Mercancía En Consignación
Enviado por mariaGGA • 10 de Julio de 2011 • 1.759 Palabras (8 Páginas) • 2.016 Visitas
MERCANCÌA EN CONSIGNACIÓN
Definiciones
Una consignación es el propietario de bien mueble, el cual se lo entrega a un consignatario, para que gestiones la venta de un bien, las mercancías entregadas en consignación no dejan de ser un activo para las empresas, puesto que aun no se ha realizado venta alguna. El registro de las mercancías en consignación es de suma importancia para especificar el saldo de las mercancías que tiene el comisionista.
Una consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado consignador, a otra persona, denominada consignatario, que se convierte en un agente de aquél a los fines de vender las mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.
Derechos del Consignatario
Los principales derechos del consignatario son:
• El derecho a que se le reembolsen los anticipos y gastos. En algunas ocasiones, especialmente cuando se trata de comisionistas en granos, es costumbre que el consignatario anticipe fondos al consignador antes de que el producto se venda. Y en casi todas las consignaciones, el consignatario paga cuando menos algunos gastos y el acarreo. El Consignatario tiene derecho a que se le reembolsen estos anticipos y gastos, de hecho. Tiene sobre la mercancía un gravamen por el importe de esos anticipos y gastos y puede vender las mercancías para cobrarse. Este gravamen se pierde cuando se venden los artículos, pero entonces recae sobre los productos de la venta.
• El derecho a remuneración. Los comerciantes comisionistas reciben usualmente como compensación un porcentaje del importe bruto de la venta. Los comerciantes que venden productos o mercancías en consignación deben recibir una comisión computada a base de un tanto por ciento, o pueden retener el importe de la venta que sobrepase la cifra especificada por el consignador.
• El derecho a garantizar la mercancía. Al hacer las ventas, el consignatario tiene autorización para dar las garantías usuales (no las extraordinarias) sobre las mercancías vendidas, y el comitente queda obligado por tales garantías.
• El derecho de conceder crédito. Si es una costumbre del negocio vender a crédito, y si el consignador no se lo ha prohibido al consignatario, éste tiene el derecho de vender los artículos a crédito. Las cuentas así creadas son propiedad del consignador, y cualesquiera pérdidas en el cobro de las mismas serán soportadas por él. El consignatario puede, mediante un convenio especial, garantizar las cuentas; si da tal garantía, se le conoce como un agente del credere y tiene derecho a una compensación adicional por esa garantía.
Deberes del Consignatario
Los principales deberes del consignatario son:
• Cuidar de los bienes del consignador. Se dice a veces que el consignatario debe cuidar las mercancías del consignador tan bien como las suyas propias.
• Ser prudente al conceder crédito y diligente al efectuar los cobros. Esto es sólo una estipulación especial en la regla general, según la cual el consignatario, al cumplir con los deberes de su gestión, tiene que observar prudencia y diligencia.
• Mantener los bienes del consignador separados de los suyos propios. Este deber puede ser examinado bajo dos aspectos distintos. Primero, el consignador tiene que mantener las mercancías en consignación separadas de las suyas propias con el objeto de que se las pueda identificar como bienes de la propiedad del consignador. Esto no quiere decir que tenga que haber una separación material, pero sí que tienen que existir registros para indicar qué mercancías en poder del consignatario son propiedad del consignador. Segundo, si el consignatario vende mercancías acredito, tiene que llevar sus libros en tal forma que se distingan sus propias cuentas a cobrar de las que se originen por las ventas de mercancías en consignación y que pertenecen al consignador.
• Informar sobre las ventas realizadas y hacer las liquidaciones de acuerdo con las condiciones de consignación convenidas. Estas condiciones pueden exigir la liquidación después de haber vendido toda la consignación, después de haber vendido una parte determinada de la misma, o a intervalos especificados.
Características de la Consignación
• El contrato de mercancía en consignación debe prever el porcentaje de comisión a pagar, la duración del contracto, la fecha de presentación de cuenta, el domicilio, la distribución de los gastos y demás estipulaciones que crean conveniente.
• El titulo de la propiedad de las mercancías en consignación se conserva en cabeza del consignador o comitente.
• En caso de quiebra del consignatario, el consignador recupera su mercancía, sin necesidad de ocupar puesto entre los demás acreedores, ya que se trata de un bien mueble de su propiedad.
• La mercancía podrá aparecer entre los inventarios del consignatario solamente en una cuenta de orden.
• La utilidad en esta operación se realiza y se registra cuando el consignatario vende la mercancía en consignación.
• Los gastos por fletes, seguros y otros gastos generalmente son por cuenta del consignador, a menos que se conviniere lo contrario.
Razones para el uso de las consignaciones
El consignador puede hacer una consignación en lugar de una venta por las razones que se indican a continuación:
1. Por razones crediticias. Se corre menos riesgo en una consignación que en una venta, debido a que el consignador conserva la propiedad de las mercancías hasta que el consignatario las vende. Una vez que se ha efectuado la venta, el consignatario no se convierte en un deudor general del consignador; como un agente que es de éste, tiene que mantener separado el producto de la venta y remitirlo luego al consignador de acuerdo con el contrato de consignación.
2. Para introducir un producto. Cuando la demanda de
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