyente, a una democracia participativa cuyo fundamentación no solo legal, sino también ideológica se encuentra enmarcada en nuestra carta magna como lo es la constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ahora bien, para llegar a consolidarse en el país una democracia participativa, entiéndase esta como el sistema de gobierno en el que los ciudadanos son sujetos activos y protagonistas de su propio destino, lo que garantiza que la acción de los Poderes Públicos esté a su servicio. Es igualmente una nueva forma de relación entre el Estado y los ciudadanos, en la que la democracia de los partidos es sustituida por la participación protagónica de la ciudadanía, pero se dice muy fácil que en una democracia participativa el pueblo es el protagonista de su destino. Para que pueda existir una democracia participativa, el pueblo debe ser artífice de su propio desarrollo y participar en la construcción de su propio destino. En Venezuela lo que sustenta la democracia participativa surge por el interés del presidente de la república por darle el valor necesario al poder popular mediante organización sociales, las cuales se denominarían Consejos Comunales.

Trabajo comunitario

Es la planificación, organización e interés de crear un proyecto donde se refleje las necesidades de la comunidades, para ser presentado a la asamblea de ciudadanos, colectivo de coordinación comunitarias, unidad ejecutiva, unidad administrativa y financiera comunitaria y la unidad de contraloría social; que de ser aprobado se comienza con su ejecución donde el consejo comunal es supervisor, garantizando la satisfacción

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