RECESIÓN N°1.1. SOBRE LA LECTURA INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Enviado por Oscar Moreno Portilla • 21 de Agosto de 2017 • Monografía • 1.642 Palabras (7 Páginas) • 359 Visitas
RECESIÓN N°1.1. SOBRE LA LECTURA INTRODUCCIÓN AL DERECHO
Instrucciones: Extraer y organizar las informaciones que se consideran más interesantes, incluyendo un comentario crítico sobre las ideas propuestas por el autor de la lectura.
Características que debe contener la recensión:
- Realizar un escrito breve con una visión panorámica y, a la vez, crítica, sobre el contenido de la lectura.
- El escrito debe reflejar su interpretación y evaluación crítica sobre la lectura propuesta.
- Seguir el siguiente esquema: Resumen expositivo, comentario crítico o valoración personal y citas textuales.
- Para la calificación de la tarea se usará la matriz que se indica en anexo, se sugiere su revisión.
ESTRUCTURA PARA SU DESARROLLO
CONTENIDO
(Elabore un resumen del texto leído, para lo cual debe anotar las ideas más importantes propuestas por el autor, siguiendo el orden de la estructura del texto.
(Extensión máxima página y media)
Respuesta:
Introducción al Derecho
El derecho es un medio de convivencia, cuyo objetivo es la búsqueda de la paz social; es por ello que está constituido por normas de regulación de la conducta humana. De esta manera tenemos normas de carácter religioso, normas morales, normas de trato social o de etiqueta y normas jurídicas.
Se define que las normas jurídicas consisten en el establecimiento de una orden social impuesta imperativamente en la búsqueda de la justicia y se caracterizan por ser:
- Generales: Porque son iguales para todos.
- Coactivas: Porque al ser quebrantadas se impone una sanción.
Así mismo; Torres Vasquez señala que suele identificarse como sinónimo “ley” y “norma jurídica”, pero la ley, la costumbre y los principios generales de derecho son modos de manifestación de normas jurídicas. Por lo tanto; la ley y otras fuentes de derecho crean normas jurídicas.
Tanto la moral como el derecho regulan la conducta humana, pero mientras la moral es unilateral, el derecho es bilateral; la moral recae sobre el sujeto en cuanto individuo, en tanto que el derecho regula las relaciones entre las personas.
Tenemos que el ordenamiento jurídico es el conjunto de normas de derecho que comprende: leyes generales, leyes ordinarias y normas individualizadas.
De esta manera Rodriguez Dominguez agrupa las normas jurídicas en 3 niveles de jerarquía:
- Primer Nivel.
- La Constitución. Establece la estructura del estado y sus funciones.
- Las leyes Constitucionales. Modifican la constitución.
- Los tratados. Declaración hecha entre 2 o más estados.
II. Segundo Nivel.
- Ley Orgánica. Es aquella que regula la estructura y el funcionamiento de las entidades del estado.
- Ley. Es una norma jurídica aprobada por el congreso y promulgada por el presidente de la república.
- Normas con rango de ley. Son normas aprobadas en forma distinta a la ley e incluso por órganos distintos. Tenemos: Reglamento del Congreso, Decretos Legislativos, Resoluciones Legislativas, Decretos de Urgencia, Decretos Leyes, Normas Regionales de carácter general y Ordenanzas Municipales.
- Tercer Nivel.
- Decretos y resoluciones. Tenemos: Decretos Supremos, Resoluciones Supremas, Resoluciones Ministeriales, Resoluciones Viceministeriales, Resoluciones Dictatoriales, Resoluciones Subdirectoriales, Resoluciones de Superintendencia.
En relación al derecho existe una doble concepción del mismo:
- Como norma (Derecho Objetivo o positivo); es el conjunto de normas jurídicas ordenadas sistemáticamente que regulan las relaciones humanas.
- Como facultad del sujeto (Derecho subjetivo); es la facultad del poder, situación o autorización que confiere el derecho positivo a las personas para obrar o abstenerse sobre un bien o frente a los demás sujetos de derecho.
Tenemos también el derecho internacional y el derecho interno
- El Derecho Internacional regula relaciones de sujetos de derecho internacional o relaciones jurídicas en las que intervienen elementos extranjeros.
- El Derecho Interno regula los fenómenos jurídicos sin tener en cuenta el derecho internacional.
Fuentes de Derecho. Definimos el concepto de Fuentes de Derecho desde el punto de vista jurídico; por lo tanto es el principio, fundamento u origen de las disposiciones normativas.
Existen 2 clases de fuentes:
- Fuentes materiales o reales: Son aquellas que hacen referencia a los orígenes inmediatos de la norma jurídica.
- Fuentes formales: Son las formas o modos como se establecen o exteriorizan las normas jurídicas: Las leyes, las costumbres, los Principios Generales de Derecho, la jurisprudencia y la doctrina.
Interpretación de la ley. Se define como aquella operación mental por la que se indaga y se expone el significado de la ley. Se busca la real voluntad de la ley y no la del legislador.
Clases de Interpretación de la ley:
- Según su interprete:
- Interpretación auténtica: Lo hace el congreso de la república.
- Interpretación Judicial: La realizan los jueces y tribunales.
- Interpretación doctrinaria: La realizan los juristas y estudiosos de la ley.
- Según los medios:
- Interpretación Gramatical: Es la manifestación verbal de la misma.
- Interpretación Teológica: Se considera la razón de ser de la ley.
- Interpretación Histórica: Consiste en la indagación de los precedentes del precepto a través de sus fuentes.
- Interpretación Sistemática: Se tiene en cuenta el ámbito que le corresponde dentro del ámbito jurídico.
- Según los resultados:
- Interpretación Extensiva: Se da cuando la palabra empleada tienen alcance más allá de la letra.
- Interpretación Restrictiva: Cuando la ley es genérica.
- Interpretación Progresiva: Adaptación de las leyes a las necesidades del presente.
VALORACIÓN PERSONAL
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