PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y EL PARLAMENTO NACIONAL VENEZOLANO
Enviado por Levis machado • 18 de Mayo de 2020 • Documentos de Investigación • 12.704 Palabras (51 Páginas) • 200 Visitas
[pic 1]
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL
DE LOS LLANOS CENTRALES
“RÓMULO GALLEGOS”
ÁREA DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICAS.
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y EL PARLAMENTO NACIONAL VENEZOLANO.
Profesor: Álvaro Ochoa.
Autor(a): Levis Machado
CI Nª 11.121.558
Sección “10”
San Juan de Los Morros, 16 de Mayo 2020.
INTRODUCCION.
La constitución de la República Bolivariana de Venezuela vigente desde el 20 de diciembre de 1999, y está conformada por un preámbulo el cual es una declaración solemne de las intenciones de los constituyentes al redactar lo que será la máxima norma legal del país, en él se exponen los valores, principios y las necesidades del pueblo, en el caso de nuestra constitución define nuestra sociedad como una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural, a su vez que promueve los valores de la libertad e independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley seguidamente define brevemente los derechos fundamentales como lo son el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación a la justicia social, y a la igualdad de condiciones, continuamente enmarca la difusión y la posición del país en el marco latinoamericano promoviendo el desarrollo regional en base al desarrollo e impulsando la cooperación y la autonomía e independencia de cada nación en contraposición con el intervencionismo extranjero, motiva la conservación ambiental y el respeto por el patrimonio e irrenunciable de la humanidad. Por tanto, se fundamenta la constitución y se denota la conformación legal de la carta magna. (pág. 01 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).
Desde las perspectivas de estas consideraciones, surge la realización de este trabajo de investigación, el cual tiene como propósito fundamental, el desarrollo de contenidos de la Constitución, estructurado en una serie de títulos, específicamente nueve (IX) títulos, de los cuales el primero de ellos hace referencia a los principios fundamentales, este capítulo contiene los nueve primeros artículos de la constitución del cual describo tres (3) como soporte jurídico del tema en estudio:
- Libro primero. Del DERECHO.
- TÍTULO I. De la obligatoriedad de la ley.
-ARTÍCULO 1°.- Extensión. Las leyes son obligatorias para todos los que habitan el territorio de la República, sean ciudadanos o extranjeros, residentes, domiciliados o transeúntes, sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales.
-ARTÍCULO 2°.- Existencia y vigencia. Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen.
-ARTÍCULO 3°.- Renuncia. Está prohibida la renuncia general de las leyes. Los efectos de la ley pueden ser renunciados en el caso particular, excepto que estén comprometidos el orden público o la moral, o prohibida su renuncia.
- TÍTULO II. Del derecho transitorio.
-ARTÍCULO 4°.- Temporalidad. A partir de su entrada en vigencia, las leyes se aplican aún a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tienen efecto retroactivo, sean o no de orden público, salvo disposición en contrario. La retroactividad establecida por la ley en ningún caso puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales. A los contratos en curso de ejecución no son aplicables las nuevas leyes supletorias.
- TÍTULO III. De la aplicación del derecho.
-ARTÍCULO 5°.- Deber de resolver. Los jueces deben resolver todos los asuntos que conozcan. Si el caso no puede ser resuelto por las palabras y la finalidad de la ley, se deben tomar en cuenta las leyes análogas, los usos y costumbres y los principios generales del derecho, conforme a las circunstancias del caso.
-ARTÍCULO 6°.- Usos y costumbres. Los usos y costumbres son vinculantes: a) Si las leyes, o los interesados, se remiten a ellos. b) Si se trata de situaciones no regladas legalmente. El tribunal debe establecer de oficio el contenido del uso, sin perjuicio de su facultad de requerir la colaboración de las partes y del derecho de éstas de alegar y probar su existencia y contenido.
-ARTÍCULO 7°.- Vigencia de la ley. Ignorancia o error de derecho. Las leyes son vinculantes desde su entrada en vigencia, y la ignorancia o el error acerca de ellas no sirven de excusa salvo, con relación a las leyes civiles, en los siguientes casos: a) Si la ley autoriza la excusa. b) Si la ley establece que se debe dar un aviso o comunicación previa, a persona determinada o al público, haciendo saber sus disposiciones, y ese aviso o comunicación no ha sido dado.
-ARTÍCULO 8°.- Fraude a la ley. El acto respecto del cual se invoque el amparo de un texto legal, que persiga un resultado sustancialmente análogo al prohibido por una norma imperativa, se considera otorgado en fraude a la ley. En ese caso, el acto debe someterse a la norma imperativa que se trata de eludir.
Cabe resaltar entonces, para abordar este tema, en primera instancia, la ley, en sentido general, es la forma más “concreta” de imposición del Derecho y como la pieza clave del ordenamiento jurídico, debe regirse por principios inspirados por los más altos fines espirituales y sociales del hombre.
Por lo tanto, es fundamental la claridad de los mecanismos de nacimiento, validez y cesación de la imperatividad de esta clase de normas, de lo contrario, las dudas en estas reglas de claridad pondrían en serio riesgo la seguridad jurídica y la democracia basada en el Estado de Derecho.
...