Ley Del Empleo Temporal En Honduras: Una Trampa Permanente. Por: Mauricio Varela Bardales
Enviado por rivera_estevez • 25 de Junio de 2012 • 1.268 Palabras (6 Páginas) • 1.231 Visitas
Ley de empleo temporal por horas: Una trampa permanente
Es casi inminente la aprobación del decreto de ley que incluye la modalidad de empleos temporales por horas por parte de los diputados al Congreso Nacional desconociendo a la clase obrera y burlándose demagógicamente de aquellos ciudadanos que se encuentran desempleados. Esta ley, bajo el argumento de ser una solución de emergencia ha sido promovida entre las empresas y políticos de oficio que seguramente cobraran sus réditos al momento de las campañas electoreras de los próximos años.
Resulta absurda esta ley por el simple hecho de que estas modalidades del trabajo ya están incluidas y reguladas en el actual Codigo de Trabajo que ha sido una gran conquista de los trabajadores de los últimos 60 años. Y esto se afirma en el artículo 319 del Codigo de Trabajo al expresar que la jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes, o a falta de convenio se tomara la máxima legal, es decir que queda a voluntad de ambas partes establecer la cantidad de horas que se van a trabajar sin exceder los límites legales que permitan un descanso reparador para el obrero y una justa remuneración por el trabajo realizado. Asi mismo, este cuerpo legal establece que el cálculo de la remuneración puede pactarse por unidad de tiempo destacando que puede ser por mes, quincena, semana, día y hora, reafirmando asi que será de común acuerdo entre patronos y obreros que se determinara el salario y la unidad de tiempo siempre y cuando no esté por debajo del salario mínimo vigente en determinado momento. Agregado a estos factores también la legislación laboral hondureña establece que habrán de existir otras modalidades de contratos en los que se incluye el contrato por tiempo limitado en el que se especifica fecha de terminación o cuando se haya previsto el acaecimiento de algún hecho o circunstancia que de por terminada la relación de trabajo. En resumen, los elementos básicos que según los dictámenes de la Organización Internacional del Trabajo considerados para el empleo por horas ya existen. Y en consecuencia si un empleador requiere de un trabajador para trabajar solamente una jornada parcial, solo basta que celebre un contrato de trabajo conviniendo las condiciones laborales con el empleado sin sobrepasar los límites que el Codigo de Trabajo les establece.
Es deseo de todo hondureño y hondureña que hemos nacido bien en este país, crear las mejores condiciones de vida para nuestros conciudadanos, por lo tanto resultaría extraño encontrar a alguien que se oponga a la generación de empleo. La oposición a este proyecto de ley es a la violación de los derechos adquiridos de los trabajadores y a otros conceptos que envuelven la actividad laboral como la permanencia o empleo pleno, la libre sindicalización, la protección y seguridad social y la no discriminación de las mujeres por motivo de embarazo. Además de esta oposición existe el temor de confiar en la empresa privada del país, que en su mayoría no cumplen con las leyes nacionales y basta recordar que según datos de la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social hay un 69% de empresas que aun no cumplen con el pago del salario mínimo.
Los derechos laborales a que tienen derechos las trabajadoras y trabajadores de Honduras se verán cercenados dejando muy pocas posibilidades de que estos puedan restituirse en un futuro cercano. Y esto se puede afirmar categóricamente simplemente al analizar algunos aspectos de esta ley. El salario deja de serlo y pasa a considerarse una simple “remuneración” desconociendo las retribuciones económicas extraordinarias que se originan como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, horas extras, entre otras.
Además, en las legislaciones laborales modernas se considera la temporalidad de un empleo cuando la actividad de trabajo sea por un tiempo determinado, pero si la actividad tiene continuidad entonces el trabajador se considerara permanente. Este
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