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Subvención Escolar En Chile


Enviado por   •  28 de Junio de 2011  •  787 Palabras (4 Páginas)  •  1.329 Visitas

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Patricio Traslaviña A., coordinador del programa Mejor Escuela del Área de Educación de Fundación Chile.

El aspecto más importante relacionado con la Ley de Subvención Escolar Preferencial, lo constituye la obligatoriedad de diseñar e implementar un plan de mejoramiento en cada una de las escuelas clasificadas como emergentes, considerando recursos específicos que se ponen a disposición para cumplir las metas que se fijen en los cuatros años de vigencia de este plan. Entendiendo que una de las tareas para asegurar sustentabilidad en el mejoramiento es la elaboración de este plan estratégico en cada escuela, las orientaciones emanadas del ministerio de Educación han priorizado que el diagnóstico se focalice principalmente, aunque no exclusivamente, en los aspectos pedagógicos.

A continuación se presentan sugerencias sobre los aspectos que a nuestro juicio son relevantes y necesarios de considerar en el diagnostico que dará base al plan de mejoramiento, para iluminar la tarea de los directivos que deben liderar la implementación de esta ley en las escuelas.

1. MONTOS INVOLUCRADOS

Para este año se considera desde el primer nivel de transición de la educación parvularia hasta 4° básico. En los próximos años con montos menores y en forma gradual recibirán subvención preferencial los niños y niñas de de 5° a 6° (2009) y de 7° a 8° (2010).

Por cada niño o niña clasificado como prioritarios la escuela recibirá un monto de 1,4 unidades de subvención (USE). Para las escuelas definidas como emergentes la modalidad de pago considera que la mitad de la asignación (0,7 USE) se cancelará mensualmente y la otra mitad será considerada un aporte que se pagará si se van cumpliendo gradualmente las exigencias planteadas. Para este primer año la exigencia es elaborar el plan de mejoramiento con su correspondiente diagnóstico y en años posteriores el aporte se pagara junto con la asignación (o sea 1,4 USE completas) en la medida que se cumplan las metas definidas en este plan. Para conocer los montos utiliza la planilla: "Simulador de cálculo de la ley SEP".)

2. USO DE LOS FONDOS PROVENIENTES DE LA LEY SEP

El responsable legal de la implementación de la ley es el sostenedor ya que firmó el Convenio de Igualdad de Oportunidades y Excelencia Educativa que es el principal requisito para recibir los fondos correspondientes a esta ley.

La escuela debe elaborar un plan de mejoramiento que considere el uso que dará a los recursos provenientes de esta ley y que sean fundamentados técnicamente en el diagnostico; pero el sostenedor es responsable ante la ley de asegurar que se cumplan las metas, presentando anualmente al Mineduc y a la comunidad escolar un informe relativo al uso de los recursos percibidos.

3. ELABORACIÓN DE UN DIAGNÓSTICO DE LA ESCUELA

Cada escuela debe levantar un diagnóstico de la situación

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