Observaciones perito
Enviado por leisita0512 • 6 de Agosto de 2019 • Apuntes • 427 Palabras (2 Páginas) • 129 Visitas
1.- El perito después de constituirse físicamente en el inmueble que se describe en la escritura pública número 50,283, Volumen CDII, de fecha 25 de junio de 1981, pasada ante la fe del Notario Público número 4 de la Ciudad de Toluca, Estado de México, Lic. Vicente Lechuga Manternach, realizará un levantamiento topográfico indicando ubicación, medidas, colindancias y superficie.
2.- El perito realizará un levantamiento topográfico indicando ubicación, medidas, colindancias y superficie de la fracción de terreno motivo del presente juicio y que se describe en la prestación marcada con el inciso A del escrito inicial de demanda, y que actualmente sirve como servidumbre de paso.
3.- El perito determinará si la fracción de terreno motivo del presente juicio y que se describe en la prestación marcada con el inciso A del escrito inicial de demanda, forma parte del inmueble que se describe en la escritura número 50283, Volumen CDII, de fecha 25 de junio de 1981, pasada ante la fe del Notario Público número 4 de la Ciudad de Toluca, Estado de México, Lic. Vicente Lechuga Manternach.
4.- El perito determinará si existe alguna construcción y objetos sobre la fracción de terreno motivo del presente juicio y que se describe en la prestación marcada con el inciso A del escrito inicial de demanda, y que actualmente sirve como servidumbre de paso, especificando y detallando qué tipo de construcción u objetos se encuentran construidos y/o instalados así como los ubicara en el levantamiento topográfico para determinar a qué altura de dicha fracción se encuentran actualmente.
5.- El perito determinará si dentro del inmueble que se describe en la escritura número 50283, Volumen CDII, de fecha 25 de junio de 1981 pasada ante la fe del Notario Público número 4 de la Ciudad de Toluca, Estado de México, Lic. Vicente Lechuga Manternach, cuenta con un acceso hacia el lado norte del mismo colindando con una calle o privada describiendo como es ese acceso en cuanto a su construcción y material del mismo especificando hacia a donde conduce dicho acceso.
6.- El perito determinará si el acceso que se ha descrito en la pregunta anterior se encuentra obstruido y en su caso determinará con qué construcción o material se encuentra obstruido y las especificaciones de dicha obstrucción.
7.- El perito realizará las observaciones que considere convenientes respecto de la ubicación del inmueble, medidas y colindancias propiedad de la parte actora, tanto del inmueble que se ampara con la escritura descrita en la pregunta 1 del presente cuestionario, así como en cuanto a la fracción de terreno materia del presente juicio.
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