NACION
Enviado por DIEGOMAURCIO258 • 8 de Septiembre de 2015 • Apuntes • 771 Palabras (4 Páginas) • 145 Visitas
ACTA CONCILIACION
En la ciudad de Maicao, a los siete (07) días del mes de Septiembre del año dos mil quince (2015), se reunieron los presentes:
DIEGO MAURICIO GRIJALBA, identificado con la cedula de ciudadanía No. 6.804.670 expedida en Florencia (Caquetá) y el señor LUIS EDUARDO CARDENAS MACHADO identificado 12.565.336 Expedida en Becerril.
Acto seguido los siguientes manifiestan:
- El señor LUIS EDUARDO CARDENAS MACHADO presto sus servicios al DIEGO MAURICIO GRIJALBA desde el 09 de enero del 2009, configurándose un contrato de trabajo verbal bajo la modalidad de término indefinido.
- Que las labores desempeñadas por el trabajador a la señor DIEGO MAURICIO GRIJALBA fueron las de servicio de mantenimiento de motores planta de secamiento y molino de sal.
- Que las partes por mutuo acuerdo pactaron un salario que el empleador le reconoció un pago mensual al trabajador el cual, en sui valor promedio ascendió a la suma de $ 440.000, monto que se le utilizo como base de su liquidación de prestaciones sociales, por terminación del contrato por mutuo acuerdo.
- Teniendo en cuenta la fecha de terminación del contrato de trabajo el empleador procedió a liquidar al trabajador la totalidad de prestaciones sociales, que ascendió a la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($ 2.500.000) MCT. Por concepto de reajuste de liquidación, ya que el trabajador era liquidado todos los años, y en estos momentos viene a conciliar cualquier derecho que tenga el señor LUIS EDUARDO CARDENAS MACHADO , y aun las que a futuro pretenda en contra del empleador, dicha suma será cancelada en efectivo el día 07 de Septiembre 2015.
- Que con ocasión de la terminación mencionada, las partes han decidido suscribir la presente acta de conciliación para dejar constancia del arreglo definitivo al que llegaron de conformidad con lo indicado a continuación.
Las partes de manera voluntaria libre y expresa, manifiestan y dejan testimonio que:
- Una vez recibidas las sumas descritas, el TRABAJADOR y el EMPLEADOR:
- Se declara a PAZ Y SALVO, por todo concepto de orden laboral que pudiera desprenderse de la relación de trabajo que existió entre las partes. Igualmente manifiestan que se encuentran a PAZ Y SALVO especialmente por los conceptos de auxilio y cesantías, interés de las mismas, dominicales y festivos, vacaciones, primas de servicio, auxilio de enfermedad, e indemnizaciones moratorias y cualquier otra acreencia que pudiera resultar.
- Acuerdan conciliar cualquier eventual derecho y beneficio que teniendo naturaleza laboral pudieran existir entre las partes, y que fueron planteadas en este documento o cualquier otro que hubiere seguido seguir entre las Partes por razón del vínculo laboral que las unió.
- Cada parte renuncia de manera irrevocable, en beneficio de la otra a todos y cualquiera reclamo originado en los hechos aquí descritos y relacionados con el contrato de trabajo antes referido.
- Se deja constancia que el TRABAJADOR manifestó que esta de acuerdo sobre el contenido del acta de la conciliación, quien manifestó que esta de acuerdo con la totalidad de la misma, que se encuentra conforme con el acuerdo pactado en el acta y que lo hace libre de todo apremio, en ejercicio de su voluntad, bajo ninguna presión y que no está viciado el consentimiento por error, fuerza y dolo por parte de sus EMPLEADOR, en consecuencia lo declara PAZ Y SALVO por todo derecho cierto e incierto derivado de la relación laboral.
- Por tanto y satisfecho los términos de la presente acta de conciliación, las partes se declaran mutua y recíprocamente a PAZ Y SALVO por todo concepto originando en el contrato de trabajo mencionado.
Teniendo en cuenta la voluntad de las partes y que el presente acuerdo no vulnera derechos ciertos e indiscutibles se aprueba. Haciendo la advertencia que el acuerdo hace tránsito a cosa juzgada y su acta presta merito ejecutivo al tenor de los Art 78 del CPL., 66 de la ley 446 de 1998, 488 del C.P.C; 19, 20,28 de la Ley 640 del 2001, 23 y 30 del DC 2511 DE 1998. No siendo otro el objeto de la presente se termina y se firma por los que en ella intervinieron, una vez leida y aprobada por los mismos.
...