QUE HACER CUANDO NUESTROS DERECHOS HUMANOS SON VIOLADOS
Enviado por daviiichooo • 19 de Junio de 2013 • Examen • 1.374 Palabras (6 Páginas) • 792 Visitas
QUE HACER CUANDO NUESTROS DERECHOS HUMANOS SON VIOLADOS
Asumir quién es la víctima
La persona directamente ofendida o agredida, o sus familiares más directos (cónyuge, padres, abuelos, hijos, hermanos) tienen que asumir la acción defensiva.
¿Cuándo es una violación de derechos humanos?
Cuando la agresión la realiza un funcionario público (policía o efectivos) o por personas alentadas o cuya actitud sea tolerada por esos funcionarios públicos.
¿Qué hacer cuando estamos ante una violación de derechos humanos?
Usted debe dirigirse a denunciar ante el Ministerio Público (Fiscalía) en una dependencia llamada Unidad de Atención a la Víctima, allí será atendido por un funcionario que le recibirá la denuncia y le entregará una copia de su asistencia, le tomarán sus datos y en un tiempo prudencial se le indicará el Fiscal que atenderá su caso.
Usted puede acudir sin necesidad de abogado a la Unidad de Atención a la Víctima, Ministerio Público, solamente tiene que acudir y explicar los hechos, lo demás le corresponde al Ministerio Público.
El Fiscal lo remitirá al Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalísticas (antigua PTJ) para que se le practique un "reconocimiento médico legal", es decir, le dará una orden para que acuda donde un médico perteneciente a la policía para que lo examine y determine la gravedad y el origen de las lesiones.
¿A dónde más puedo acudir?
A las Organizaciones No Gubernamentales de Derechos Humanos, (ver lista anexa) allí se podrá documentar su caso para establecer patrones de violación de derechos humanos y le darán asesoría sobre la presentación de la denuncia.
También puede acudir a la Defensoría del Pueblo y denunciar. El funcionario de la defensoría tomará nota del caso y le entregará un comprobante de su denuncia.
Heridos:
Si se trata de heridas y es atendido en un centro de salud privado, solicite un informe sobre las heridas al médico que lo trató. Si bien es cierto que el informe médico válido es el que realiza el CICPC, el informe del médico privado puede ser presentado en juicio y reconocido por el médico.
Fallecidos:
Al momento del "levantamiento" del cadáver por el CICPC se debe practicar la autopsia, en estos casos al no ser muertes naturales, se le asigna un Fiscal inmediatamente, sin embargo también es bueno denunciar.
Detenciones
La persona no debe resistirse pero debe informársele los motivos de la detención.
Solicite contactar a sus familiares o a una persona de su confianza, en ningún momento el detenido puede quedar incomunicado.
Debe ser presentado ante un fiscal y llevado ante un tribunal penal antes de transcurridas 12 horas desde el momento de ser detenido.
En el tribunal exija un abogado defensor de su confianza, si no lo tiene, solicite al tribunal que le nombre un defensor público.
Si fue torturado infórmeselo al juez junto con todo tipo de maltrato que haya recibido y si el fiscal estaba al tanto del maltrato.
Interrogatorio
Si es interrogado mientras está detenido, niéguese a responder cualquier pregunta sin la presencia de su abogado, especialmente si se trata de preguntas incriminatorias.
¿Qué hacer cuando una persona está detenida o desaparecida?
Si conoce el sitio de detención trasládese, de ser posible, con un abogado de su confianza y solicite ver a la persona, recuerde que los detenidos no pueden ser incomunicados. En cualquier caso no acuda solo y deje información a personas de confianza de a donde se dirige y la hora en que se fue.
Si las autoridades se niegan a reconocer que la persona está detenida allí, deberá acudir a un tribunal penal de primera instancia y solicitarle al tribunal que constate la detención (Recurso de Habeas Corpus) que se puede hacer por escrito u oralmente. Si bien para el Habeas Corpus no se necesita abogado, es recomendable que se haga acompañar de uno.
¿Qué hacer si es torturado o maltratado durante su detención?
Denúncielo ante el fiscal del Ministerio Público asignado a su caso, si el maltrato ocurre antes de ser llevado al tribunal infórmeselo al juez. El Juez o el Fiscal deberán ordenar que se le practique el reconocimiento médico legal y se iniciarán las investigaciones por lasa lesiones.
¿Qué hacer si es amenazado?
Denúncielo ante el Ministerio Público, si ya lo denunció, infórmeselo al fiscal que
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