Ley Organica De Aduanas
Enviado por genesisbarboza • 25 de Julio de 2013 • 436 Palabras (2 Páginas) • 468 Visitas
LEY ORGÁNICA DE ADUANA:
Artículo 1. - A los efectos del presente reglamento se entiende por Circunscripción: El territorio aduanero delimitado para cada aduana principal dentro del cual ésta ejercerá la potestad aduanera. Habilitación: Las operaciones aduaneras que pueden realizarse en cada aduana principal o subalterna. También significa el lapso fuera de las horas hábiles o en los días feriados durante el cual se practiquen las operaciones aduaneras. Se entenderá igualmente por habilitación la prestación del servicio aduanero en sitios distintos a la zona primaria. Aduana Principal: La que tiene jurisdicción en una circunscripción determinada y centraliza las funciones fiscales y administrativas de las Aduanas Subalternas adscritas a ella. Aduanas Subalternas: Las adscritas a una aduana principal habilitada para realizar determinadas operaciones aduaneras dentro de la respectiva circunscripción. Zona Aduanera: Área de la circunscripción aduanera integrada por las respectivas oficinas, patios, zonas de depósitos, almacenes, atracaderos, fondeaderos, pistas de aterrizaje, avanzadas y, en general, por los lugares donde los vehículos o medios de transporte realizan operaciones inmediatas y conexas con la carga y descarga y donde las mercancías que no hayan sido objeto de desaduanamiento quedan depositadas. Entiéndase por zona primaria, la misma zona aduanera. Funcionarios del Servicio: Comprende, tanto el personal de la aduana como el del resguardo dependiente de la misma. Zona de Almacenamiento: Área integrada por patios, depósitos y demás lugares de almacenamiento de mercancías.
ADUANAS DE LA REGIÓN ZULIANA
Artículo 14. - En la Región Zuliana funcionará como aduana principal la de Maracaibo y como aduanas subalternas las de Paraguachón, Palmarejo de Mara, Aérea de La Chinita, El Tablazo, Puerto Miranda, La Salina y la de Puerto Encontrados.
Artículo 15. - La Aduana de Maracaibo funcionará en Maracaibo y tendrá por circunscripción el
Estado Zulia. A la Aduana de Maracaibo estarán adscritas las siguientes aduanas subalternas:
a) Paraguachón, la cual funcionará en Paraguachón y estará habilitada para las operaciones de importación, exportación y tránsito;
b) Palmarejo de Mara, Puerto Miranda y la de La Salina, las cuales funcionarán en las ciudades del mismo nombre, respectivamente, y estarán habilitadas para la operación de exportación y servicio de cabotaje;
c) Puerto Encontrados, la cual funcionará en la localidad del mismo nombre y estará habilitada para las operaciones de exportación y tránsito, y servicio de cabotaje;
d) El Tablazo, la cual funcionará en la localidad del mismo nombre y estará habilitada para las operaciones de importación y exportación y servicio de cabotaje;
e) Aérea de La Chinita, la cual funcionará en el Aeropuerto Internacional de La Chinita y estará habilitada para las operaciones
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