ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Metodologia


Enviado por   •  21 de Marzo de 2012  •  373 Palabras (2 Páginas)  •  475 Visitas

Página 1 de 2

El Proceso Legislativo

EL PROCESO LEGISLATIVO

La serie de etapas que se siguen, a fin de elaborar o modificar una ley o decreto, se le conoce como proceso legislativo. Este proceso se desarrolla bajo los siguientes pasos: la iniciativa de ley o decreto, el turnado a la Comisión de Dictamen, para su posterior discusión, aprobación y sanción en el salón de pleno, y su publicación en el periódico oficial para convertirla en Ley.

LEY.- Es un acto de autoridad que tiene como elemento crear normas que establecen el comportamiento individual en sociedad; tiene como elementos inherentes la abstracción, la impersonalidad y generalidad.

DECRETO.- Viene del latin “decemere, decrevi, decretum”, que significa acuerdo o resolución. Es la decisión o determinación del jefe de Estado sobre cualquier materia en su gobierno, el cual crea normas concretas y personales.

INICIATIVA.- Cuando uno o varios diputados consideran conveniente la creación de nuevas leyes y normas, de acuerdo a la dinámica social, para modificar, crear o eliminar alguna ley proponen ante la Presidencia de Régimen interno los cambios que planean hacer. El Presidente, a su vez, los turna a la Comisión respectiva para su dictamen.

COMISION.- La palabra comisión proviene del latín “comiso onis”, que es la acción de cometer. El orden y la facultad que una persona da por escrito a otra para que realice un encargo o atienda un asunto: en la LXI Legislatura existen actualmente, comisiones ordinarias y especiales.

DICTAMEN.- Se llama así al acuerdo que expiden las Comisiones, previo análisis de la iniciativa o asunto, para someterlo después a la consideración del pleno.

DISCUSION, APROBACION Y PROMULGACION DE LA LEY O DECRETO.- Una vez que se ha hecho el Dictamen se turna al pleno: en este acto los diputados discuten sobre las ventajas y desventajas de la iniciativa. Una vez que se ha agotado la discusión, se lleva a votación para su aprobación. Posteriormente, se envía al Ejecutivo Estatal para su sanción, donde manifiesta su acuerdo o desacuerdo. Finalmente se promulga la Ley y se publica en el periódico oficial del Gobierno del Estado.

PUBLICACION DE LA LEY.- Toda nueva ley o reforma debe ser publicada después de su promulgación, en el órgano oficial de Gobierno, que para el caso del Congreso Estatal, es el Periódico Oficial del Estado.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (2 Kb)
Leer 1 página más »
Disponible sólo en Clubensayos.com