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Proceso para adolescentes infractores


Enviado por   •  28 de Abril de 2015  •  Tesis  •  1.028 Palabras (5 Páginas)  •  253 Visitas

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algunas de las medidas sustitutivas a la privación de libertad cuando fueren procedentes.

Artículo 55.- Efectos de la suspensión del proceso a prueba

La suspensión del proceso a prueba no extingue las acciones civiles de la víctima o de terceros. Sin embargo, si la víctima recibe pagos en virtud de la procedencia de la suspensión, ellos se destinarán a la indemnización por daños y perjuicios que le pudiere corresponder.

Transcurrido el plazo que se fije sin que la suspensión fuere revocada, se extinguirá la acción penal, debiendo el Juez dictar de oficio o a petición de parte, el sobreseimiento.

TÍTULO IV

Proceso para adolescentes infractores

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 56.- Objeto

(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2007)

El proceso para adolescentes infractores tendrá como objeto establecer la existencia jurídica de una conducta tipificada como delito, determinar quién es su autor o partícipe, el grado de intervención o participación y, en su caso, determinar la aplicación de las medidas sancionadoras que correspondan conforme a esta Ley y el resarcimiento del pago de la reparación del daño a la víctima u ofendido.

Artículo 57.- Duración del proceso para adolescentes infractores

(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2007)

Desde la vinculación del adolescente al proceso, hasta el dictado de la sentencia, no podrá transcurrir un plazo mayor de seis meses, salvo que requiera más plazo para la defensa.

Artículo 58.- Comprobación de edad e identidad

Para comprobar la edad y la identidad de la persona se recurrirá a:

I.- El acta de nacimiento;

II.- Otros documentos públicos, dejando a salvo los derechos de las partes para objetar su autenticidad;

III.- Dictamen médico rendido por los peritos que para tal efecto se designen;

IV.- Prueba testimonial; o

V.- Cualquier otro medio idóneo.

Estas diligencias podrán realizarse aún contra la voluntad del adolescente, respetando su dignidad y sus derechos fundamentales. En ningún caso se podrá decretar la privación de libertad para efectos de comprobación de su edad.

Las insuficiencias, duda o error sobre los datos personales del adolescente, no alterarán el curso del proceso y los errores podrán ser corregidos en cualquier momento, aún durante la etapa de ejecución de las sanciones.

Artículo 59.- Plazos

Los plazos establecidos en esta Ley comenzarán a correr al día siguiente de su notificación y se contarán en días hábiles, a menos que se diga expresamente lo contrario. Cuando la Ley no establezca el plazo o su extensión, el Juez podrá fijarlo de acuerdo con la naturaleza y la importancia de la actividad de que se trate. En lo concerniente a los adolescentes privados de libertad, los plazos serán improrrogables. Si se encontrare en libertad, los plazos serán prorrogables, conforme lo establezca esta Ley.

En todos los plazos relativos a la privación de la libertad del adolescente deberán contar también los días inhábiles.

(REFORMADO, P.O. 21 DE DICIEMBRE DE 2007)

Artículo 60.- Plazos que afectan la libertad personal

En el proceso para adolescentes infractores los plazos en los que se vea afectada la libertad personal del adolescente son perentorios y las actuaciones podrán practicarse a toda hora, aun en los días inhábiles, sin necesidad de previa habilitación.

Artículo 61.- Incompetencia

Si en el transcurso del proceso se comprobare que la persona a

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