PRÁCTICA NÚMERO 3 DE DERECHO
Enviado por sergimopi • 15 de Diciembre de 2012 • Práctica o problema • 1.156 Palabras (5 Páginas) • 460 Visitas
PRÁCTICA NÚMERO 3 DE DERECHO
Prof. Eliseo Sierra
La práctica consiste en contestar a los siguientes supuestos. Cada respuesta debe basarse en uno o varios de los artículos legales que a continuación se mencionan (o en otros que también puedan resultar de aplicación y el alumno/a encuentre) y redactarse en las propias palabras:
Artículos del Código Civil: 1091, 1092, 1100, 1108, 1109, 1113, 1114, 1124, 1144, 1152, 1168, 1175, 1182, 1204, 1271, 1278, 1327, 1895 y 1903.
Artículos 109 y siguientes del Código Penal
Artículo 7 de la Ley 3/2004, que establece medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Artículos 1 y 7 Ley de condiciones generales de la contratación.
1. El arrendatario Juan debe pagar la renta del piso el día 1 de cada mes. No puede pagar. ¿Puede reclamarle el arrendador Antonio intereses adicionales por impago puntual? ¿A partir de qué día comienzan a contar? ¿Qué tipo de interés le sería exigible?
Según el artículo 1108 del código civil [indemnización de mora en obligación de pago de dinero] si que podría pedir intereses al arrendatario, convenidos, y a falta de convenio, el interés legal (6% al año).
2. La empresa Cascos López S.L. no paga a su proveedor los 20.000 euros debidos una vez pasados los 60 días de vencimiento fijados desde la entrega de las mercancías porque no las ha podido revender. ¿Era posible fijar un plazo de pago diferido desde la entrega? Si puede reclamar intereses, ¿qué tasa? Si acaba en juicio, ¿podría capitalizar los intereses, es decir, sumar a los 20.000 euros los intereses ya devengados y reclamarlo todo?
3. ¿Se puede condicionar el cumplimiento de una obligación nacida de un contrato a que ocurra un suceso futuro e incierto? Si es así, da ejemplos de contratos de este tipo.
Según el artículo 1113 [Exigibilidad de las obligaciones] Será exigible toda obligación cuyo cumplimiento no dependa de un suceso futuro o incierto, o de un suceso pasado, que los interesados ignoren
4. Si alguien cobra algo que no le corresponde (por ejemplo, error en transferencia bancaria o pago indebido a una persona que no es acreedor). ¿Debe devolverlo?
Sí, según el artículo 1895 del código civil [Cobro de lo indebido], Cuando se recibe alguna cosa que no había derecho a cobrar, y que por error ha sido indebidamente entregada, surge la obligación de restituirla.
5. ¿Responde una empresa de los daños y perjuicios causados por sus empleados en el ejercicio de sus funciones?
Según el artículo 1903 del código civil [Responsabilidad por actos de personas dependientes], sí que tiene que pagar los daños causados porque los dueños o directores de un establecimiento o empresa, son responsables de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de sus funciones.
6. Una pareja pide un préstamo hipotecario para comprarse un piso y en el contrato se obligan solidariamente a devolverlo. Uno de los dos se queda sin trabajo y no pueden hacer frente a las cuotas mensuales. ¿Puede exigir la totalidad de la cuota al que tiene empleo?
7. ¿Se puede fijar en un contrato una cláusula penal por la cual si una parte incumple se tasen anticipadamente los daños y perjuicios que deberá pagar a la otra parte? Si es así, ofrece ejemplos.
8. Si una persona no puede devolver el préstamo y llega a un acuerdo de refinanciación con el banco con nuevos plazos y nuevos intereses. ¿Queda extinguido el contrato anterior por el nuevo o hay una prórroga del anterior?
Según el artículo 1204. [Extinción de obligación por otra que la sustituya] Para que una obligación quede extinguida por otra que la sustituya, es preciso
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