Los remedios y recursos en los medios impugnatorios
Enviado por Cariitoo • 25 de Julio de 2013 • Ensayo • 1.128 Palabras (5 Páginas) • 508 Visitas
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo de ensayo se hará un análisis de los autores que hablan acerca del tema tratado lo cual se refiere a los medios impugnatorios más precisamente a las causas de estos que son los “Remedios y los “Recursos” que debidamente voy a analizar y dar un comentario acerca de estos analizando cada uno de los autores que se encuentran contenidos dentro del presente trabajo.
LOS REMEDIOS Y RECURSOS EN LOS MEDIOS IMPUGNATORIOS
Los medios impugnatorios comprenden a los remedios y los recursos. Los remedios atacan a actos jurídicos procesales no contenidos en resoluciones; ante una deficiencia del emplazamiento de la demanda porque no se ha recaudado todas las copias, el demandado puede devolver la cédula, advirtiendo esta deficiencia, a fin que sea notificado debidamente.
Los recursos, en cambio, atacan exclusivamente a las resoluciones. El procesalista argentino Palacio puntualiza que la razón de ser de los recursos reside en la falibilidad del juicio humano, y en la consiguiente conveniencia de que, por vía de reexamen, las decisiones judiciales se adecuen, en la mayor medida posible, a las exigencias de la justicia, lo que no implica propiciar el escalonamiento indefinido de instancias y recursos, que conspira contra la mínima exigencia de celeridad que todo proceso judicial requiere.
El profesor Juan MONROY, señala que “Los remedios son aquellos a través de los cuales la parte o el tercero legitimado pide se reexamine todo un proceso a través de uno nuevo o, por lo menos, el pedido de reexamen está referido a un acto procesal. El rasgo distintivo está dado porque el remedio está destinado a atacar toda suerte de actos procesales, salvo aquellos que están contenidos en resoluciones.”
Dentro de los remedios se encuentran contenidos ciertas clases de remedios: La oposición, que como un medio impugnatorio van a cuestionar ciertos medios probatorios que han sido propuestos por algunas de las partes con el objetivo de que estos no sean incorporados al proceso y por ende evitar su correspondiente actuación y eficacia probatoria al momento de emitir la resolución final. La oposición además de constituirse en un remedio a su vez es, una cuestión probatoria. El mismo que será analizado más profundamente en el correspondiente capitulo.
La tacha como su nombre mismo lo dice va a dejar invalido un determinado acto medio de prueba por cuanto existe un defecto o impedimento en el mismo. Esta figura además de constituir un remedio, representa una cuestión probatoria. El mismo que será analizado más profundamente en el correspondiente capitulo. Así, podemos interponer tacha: contra testigos; documentos y contra los medios probatorios atípicos.
La otra clase de remedio dentro de los medios de impugnación es la Nulidad la cual implica la inaplicación o aplicación errónea de la norma, lo que da origen a su invalidez de sus efectos siempre que dicha causal se encuentre expresamente señalada por la norma o que el acto no reúna los requisitos necesarios para la obtención de su finalidad.
Conforme señala HINOSTROZA, “la nulidad implica la falta de aplicación o la aplicación errónea de la norma procesal, lo que da lugar a la invalidez de los efectos del acto procesal, siempre que la causal que amerita tal sanción se encuentre establecida expresamente en el ordenamiento jurídico o que el acto procesal en cuestión no reúna los requisitos necesarios para la obtención de su finalidad.”
Para COUTURE la nulidad consiste en el apartamiento del conjunto de formas necesarias establecidas por
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