Organización de registro civil
Enviado por jhrivas • 11 de Enero de 2013 • Ensayo • 1.040 Palabras (5 Páginas) • 463 Visitas
ORGANIZACIÓN DE REGISTRO CIVIL.
El presente ensayo hablaremos sobre la organización de registro civil, la cual es una institución de carácter público, asimismo haremos referencia al nacimiento, el procedimiento al registro de matrimonio, el acta de defunción, y rectificación de las partidas del estado civil, pues es a través de tal institución que se puede comprobar la certeza y veracidad del Estado Civil, su finalidad es garantizar el derecho constitucional de las personas a ser inscritas en el Registro Civil, creando un sistema automatizado, (Artículo N°3 Ley Orgánica del Registro Civil).
El Registro Civil es una Organización, que tiene por objeto hacer constar de una forma auténtica y a través de un sistema organizado, los principales actos relacionados con el estado civil de las personas que tiene origen en el seno familiar, mediante la intervención de funcionario del Estado con el objeto de que las actas y testimonios que se otorgan tengan valor probatorio dentro y fuera de juicio. El Registro Civil es el modelo francés, su origen es netamente católico, manifestándose a través de registros parroquiales, hasta que su secularización ocurre durante la Presidencia de Antonio Guzmán Blanco, por Decreto el 1° de enero de 1873.
La Organización del Registro Civil estará a cargo del Consejo Nacional Electoral, por órgano de la Comisión de Registro Civil y Electoral, tal como lo establece nuestra carta magna (La Constitución del 1999), y en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Registro Civil). Dicha institución pública estará en diferentes sitios estratégicos, tales como Hospitales, Cementerio, y parroquias, que dispondrá de una oficina de Registro Civil Municipal, para garantizar el buen funcionamiento del Registro Civil.
La redacción de toda clase de actas o partidas sólo está autorizada la Primera Autoridad Civil del Municipio, las personas responsables en la redacción de las partidas de nacimientos pueden ser:
• Cuando el nacimiento ocurra en hospital, clínica, maternidad u otra institución de salud pública, la máxima autoridad pública de dicha institución.
• El respectivo funcionario Diplomático o Consular de la República, cuando el niño naciere en el exterior (C.C. artículo 470).
• El jefe, capitán o patrón del buque, cuando el niño nace durante el viaje de mar (C.C. artículo 471).
Cuando el nacimiento ocurriera en hospital, clínica, maternidad u otra institución pública de salud, la declaración del nacimiento debe hacerse ante las Unidades de Registro Civil, en caso que fuera extra – hospitalario, entonces tendrá un lapso hasta noventa días, contado desde la fecha de haberse producido el nacimiento, cuyo caso los padres están en el deber de realizar la declaración ante el Registro Civil, que le corresponda, con el fin de efectuar la inscripción del niño la niña a dicho registro. (Artículo 86 LORC).
El Organismo encargado de velar por el cumplimiento tal como lo establece la Ley Orgánica de Registro Civil en su artículo 86, será el Consejo de Protección de Niño, Niña y adolescentes, en cuanto a vigilar el acatamiento de la inscripción del recién nacido o recién nacida, en las Unidades de Registro Civil, que estará ubicada en los establecimientos de Salud, tanto pública como privada. (Artículo 87 LORC).
En cuanto el registro del Matrimonio, es una obligación
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