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Los Tipos De Dominacion


Enviado por   •  7 de Septiembre de 2013  •  1.803 Palabras (8 Páginas)  •  345 Visitas

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WEBER, MAX

ECONOMIA Y SOCIEDAD

PRIMERA PARTE: TEORIA DE LAS CATEGORIAS

SOCIOLOGICAS

III. LOS TIPOS DE DOMINACIÓN

1. LAS FORMAS DE LEGITIMIDAD

§ 1. Debe entenderse por “dominación”, de acuerdo con la definición ya dada (cap.

I,§ 16), la probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para

mandatos específicos (o para toda clase de mandatos). No es, por tanto, toda especie de

probabilidad de ejercer “poder” o “influjo” sobre otros hombres. En el caso concreto esta

dominación (“autoridad”), en el sentido indicado, puede descansar en los más diversos

motivos de sumisión: desde la habituación inconsciente hasta lo que son consideraciones

puramente racionales con arreglo a fines. Un determinado mínimo de voluntad de

obediencia, o sea de interés (externo o interno) en obedecer, es esencial en toda relación

auténtica de autoridad.

No toda dominación se sirve del medio económico. Y todavía menos tiene toda

dominación fines económicos. Pero toda dominación sobre una pluralidad de hombres

requiere de un modo normal (no absolutamente siempre) un cuadro administrativo (ver

cap. I § 12); es decir, la probabilidad, en la que se puede confiar, de que se dará una

actividad, dirigida a la ejecución de sus ordenaciones generales y mandatos concretos,

por parte de un grupo de hombres cuya obediencia se espera. Este cuadro administrativo

puede estar ligado a la obediencia de su señor (o señores) por la costumbre, de un modo

puramente afectivo, por intereses materiales o por motivos ideales (con arreglo a valores).

La naturaleza de estos motivos determina en gran medida el tipo de dominación. Motivos

puramente materiales y racionales con arreglo a fines como vínculo entre el imperante y

su cuadro implican aquí, como en todas partes, una relación relativamente frágil. Por regla

general se le añaden otros motivos: afectivos o racionales con arreglo a valores. En casos

fuera de lo normal pueden éstos ser los decisivos. En lo cotidiano domina la costumbre y

con ella intereses materiales, utilitarios, tanto en ésta como en cualquiera otra relación.

Pero la costumbre y la situación de intereses, no menos que los motivos puramente

afectivos y de valor (racionales con arreglo a valores), no pueden representar los

fundamentos en que la dominación confía. Normalmente se les añade otro factor: la

creencia en la legitimidad.

De acuerdo con la experiencia ninguna dominación se contenta voluntariamente

con tener como probabilidades de su persistencia motivos puramente materiales,

afectivos o racionales con arreglo a valores. Antes bien, todas procuran despertar y

fomentar la creencia en su “legitimidad”. Según sea la clase de legitimidad pretendida es

fundamentalmente diferente tanto el tipo de la obediencia, como el del cuadro

administrativo destinado a garantizarla, como el carácter que toma el ejercicio de la

dominación. Y también sus efectos. Por eso, parece adecuado distinguir las clases de

dominación según sus pretensiones típicas de legitimidad. Para ello es conveniente partir

de relaciones modernas y conocidas.

1. Tan sólo los resultados que se obtengan pueden justificar que se haya tomado este

punto de partida para la clasificación y no otro. No puede ser en esto un inconveniente

decisivo el que por ahora se pospongan para ser añadidas otras características distintivas

típicas. La “legitimidad” de una dominación tiene una importancia que no es puramente

“ideal” -aunque no sea más que por el hecho de que mantiene relaciones muy

determinadas con la legitimidad de la “propiedad”.

2. No toda “pretensión” convencional o jurídicamente garantizada debe llamarse

“relación de dominación”. Pues de esta suerte podría decirse que el trabajador en el

ámbito de la pretensión de su salario es “señor” del patrono, ya que éste a demanda del

ejecutor judicial, está a su disposición. En verdad, es formalmente sólo una parte

“acreedora” a la realización de ciertas prestaciones en un determinado cambio de

servicios. Sin embargo, el concepto de una relación de dominación no excluye

naturalmente el que haya podido surgir por un contrato formalmente libre: así en la

dominación del patrono sobre el obrero traducida en las instrucciones y ordenanzas de su

trabajo o en la dominación del señor sobre el vasallo que ha contraído libremente el pacto

feudal. El que la obediencia por disciplina militar sea formalmente “obligada” mientras la

que impone la disciplina de taller es formalmente “voluntaria”, no altera para nada el

hecho de que la disciplina de taller implica también sumisión a una autoridad

(dominación). También la posición del funcionario se adquiere por contrato y es

denunciable, y la relación misma de “súbdito” puede ser aceptada y (con ciertas

limitaciones) disuelta voluntariamente. La absoluta carencia de una relación voluntaria

sólo se da en los esclavos. Tampoco, por otra parte, debe llamarse “dominación” a un

poder “económico” determinado por una situación de monopolio; es decir, en este caso,

por la posibilidad de “dictar” a la otra parte las condiciones del negocio; su naturaleza es

idéntica a la de toda otra “influencia” condicionada por cualquiera otra superioridad:

erótica, deportiva, dialéctica, etc. Cuando un gran banco se encuentra en situación de

forzar a otros bancos a aceptar un cartel de condiciones, esto no puede llamarse, sin más,

“dominación”, mientras no surja una relación de obediencia inmediata: o sea, que las

disposiciones de la dirección de aquel banco tengan la pretensión y la probabilidad de ser

respetadas puramente en cuanto tales, y sean controladas en su ejecución. Naturalmente,

aquí como en todo la transición es fluida: entre la simple responsabilidad por deudas y la

esclavitud por deudas existen toda suerte de gradaciones intermedias. Y la posición de un

“salón” puede llegar hasta los límites de una situación de poder autoritario, sin ser por eso

necesariamente “dominación”. Con frecuencia no es posible en la realidad una separación

rigurosa, pero por eso mismo es más imperiosa la necesidad de conceptos claros.

3. La “legitimidad” de una dominación debe considerarse sólo como una

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