Proceso Legislativo De Creación De Leyes
Enviado por • 21 de Octubre de 2012 • 2.208 Palabras (9 Páginas) • 1.174 Visitas
Proceso de Creación de Leyes en México.
EL PROCESO LEGISLATIVO
El Congreso de la Unión es concebido como el órgano de la pluralidad democrática por excelencia, pues en él convergen las principales corrientes políticas e ideológicas. Ambas Cámaras tienen como propósito fundamental el análisis, discusión y aprobación de las normas que constituyen nuestro sistema.
El proceso legislativo federal se rige por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, su Ley Orgánica, Reglamento para el Gobierno Interior, y por los acuerdos parlamentarios adoptados por la mayoría. El derecho de iniciar leyes y decretos compete al Presidente, a los diputados y senadores, y a las legislaturas.
La formación de leyes y decretos, puede iniciarse indistintamente en cualquiera de las dos Cámaras, observándose el Reglamento de Debates sobre la forma, intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones, con excepción de los proyectos que versaren sobre empréstitos, contribuciones e impuestos, o sobre reclutamiento de tropas, mismos que deben discutirse primero en la Cámara Baja.
CÁMARA DE ORIGEN
Se habla de Cámara de Origen a la que inicia el procedimiento legislativo y de Cámara Revisora cuando se refiere a la que recibe la propuesta aprobada por la otra.
PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS
Toda iniciativa deberá ser turnada a Comisiones por con- ducto de la Mesa Directiva para su análisis y dictaminación. La Comisión se encarga de elaborar el anteproyecto para su presentación y en su caso aprobación. El dictamen debe contener una parte expositiva de las razones en que se funda y concluir con proposiciones claras y sencillas.
Los dictámenes deben presentarse firmados por la mayoría de sus integrantes y en caso de existir disentimiento de uno o más miembros se presenta el voto articular por escrito, que debe remitirse de manera conjunta. Se denomina voto particular a la expresión formal que el legislador realiza sobre determinado asunto, con independencia de la opinión general, ya sea en sentido positivo o negativo. Es la emisión de razones, argumentos y puntos de vista que un parlamentario sostiene de manera personal y los cuales desea queden asentados.
DICTAMEN
Una vez elaborado el Dictamen se notifica al Presidente de la Mesa Directiva de la Cámara para que en uso de sus facultades lo agende en el orden del día. Los dictámenes son sujetos a dos lecturas, ante el Pleno, durante la segunda lectura se desarrolla la discusión, votación y en su caso aprobación.
I) Iniciativa
En esta primera etapa se da el impulso inicial para que una proposición sea analizada por el Congreso Nacional.
Según nuestra Constitución tienen iniciativa de ley el Presidente de la República a través de un Mensaje y los parlamentarios, tanto diputados como senadores, a través de una Moción. Esta última no puede ser firmada por más de diez diputados ni más de cinco senadores.
Tramitación de un proyecto de ley.
Un proyecto de ley debe obligatoriamente presentarse a una de las dos Cámaras que conforman el Congreso Nacional. La Cámara de acogida del proyecto recibe el nombre de Cámara de Origen, en tanto la otra pasa a constituirse como Cámara Revisora.
Algunas materias sólo pueden tener su origen en la Cámara de Diputados y otras sólo en el Senado. En tales casos, el Presidente de la República deberá enviar su Mensaje a la Cámara correspondiente.
En el caso de las Mociones, éstas sólo pueden ser presentadas por parlamentarios que formen parte de la corporación respectiva. Ejemplo: Las leyes sobre tributos, presupuestos de la administración pública y sobres reclutamiento, sólo pueden tener origen en la Cámara de Diputados. Las leyes sobre amnistía e indultos generales sólo pueden tener origen en el Senado.
II) Discusión del proyecto de ley
En esta etapa se produce el estudio, análisis y deliberación que hacen las Cámaras sobre el proyecto de ley, el cual da diversos pasos.
En la Cámara de origen: Primer trámite legislativo.
El Presidente de la Cámara da cuenta del ingreso de un proyecto a la oficina de partes.
Luego, el proyecto se envía a la comisión de estudio correspondiente para ser analizado en sus aspectos generales, salvo por acuerdo unánime de la sala de omitir este trámite.
Una vez estudiado el proyecto en forma general por la comisión, se informa de sus conclusiones a la Cámara, la cual discute y decide si aprueba o rechaza la idea de legislar sobre él.
Esto se conoce como discusión general, cuyo objetivo es admitir o desechar en su totalidad el proyecto de ley, considerando sus ideas fundamentales y admitir a discusión las indicaciones que se presenten sobre el proyecto, por el Presidente de la República, los ministros de Estado y los parlamentarios.
En caso de que no se hayan presentado indicaciones, se entenderá aprobado el proyecto sin necesidad de hacer la siguiente discusión.
De aprobarse el proyecto de ley con indicaciones, es enviado nuevamente a la comisión para que se estudie en sus aspectos particulares e incluir en el análisis las indicaciones efectuadas en la Cámara.
Estudiado el proyecto profusamente, se elabora un segundo informe que es entregado a la cámara. Con este informe, se procede a la discusión particular, cuyo objetivo es examinar, artículo por artículo, los acuerdos contenidos en el segundo informe de la comisión, resolviendo sobre las indicaciones que hayan sido presentadas.
Concluido el debate, se procede a la votación según el quórum requerido por la Constitución.
El resultado de este primer trámite legislativo desencadena tres resultados posibles:
▪ Que el proyecto sea aprobado en su totalidad. En tal caso pasa inmediatamente a la Cámara Revisora.
▪ Que el proyecto sea aprobado en general, pero la Cámara de Origen le introduce cambios o adiciones. De ser así, el proyecto que pasa a la consideración de la Cámara Revisora contendrá todas esas modificaciones.
▪ El proyecto es desechado en su totalidad durante su discusión general en la Cámara de Origen. En tal caso su tramitación no continúa, quedando impedido de presentarse sino después de un año.
Si el proyecto rechazado fuese de iniciativa del Presidente de la República, éste podrá solicitar que el Mensaje pase a la otra Cámara. En ésta, requerirá de la aprobación de dos tercios de sus miembros presentes. De aprobarse por ese quórum, retornará a la Cámara de Origen, donde sólo podrá volver a ser desechado con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.
En la Cámara revisora: Segundo trámite legislativo.
Aprobado el proyecto
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