Principios Fundamentales De La Constitucion Bolivariana De Venezuela
Enviado por denisse27 • 13 de Octubre de 2013 • 2.618 Palabras (11 Páginas) • 1.237 Visitas
CONSTITUCIÓN
TÍTULO I
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
Artículo 1. Venezuela se declara República Bolivariana, irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.
Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.
Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.
La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.
Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.
Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público.
Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.
Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.
Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.
Artículo 8. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria. La ley regulará sus características, significados y usos.
Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.
RELACIÓN ENTRE EL PROYECTO NACIONAL SIMÓN BOLÍVAR Y LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
La constitución de la República Bolivariana de Venezuela es el principal instrumento legal por el cual se deben regir las leyes, normas, reglamentos y afines dentro del marco legal del estado venezolano. Por otro lado, tenemos el Proyecto Nacional Simón Bolívar, éste es “el primer plan socialista” y está direccionado hacia el desarrollo económico y social de la nación, éste tiene una validez de seis (6) años que van desde el año 2007 al 2013, es decir que para el próximo año debe o debería renovarse. En la constitución de la República Bolivariana de Venezuela se toman en cuenta tanto derechos cómo deberes. En este particular, se buscará la relación directa e indirecta entre la Constitución, y el Proyecto Nacional Simón Bolívar.
La primera y más notable relación entre la constitución y el Proyecto Nacional Simón Bolívar (Proyecto en adelante) es que éste está fundamentado en la Constitución al igual que las leyes de esta república se fundamentan en la constitución para ser creadas y aplicadas de forma efectiva. Otra, es que en el primer tópico del Proyecto Nueva Ética Socialista toma en cuenta los derechos humanos, económicos, sociales y culturales. En el proyecto se toman en cuenta además los derechos ambientales y de nacer y vivir en una sociedad en paz. Los categoriza en Derechos de primera, segunda y tercera generación.
Por otra parte, se incluye también la Suprema felicidad social dentro del Proyecto. En ésta, se procura la incorporación de una nueva estructura social-económica donde la inclusión es el tema principal, tal cual se estipula en la Constitución de la República en su artículo 21 el cual reza: “Todas las personas son iguales ante la ley[…]”
En el Proyecto se incluye como tercer tópico la Democracia Protagónica Revolucionaria, en ella se explica que la soberanía reside en el pueblo y que éste puede elegir por si mismo el Estado. La Democracia Protagónica Revolucionaria, incluye la democracia participativa ya que es de este modo que se hace tangible la voluntad general. En la Constitución encontramos el capítulo I que habla sobre el espacio Geográfico y la División Política y el capítulo IV, de los Derechos Políticos y del Referendo Popular, ambos capítulos relacionados con el Proyecto. Éste, habla sobre la soberanía popular lo cual incluye nuestro derecho y deber inalienable e intransferible de un voto libre, universal, directo y secreto.
El siguiente punto en el Proyecto es el modelo Productivo Socialista el cual tiene por objetivo principal la integración del trabajo, es decir, debe existir igualdad de oportunidades y no deben haber estructuras jerárquicas dentro del plano social de trabajo, busca principalmente responder a las necesidades humanas.
El quinto enfoque junto al séptimo(los cuales se relacionan) buscan la unidad, estos son; Nueva Geopolítica Nacional y Nueva geopolítica Internacional respectivamente. Ambas buscan un nuevo modelo de desarrollo territorial, por su parte, la Nueva Geopolítica Nacional busca un eje integrador de ciudades. Mientras que la Nueva Geopolítica Internacional busca la integración mundial y cooperación entre países. En la constitución se establece en el Título II “Del Espacio Geográfico y la División Política” esto se traduce como Soberanía Nacional, ello incluye la forma de organizar los estados, ciudades, pueblos, además qué es lo que nos pertenece cómo ciudadanos y qué debamos mantener y proteger para las generaciones venideras. En este caso no afectaría directamente lo internacional, sin embargo es el trabajo “de hormiguita” el que al final de resultados.
Finalmente el sexto enfoque, Venezuela: Potencia Energética Mundial. El sexto enfoque procura el aprovechamiento del
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