Ley Organica De Los Municipios De Campeche
Enviado por laperez • 30 de Agosto de 2011 • 9.490 Palabras (38 Páginas) • 1.296 Visitas
Ley Orgánica de los Municipios
del Estado de Campeche
TÍTULO I
DEL RÉGIMEN MUNICIPAL
CAPÍTULO I
CONCEPTOS Y FINES
Artículo 1.- La base de la Organización Política y Administrativa y de la División Territorial del Estado de Campeche, es el Municipio libre.
Artículo 2.- Cada Municipio será gobernado y administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa, contará con personalidad jurídica propia, manejará su patrimonio conforme a la Ley y no habrá ninguna autoridad intermedia entre aquél y el Gobierno del Estado.
Artículo 3.- Cuando la extensión o densidad de población lo exijan, el Municipio podrá subdividirse en secciones municipales y comisarías.
Artículo 4.- Los Municipios del Estado tendrán plena capacidad para adquirir y poseer los bienes raíces necesarios para la prestación de los servicios públicos, en los términos del Artículo 27 de la Constitución de la República, pero para enajenar dichos bienes o gravarlos deberán cumplir con lo dispuesto en la fracción XXXII del Artículo 54 de la Constitución del Estado.
Artículo 5.- Los Municipios del Estado velarán por el estricto cumplimiento del Artículo 3 de la Constitución Federal y pondrán especial empeño en motivar a los padres de familia para que sus hijos menores asistan a la escuela, para lo cual formarán cada año los padrones de los niños en edad escolar.
Artículo 6.- Los Ayuntamientos otorgarán su colaboración al funcionamiento de la Bolsa de Trabajo del Gobierno del Estado, a fin de dar empleo al mayor número de sus vecinos y legalizarán los contratos de trabajo celebrados por los trabajadores residentes en su jurisdicción cuando deban prestar sus servicios en el extranjero.
ARTÍCULO 7.- La autoridad municipal actuará como auxiliar de la autoridad federal en materia de cultos, en los términos de las leyes reglamentarias federal y estatal correspondientes.
ARTÍCULO 8.- Las funciones primordiales del Municipio son permitir el gobierno democrático de la comunidad para la promoción del desarrollo integral de la misma y deberá atender prioritariamente los servicios públicos siguientes:
a). Agua Potable drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de sus aguas residuales;
b). Alumbrado Público;
c). Limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos;
d). Mercados y Centrales de Abasto;
e). Panteones;
f). Rastro;
g). Calles, Parques y Jardines; y su equipamiento;
h). Seguridad Pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, policía preventiva y Tránsito; e
i) Los demás que la Legislatura del Estado determine según las condiciones territoriales y socioeconómicas de los Municipios, así como su capacidad administrativa y financiera.
Sin perjuicio de su competencia constitucional, en el desempeño de las funciones o la prestación de los servicios a su cargo el Municipio observará lo dispuesto por las leyes federales y estatales.
Los municipio, previo a cuerdo de sus Ayuntamientos podrán coordinarse y asociarse para la más eficaz prestación y cobertura de los servicios públicos o el mejor ejercicio de las funciones que les correspondan.
Cuando a juicio del Ayuntamiento respectivo sea necesario, podrá celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo, en forma temporal, de la prestación de alguno de dichos servicios o desempeño de funciones, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y propio Municipio.
Los Ayuntamientos podrán crear y operar organismos descentralizados de carácter municipal o empresas con participación estatal o intermunicipal , en los términos señalados en el artículo 108 bis de esta ley.
CAPÍTULO II
JURISDICCIÓN
ARTÍCULO 9.- Las autoridades municipales tienen competencia plena sobre su territorio y población, así como su organización política y administrativa, dentro de los marcos legales, con especial énfasis en lo previsto por el artículo 5 de esta ley orgánica.
ARTÍCULO 10.- Los Municipios Libres en que se divide el Estado de Campeche son: Calakmul, Calkiní, Campeche, Carmen, Champotón, Escárcega, Hecelchakán, Hopelchén, Palizada y Tenabo.
ARTÍCULO 11.- Los ayuntamientos serán auxiliados en sus funciones por Juntas Municipales en las secciones que se dividan, Comisarios y Agentes Municipales en los centros de población que se determinen en los Reglamentos de la presente Ley.
ARTÍCULO 12.- Las poblaciones del Estado se clasifican en 4 categorías: Ciudades, Villas, Pueblos y Congregaciones.
Ciudad, es el centro de población con no menos de 5,000 habitantes, que cuente con servicios públicos, servicios médicos y de policía, calles pavimentadas o de materiales similares, edificios adecuados para los servicios municipales, hospital, o centro de salud, mercado, rastro, panteón, instituciones bancarias, industriales, comerciales y agrícolas, hoteles y planteles educativos de enseñanza básica y media superior.
Villa, es el centro de población con no menos de 3,000 habitantes, que cuente con servicios públicos, servicios médicos y de policía, calles pavimentadas o de materiales similares, edificios adecuados para los servicios municipales, hospital o centro de salud, , mercado, panteón y escuelas de enseñanza básica.
Pueblo, es el centro de población con no menos de 1,000 habitantes, que cuente con servicios públicos indispensables, edificios para las autoridades del lugar, panteón y escuelas de enseñanza preescolar y primaria.
Congregación, es el centro de población con menos de 1,000 habitantes, que cuente con edificios para escuela rural y delegación o subdelegación municipal.
Las zonas urbanas ejidales y los centros de población que se formen en los ejidos, independientemente de la categoría que les corresponda por el número de los habitantes y con objeto de evitar conflictos de autoridad con los comisarios ejidales en las comunidades así formadas, serán gobernadas directamente según sea el lugar de su por la Junta Municipal de la Sección a que correspondan, que podrá auxiliarse de agentes municipales para tal fin.
ARTÍCULO 13.- El Municipio de Calkiní, comprende:
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