Los tres status del caput
Enviado por Esmeralda Mamo • 12 de Abril de 2021 • Documentos de Investigación • 2.755 Palabras (12 Páginas) • 147 Visitas
LOS TRES STATUS DEL CAPUT
CARACAS, 18 DE NOVIEMBRE DEL 2020
1. LOS ESTADOS DEL CAPUT
Hace referencia al estado jurídico de las personas físicas, literalmente se traduce como “cabeza” y es utilizado como un término en el ámbito del derecho en la antigua Roma. En este punto se define la capacidad jurídica de las personas, sin embargo, la capacidad natural nunca fue negada.
a. EL STATUS LIBERTATIS
Esta clasificación se divide en dos: hombres libres y esclavos.
La esclavitud era una condición jurídica, en la cual la persona se veía despojada de su vida civil, despojada de todo derecho y recibía la concepción de “cosa”. Esta condición tuvo origen en la guerra, pues el vencedor en vez de matar a su rival, lo convertia en su esclavo, quitándole la vida civil, acción que realizaba con fines económicos como venderlos o ahorrarse precios en su trabajo.
i. Causas de la esclavitud
Esta condición se adquiría de dos maneras, por nacimiento, o un hecho posterior al nacimiento.
1. Nacimiento: nacía de una mujer esclava, la importancia de la condición del padre era escaza, si su padre era esclavo u hombre libre no incumbía, el hijo adquiría el status de su madre. En el momento del parto debía confirmarse si el hijo seria esclavo o libre, dependiendo de la situación de la madre en ese momento exacto, no importa si la madre había sido esclava antes, si en ese momento era libre, el niño también lo seria. Igual pasa de manera contraria, si al momento de la concepción la madre era libre, pero se convirtió en esclava al momento del nacimiento, el niño adquiere el status de esclavo.
Finalmente, Justiniano cambio esa norma, el estableció que no importaba si la madre era esclava, si ella fue libre en algún momento de su vida, su hijo nacería con la condición de hombre libre.
2. Hechos posteriores al nacimiento: las fuentes que proporcionaban la esclavitud con hechos posteriores al nacimiento estaban relacionados con el “ius Gentium” o el “ius civile”. Hay que tener en cuenta que se debe conseguir la diferencia entre estos dos derechos puesto que el derecho de gente era común en ciudadanos romanos y peregrinos, mientras que el derecho civil solo aplicaba para los ciudadanos romanos.
La única causa de esclavitud que venía relacionada con el derecho de gente era el cautiverio y era necesario que esto se produjera durante una guerra declarada regularmente. Según una regla fundada en la equidad y admitida por el derecho, si el esclavo escapaba del cautiverio y volvía a su país recobraba su libertad y su vida civil, esta ficción del derecho era llamada “ ius postliminium” y se admitía como si el cautivo nunca hubiera perdido sus bienes y la potestad paterna sobre sus hijos; pero esta ficción aplicaba en el derecho mas no en los hechos, asimismo si poseía bienes esta posesión quedaba interrumpida, y si estaba casado antes de caer en cautiverio no se reestablecía su matrimonio que había quedado disuelto por causas de su cautividad.
3. En el derecho antiguo, las causas de la esclavitud se disponían de acuerdo a lo que establecían las XII tablas
No haber prestado servicio militar obligatorio, lo que lo hacía caer en esclavitud del estado
No inscribirse en el censo para aludir el pago del tributo, caso en el que se hacía también esclavo del estado.
En el caso que el sujeto se hubiera encontrado flagrante delito contra la propiedad o contra las personas
El deudor insolvente
4. De acuerdo con el derecho clásico se hacía esclavo:
El liberto ingrato para con su antiguo amo
El sujeto que era condenado a las bestias o a las minas
Conforme al senado-consulto claudiano; La mujer libre que mantenía relaciones sexuales con un esclavo ajeno en contra del consentimiento del dueño del esclavo, la cual se convertía en esclava del dueño del esclavo
El hombre libre que se hacía vender como esclavo por un cómplice para luego aprovecharse. En este caso se atribuía como esclavo a su comprador
ii. Efectos de la esclavitud
El esclavo en el derecho antiguo era considerado un objeto, asimismo su dueño tenia patrimonio sobre él, por ejemplo el derecho que tiene una persona sobre un bien, sobre su auto o sobre su casa, ese mismo derecho lo tenía un dueño sobre su esclavo, por lo tanto el dueño tenía un derecho absoluto sobre él, es decir que tenía el derecho de hacerlo trabajar sin pagarle, obtener ganancias de su trabajo alquilando sus servicio, derechos sobre el hijo del esclavo como poda tenerlos sobre la cría de sus animales y claramente el derecho de ejecutarlo.
El derecho del esclavo era totalmente ausente, por lo tanto no poseía nada, no podía tener un patrimonio o un bien puesto que nada le pertenecía, no tenía derecho de familia, no podía casarse, no podía tener hijos bajo su autoridad y su unión con otro esclavo era llamado “contubernium” que era un simple hecho que no traía consigo ningún tipo de peso jurídico o legal, era algo similar a la unión de dos animales, sin embargo en interés del dueño se admitió que el esclavo pudiera tener la capacidad de heredar, y así en caso de muerte de su amo pasara a ser alieni iuris que sería como el hijo de la familia.
Otra atenuación consistió en el peculio del esclavo, que eran bienes cuya administración confiaba al amo, pero disfrutaba el esclavo, no teniendo más que la gestión de estos fondos.
iii. Las manumisiones
Las manumisiones son el acto mediante el cual el amo concede libertad a su prisionero.
Antiguamente existían tres formas solemnes de la manumisión
1. La vindicta: consistía en un juicio ficticio, en el que el dueno iba a donde un pretor acompañado con su amigo, que se le llamaba “asertor libertatis” el cual tocando al esclavo con una varita decía “declaro que este hombre es libre” y siempre y cuando el amo del esclavo no se contradecía, se consideraba al esclavo como hombre libre
2. El censo: consistía en dejar que su esclavo se inscribiera en el censo con su consentimiento, era el procedimiento contrario al de la perdida de la libertad por no inscribirse en el censo.
3. El testamento: el dueño al redactar su testamento que venía a surtir su efecto luego de su muerte, podía acordar a su esclavo la libertad.
iv. Efectos de las manumisiones
en el derecho antiguo, el manumitido y también obtenía la ciudadanía romana sin embargo su condición era inferior al “ingenuo” por lo siguiente:
1. No poseían el “Ius Honorum” o sea el desempeño de un cargo magistral.
2. Carecían
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