ORGANIGRAMA DEL PODER JUDICIAL
Enviado por jonmen30 • 27 de Septiembre de 2014 • Tesis • 1.095 Palabras (5 Páginas) • 346 Visitas
ORGANIGRAMA DEL PODER JUDICIAL:
I.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación: la suprema corte de justicia de la nación es el máximo tribunal constitucional del país, en virtud de lo cual, tiene como responsabilidad fundamental la defensa del orden establecido por la constitución política de los estados unidos mexicanos, además de solucionar, de manera definitiva, otros asuntos jurisdiccionales de gran importancia para la sociedad.
II.- El tribunal electoral: El Tribunal Electoral tiene, entre otras, por función resolver, en forma definitiva e inatacable, en los términos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y según lo disponga la ley:
Las impugnaciones en las elecciones federales de diputados y senadores
Las impugnaciones que se presenten sobre la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, que son resueltas en única instancia por la Sala Superior
Las impugnaciones de actos y resoluciones de la autoridad electoral federal, distintas a las señaladas anteriormente, que violen normas constitucionales o legales.
Las impugnaciones de actos o resoluciones definitivos y firmes de las autoridades competentes de las, entidades federativas para organizar y calificar los comicios, o resolver las controversias que surjan durante los mismos, que puedan resultar determinantes para el desarrollo del proceso respectivo o el resultado final de las elecciones.
Las impugnaciones de actos y resoluciones que violen los derechos político-electorales de los ciudadanos de votar, ser votado y de afiliación libre y pacífica para tomar parte en los asuntos políticos del país, en los términos que señalen la Constitución y las leyes.
Los conflictos o diferencias laborales entre el Tribunal y sus servidores.
Los conflictos o diferencias laborales entre el Instituto Federal Electoral y sus servidores.
La determinación e imposición de sanciones en la materia.
Las demás que señale la ley.
III.- Los tribunales colegiados de circuito: los juicios de amparo directo contra sentencias definitivas, laudos o contra resoluciones que pongan fin al juicio por violaciones cometidas en ellas o durante la secuela del procedimiento.
Los recursos que procedan contra los autos y resoluciones que pronuncien los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito o el superior del tribunal responsable; el recurso de queja; el recurso de revisión contra las sentencias pronunciadas en la audiencia constitucional por los Jueces de Distrito, Tribunales Unitarios de Circuito o por el superior del tribunal responsable, y cuando se reclame un acuerdo de extradición dictado por el Poder Ejecutivo a petición de un gobierno extranjero, o cuando se trate de los casos en que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia haya ejercitado la facultad prevista en el sexto párrafo del artículo 94 de la Constitución Política.
Los recursos de revisión que las leyes contra las resoluciones definitivas de los tribunales de lo contencioso-administrativo federales y del Distrito Federal; los conflictos de competencia que se susciten entre Tribunales Unitarios de Circuito o Jueces de Distrito de su jurisdicción en juicios de amparo.
Los impedimentos y excusas que en materia de amparo se susciten entre Jueces de Distrito, y en cualquier materia entre los magistrados de los Tribunales de Circuito; los recursos de reclamación; y los demás de más asuntos que expresamente les encomiende la ley o los acuerdos generales emitidos por la Suprema Corte.
IV.- Los tribunales unitarios de circuito: los juicios de amparo promovidos contra actos de otros tribunales unitarios de circuito, que no constituyan sentencia judicial
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