OFRECIMIENTO DE PRUEBAS LABORAL NOGALES
Enviado por carlosmtzcantu • 3 de Mayo de 2017 • Documentos de Investigación • 780 Palabras (4 Páginas) • 1.743 Visitas
EXPEDIENTE NO. 10/2014
ALFREDO LIZARRAGA CAÑEZ
VS.
COLEGIO DE BACHILLERES DEL ESTADO DE SONORA
ASUNTO: SE OFRECEN PRUEBAS
H. JUNTA ESPECIAL DE CONCILIACIÓN
Y ARBITRAJE DEL NOROESTE DEL
ESTADO DE SONORA.
Presente.-
PEDRO PEREZ PEREZ,, mexicano, mayor de edad, estado civil casado, Licenciado en Derecho, con la personería que tengo reconocido en autos, vengo a ofrecer las pruebas que corresponden a la parte demandada, siendo estas las siguientes:
P R U E B A S:
1.- CONFESIONAL EXPRESA Y TÁCITA consistente en las manifestaciones y omisiones de la contraria en su escrito inicial de demanda y eventualmente en los complementos y/o precisiones a la misma, en todo lo que beneficie a los intereses de la demandada.
2.- CONFESIONAL POR POSICIONES a cargo del C. ALFREDO LIZÁRRAGA CÁÑEZ, persona física que reúne las características que señala el artículo 11 y 787 de la Ley Federal del Trabajo, es decir que es alto empleado o funcionario de la misma, quien de manera personal y directa deberá desahogarla de acuerdo al pliego de posiciones que se le articulan por separado con relación a los hechos que se le imputan y sobre los que son de su conocimiento en razón del alto puesto que ocupa con la demandada y que constituyen la lítis del presente negocio. Esta probanza deberá desahogarse sin la presencia de asesores y de manera personal, es decir sin la mediación de apoderados. Debiéndose citar para tal efecto, en el domicilio señalado en autos.
Las probanzas anteriormente ofrecidas, tienen por objeto acreditar todos y cada uno de los hechos relatados en el escrito inicial de demanda y sus precisiones y aclaraciones, en lo que sean controvertidos por la demandada.
3.- TESTIMONIAL a cargo de CUAUHTEMOC MARTINEZ SIRAITARE, FAUSTO ALFONSO GERRERO RODRÍGUEZ, GILDARDO ESPINOZA SANDOVAL y ALBERTO ISAAC GALAZ, mismos a quienes me comprometo a presentar para que sean examinados, el día y la hora que se fije por esa H. Junta, para el desahogo de la esta probanza.
La prueba testimonial antes ofrecida, en este punto, tiene por objeto acreditar todos y cada uno de los puntos controvertidos de la litis del presente negocio jurídico, fundamentalmente lo relativo a la carga académica del actor, su horario y funciones que realizaba en la fuente de trabajo, a la fecha del supuesto despido que alega.
4,- DOCUMENTAL PRIVADA, consistente en oficio DAC/851-2014, de fecha once de septiembre de dos mil catorce, suscrito por el Doctor Manuel Valuenzuela Valenzuela, en su calidad de Director Académico del Colegio de Bachilleres del Estado de Sonora, mediante el cual hace constar la asignación de carga académica del C. ALFREDO LIZÁRRAGA CÁÑEZ, como docente del Plantel Nogales, durante el Semestre Non 2013.
...