Municipalidades en Chile
Enviado por Ceci Lagos • 30 de Agosto de 2017 • Apuntes • 1.616 Palabras (7 Páginas) • 247 Visitas
MUNICIPALIDADES
Esta es una entidad que forma parte de la administración del Estado es una corporación de derecho público dotada de autonomía, con personalidad jurídica y patrimonio propio. La finalidad de la Municipalidad es promover el desarrollo económico, social y cultural de la comuna, satisfaciendo a la par las necesidades década uno de los ciudadanos. Dicha entidad consta de un alcalde, como máxima autoridad, y también está constituida por un concejo municipal, el cual compone el ayuntamiento municipal. La administración de las municipalidades está regida por la Ley N° 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades (LOCM), esta Ley Orgánica Constitucional está dentro del marco jurídico del derecho público y es una fuente formal del Derecho Administrativo.
Existen XV regiones en el país estas están divididas en provincias y cada provincia dividida en comuna La administración de estas comunas está bajo el cargo de la Municipalidad.
Es un órgano descentralizado con independencia de funciones, funciones de dos tipos: funciones privativas
- Plan comunal de desarrollo: generar las estrategias pertinentes para el desarrollo de su comuna correspondiente.
- Plan regulador: Armonizar en el territorio distintos usos de suelo y actividades como;
- Desarrollo comunitario: propender la calidad de vida de la población a través de programas y proyectos.
- Tránsito y transporte público.
- Construcción y urbanización.
- Aseo y ornato.
Las municipalidades también tienen funciones compartidas con otros órganos de la Administración del Estado como las siguientes:
- Educación y cultura.
- Salud pública y medio ambiente.
- Asistencia social y jurídica.
- Empleo y fomento productivo.
- Turismo, deporte y recreación.
- Urbanización y vialidad.
- Construcción de viviendas sociales.
- Transporte y transito público.
- Prevención y protección de emergencias y catástrofes.
- Seguridad ciudadana.
- Igualdad de oportunidades.
- Desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.
En efecto las municipalidades tienen funciones esenciales, como:
- Ejecutar el plan de desarrollo comunal y sus programas correspondientes.
- Ejecutar el presupuesto municipal: estimación financiera de los ingresos y gastos de ese sector para un año dado compatibilizando los recursos disponibles con el logro de metas y objetivos previamente establecidos (equilibrio presupuestario).
- Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público.
- Dictar resoluciones (general o particular).
- Establecer los derechos municipales.
- Adquirir y enajenar bienes.
- Otorgar subvenciones, sin fines lucro a públicos o privados.
- Aplicar tributos de carácter local.
- Crear corporaciones culturales.
- Establecer unidades vecinales.
- Aprobar el plan regulador.
El Plan de desarrollo comunal, Plan regulador comunal y Presupuesto municipal anual serán vigilados por el gobernador regional.
Las resoluciones que adoptan los municipios se denominan ordenanzas (normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad), reglamentos municipales (normas obligatorias y permanentes de orden interno), decretos alcaldicios y reglamentos. Estas resoluciones deben estar necesariamente a disposición pública.
También se habla de patrimonio y financiamiento municipal en el cual se palpan los siguientes puntos:
- Bienes corporales e incorporales: los primeros con existencia física y los segundos no tienen existencia física.
- Aporte del gobierno regional.
- Ingresos del Fondo Común Municipal.
- Los derechos municipales.
- Ingresos por otras actividades de su dependencia.
- Tributos (impuesto territorial, permiso de circulación y las patentes).
- Multas e intereses.
- Otros ingresos que señale la Ley.
En la organización Interna, las municipalidades están compuestas por: Secretaria Municipal (siempre), Secretaria Comunal de Planificación, Desarrollo Comunitario, Obras Municipales (proyectos de urbanización y construcción), Aseo-ornato (en todos los espacios públicos), Tránsito y Transporte Publico, Administración-finanzas, Asesoría Jurídica y Control (funcionamiento municipal, ejemplo el presupuesto). Si la comuna tiene menos de cien habitantes, pueden refundirse y crearse el cargo de Administrador Municipal.
Las municipalidades tienen un régimen de bienes, estos pueden ser de uso público o privado, e incluye el subsuelo. Los de uso público son de uso común y general de los ciudadanos en forma gratuita y libre. Los de uso privado son aquellos cuya utilización está sujeta a determinadas condiciones, como es el caso de los usos sometidos a concesión o los que requieren de un permiso especial. Igualmente, no hay que olvidarnos del personal municipal, el Estatuto Administrativo de los funcionarios municipales regulará la carrera funcionaria y considerará principalmente el ingreso, deberes y derechos. Este establece dos tipos de funcionarios municipales, los de planta y a contrata, estos últimos son de carácter transitorio. Los funcionarios están sujetos al Código del Trabajo y por último los que están a honorarios, solo procede respecto de: profesionales, técnicos de educación superior y expertos, para laborales accidentales, no habituales de la municipalidad, para cometidos específicos.
Las municipalidades también tienen la función de fiscalizar, estos se rigen por las normas financieras del Estado. La Contraloría General de la Republica emite dictámenes jurídicos sobre todas las materias sujetas a su control, sin perjuicio de las facultades generales de fiscalización interna que correspondan al alcalde, el consejo y las unidades municipales.
Atribuciones del Alcalde en que No necesita acuerdo del Concejo:
- Representar judicial y extrajudicialmente a la municipalidad;
- Proponer al concejo la organización interna de la municipalidad;
- Velar por la probidad administrativa dentro del municipio.
- Administrar los recursos financieros de la municipalidad.
- Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público de la comuna que correspondan.
- Otorgar, renovar y poner término a permisos municipales;
- Coordinar el funcionamiento de la municipalidad con los órganos de la Administración del Estado que corresponda;
- Coordinar con los servicios públicos la acción de éstos en el territorio de la comuna;
- Convocar y presidir, con derecho a voto, el concejo; como asimismo, convocar y presidir el Consejo comunal de organizaciones de la sociedad civil;
- Someter a plebiscito las materias de administración local.
Atribuciones del Alcalde en que necesita acuerdo previo del Concejo:
Deberá presentar a la aprobación del Concejo Municipal:
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