Ley de cultura y emprendimiento
Enviado por paolajs • 20 de Noviembre de 2013 • Tutorial • 6.770 Palabras (28 Páginas) • 369 Visitas
LEY DE CULTURA Y EMPRENDIMIENTO
Desde Enero de 2006 el presidente de la republica Doctor Alvaro Uribe Vélez y un grupo de sus colaboradores, se dieron a la tarea de formalizar uno de los más importantes proyectos de proyección, visualización y funcionamiento de las micro, pequeñas y medianas empresas para el sostenimiento rentable de la economía menos favorecida del país y la explotación en buen sentido de la palabra de las ideas que cada Colombiano día a día refleja para su sostenimiento real.
De una manera organizada y muy bien fundamentada, se dictó la ley 1014 de 2006 conocida con el nombre de “Fomento a la cultura del emprendimiento”, la cual se estructura dentro de unas bases sólidas gubernamentales y de los entes de control a nivel central, departamental, regional y en última instancia local.
Su marco de creación comprende una serie de ideas creativas y competentes que incentivan de manera directa y segura la creación de microempresas con igualdad y oportunidad.
Fundamental resulta que desde los entes educativos se inculque la idea base que germinará en la explosión organizada y bien fundamentada de todo un proyecto ambicioso en beneficio de cada Colombiano que reciba la suficiente capacitación, tenga el empeño sólido de su idea empresarial y amparado en la protección estatal de esta ley saque a flote su mejor capacidad en beneficio del país, de sí mismo y de la economía rentable de la nación.
Todo se vale, se apoya y se sostiene; el origen de estas nuevas instituciones emprendedoras debe venir apoyado principalmente en aspectos y valores del desarrollo humano con autoestima, autonomía, trabajo en equipo, solidaridad, asociación, etc., que darán en un final resultado en empresas exitosas firmes y sostenibles a mediano y largo plazo.
No se tiene muy claro es la forma como se va a conseguir la financiación por parte del estado y menos la forma como se van a direccional dichos recursos, el estado en su ley aporta algunas ideas, pero estas se quedan en el tintero, o mejor, en la misma idea ya trillada, de solicitar el de siempre crédito de libre inversión conocido en el diario tráfico bancario nacional. Incluso, los llamados “inversionistas ángeles” o el “fondo de capital semilla” tendrán en su más ligera impresión que esos dineros a invertir no tendrán una solidez de respaldo seria por parte del estado.
La red que se crea para regular y controlar la ejecución de esta ley está conformada por ministerios, departamentos ya conocidos, entidades de renombre nacional, personalidades, asociaciones, federaciones representantes, gobernaciones, alcaldías, etc, que, siendo realistas, no tendrán el mínimo empeño porque la misma cumpla con su real y necesario propósito.
Lo peligroso del caso es que de tanto colaborador y de tanto politiquero de turno, la ley se convierta en un colchón de crecimiento desmedido y lucrativo en empresas fachada de corta vida o desangre de los recursos destinados para este noble fin.
Finalmente es importante explicar y apreciar que la creación de una de estas empresas bajo los parámetros exigidos por la misma ley será efímera para la gran mayoría de los colombianos, triste pero real.
A mi parecer, tiene cara de ser creada para el sostenimiento de las empresas politiqueras de siempre, solo que con un factor importante, las mismas serán avaladas, financiadas y protegidas por el mismo estado con un poder superior… una ley.
Concepto de retención en la fuente.
La retención en la fuente es un mecanismo que busca recaudar un determinado impuesto de forma anticipada. De esta forma cada vez que ocurra un hecho generador de un impuesto, se hace la respectiva retención. Así, el estado no debe esperar a que transcurra el periodo de un impuesto para poderlo recaudar, sino que mediante la retención en la fuente, este recaudo se hace mensualmente, que es el periodo con que se debe declarar y pagar las retenciones que se hayan practicado.
Retención en la fuente por Iva.
Al igual que en el Impuesto a la renta y el Impuesto de industria y comercio, en el Impuesto a las ventas también existe la figura de la Retención en la fuente. Esta figura se conoce comúnmente como Reteiva.
La retención en la fuente por Iva consiste en que el comprador, al momento de causar o pagar la compra, retiene al vendedor el 50% del valor del Iva (Artículo 437-2 del estatuto tributario). Ejemplo: La empresa A compra a la Empresa B, mercancías por valor de $1.000.000 + Iva. El valor del Iva, a la tarifa general es de $160.000. La empresa A, de esos $160.000 de Iva, solo pagará a la empresa B el valor de $80.000, que corresponde al 50% del valor toral del Iva, el restante 50% la empresa B lo retiene, lo declara y lo paga en junto con las demás retenciones en la fuente que haya practicado en el respectivo mes.
La retención en la fuente por Iva se practica siempre y cuando el hecho u operación económica supere la base mínima, que para servicios es de 4 UVT y para compras es de 27 UVT.
Contabilización de la retención en la fuente por Iva.
Siguiendo con el ejemplo, la empresa A, que es la que retiene deberá contabilizar el valor retenido a la empresa B como un crédito a la cuenta 236701 (Impuesto a las ventas retenido).
La empresa B, a quien la empresa A le practicó la retención, deberá contabilizar esa retención por Iva como un debito a la cuenta 135517 (Impuesto a las ventas retenido).
La empresa A, debe declarar esa retención en el mes en el cual la practicó (Declaración de retención en la fuente), y la empresa B, debe incluir esa retención practicada en la declaración de Iva del respectivo bimestre.
Agentes de retención en el impuesto a las ventas.
Concepto de agente de retención.
Agente de retención es aquella Persona natural o Persona jurídica, obligada a practicar la respectiva retención en la fuente cuando a ello hubiere lugar. Por regla general, los Agentes de retención son quienes compran o adquieren un producto o servicio. Quienes hacen el pago. El agente de retención es quien además de retener, debe declarar, consignar las retenciones y expedir los respectivos certificados de retención.
Quienes son agentes de retención en le impuesto a las ventas.
La ley ha establecido que las siguientes personas deben actuar como agentes de retención en el Impuesto a las ventas:
“Actuarán como agentes retenedores del impuesto sobre las ventas en la adquisición de bienes y servicios gravados:
1. Las siguientes entidades estatales:
La Nación, los departamentos, el distrito capital, y los distritos especiales, las áreas metropolitanas,
...