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Licitaciones y trato directo, mecanismos de compras y contrataciones públicas


Enviado por   •  2 de Enero de 2019  •  Trabajo  •  722 Palabras (3 Páginas)  •  205 Visitas

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Licitaciones y trato directo, mecanismos de compras y contrataciones públicas

Gonzalo Rodrigo Rojas Aguilera

Licitaciones y Contratos

Instituto IACC

19 de diciembre de 2018


Desarrollo

  1. Describa en qué consiste el Mecanismo de Trato directo. Fundamente.

El trato directo es un mecanismo de compra el cual se realiza de  manera excepcional, las cuales se realizan en la medida que se fundamente cada adquisición que se pueda realizar por este mecanismo. Es relevante indicar que todas las compras de igual manera deben ser ingresadas al portal mercado público para la transparencia en el proceso de adquisición salvo en los casos señalados en el artículo N°62, del Reglamente de la Ley 19.886. El artículo N°10 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas N°19.886, indica que se procederá a realizar un trato directo en los siguientes casos.

  • Si en las licitaciones públicas no se hubieren presentado oferentes, se procederá a realizar una licitación privada y de continuar sin oferentes se procederá a un trato directo.
  • Si se tratase de contratos que correspondieran a la realización o término anticipado de un contrato por incumplimiento del proveedor y cuyo monto no supere las 1.000 U.T.M.
  • En casos de emergencia, urgencias o imprevistos los cuales deben ser debidamente fundamentados a través de una resolución por parte del jefe superior del servicio.
  • Si solo existiese solo un proveedor del bien o servicio.
  • Si se trata de la contratación de servicios que solo los titulares puedan realizarlas como las licencias, patentes y otros.

Existen otros casos donde se pueden realizar las contrataciones de bienes y servicios de manera directa, los mencionados anteriormente son los que más se utilizan por las instituciones públicas, el más ocupado por todas es “Si las contrataciones son iguales o inferiores a 10 U.T.M. En este caso el fundamento de la resolución que autoriza dicha contratación se referirá únicamente al monto de la misma”.

  1. Mencione cuál(es) es (son) la(s) diferencia(s) que existe(n) entre licitación pública y privada. Fundamente.
  • La licitación pública consiste en concurso de manera igualitaria para todos los proveedores inscritos en el sistema chile proveedores, en donde los proveedores o prestadores para adjudicarse una licitación deben postular, ajustándose a las bases fijadas por la entidad pública, de las cuales se selecciona y acepta la oferta más conveniente en relación a los criterios de evaluación establecidos en las bases de licitación.
  • La licitación Privada se produce cuando una licitación pública se queda sin oferentes también es un concurso, esta debe realizarse a través de una  resolución que explica de manera clara por qué se realiza esta licitación, en donde la organización pública debe invitar a determinados que cumplan con los requerimientos establecidos en las bases de licitación fijadas. Este mecanismo presenta como requisito llamar a concurso con un mínimo de tres posibles proveedores, sin importar de cuantos respondan a la invitación de postulación, estos proveedores deben estar inscritos en el sistema Chilecompra y corresponder a proveedores que estén definidos en la resolución que aprueba este mecanismo, esta licitación privada debe contener las mismas bases de licitación pública no pudiendo hacer ninguna modificación.
  1. Mencione cuál(es) es (son) la(s) diferencia(s) que existe(n) entre licitación privada y trato directo. Ejemplifique.

Una licitación privada nace cuando una licitación pública queda desierta. En esta etapa se debe llamar a concurso, a lo menos, tres posibles proveedores los cuales deben estar inscritos en el sistema ChileCompra y corresponder a proveedores que estén definidos en la resolución que aprueba este mecanismo. Y se conservan las bases de la licitación pública, en cambio el trato directo es un mecanismo de compra que se usa de manera excepcional mediante una resolución fundada, un procedimiento simplificado de contratación de un servicio o adquisición de un bien. En resumidas cuentas, no considera todos los requisitos y formalidades propios de una licitación pública o privada.

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