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Reforma Político-Electoral


Enviado por   •  3 de Diciembre de 2014  •  1.665 Palabras (7 Páginas)  •  224 Visitas

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En qué consiste una reforma?

Para hablar de la reforma política tenemos que primero definir o tener bien claro el ¿qué? y el ¿para qué? se hace esto. De manera muy simple y concreta podemos decir que las reformas consisten en un proceso de actualización de las normas; pero si ese concepto lo queremos llevar un poco más cerca al campo del derecho podemos decir que son procedimientos que tienen como fin el variar el texto de una ley o sólo partes de ella para adaptarla de la mejor manera posible a la realidad social del momento. Esto quiere decir que debe haber coherencia entre las nuevas normas y las necesidades que continuamente están surgiendo en la sociedad; en el caso de este trabajo son las necesidades de cambio en algunas partes del sistema electoral del país.

Reforma Político-Electoral (10 de febrero de 2014)

En el año presente se ah publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma constitucional en materia político-electoral y esto genera algunos cambios sustanciales en lo que es, o más bien, era el sistema electoral mexicano.

Para analizar la reforma tenemos que ordenar los puntos en los que se efectuó el cambio, y en este trabajo los dividiremos en 6, que son los de mayor relevancia para después punto por punto hablar de en qué consiste cada uno:

1) Régimen de gobierno

2) Autoridades electorales

3) Régimen de partidos

4) Fiscalización y rebase de tope de gastos de campaña

5) Comunicación política

6) Instrumentos de participación ciudadana

Régimen Político: Uno de los puntos más importantes en este aspecto es que el presidente en cualquier momento puede optar por un gobierno de coalición siempre y cuando el senado lo apruebe y se firme un convenio con los partidos políticos. También tenemos que lo que se va a hacer es intentar reforzar el lazo político-electoral haciendo que ambas cámaras, la de diputados y la de senadores tengan mayor participación con el sistema electoral, ya que serán estos quienes ratifiquen el gabinete, y los primeros quienes ratifiquen al Secretario de Hacienda, y por el otro lado los senadores serán quienes tengan la facultad de ratificar a los empleados superiores de las relaciones exteriores.

Como otra de las modificaciones importantes está la reelección legislativa ya que los senadores podrán ser electos hasta por 2 periodos y los diputados por 4 siempre y cuando sean postulados por el mismo partido.

La reforma adelanta también la jornada electoral para el primer domingo de junio y cambia la fecha de toma de protesta del Presidente electo para el 1 de octubre (art. 83). Ese último cambio operará hasta la elección de 2024.

Autoridades Electorales: Lo primordial en este punto es la desaparición del IFE y entra en función el Instituto Nacional Electoral (INE) quien tendrá una función básica que es la de organizar las elecciones federales, sin embargo, también tiene otras facultades en el ámbito local en el cual funcionará como una autoridad supervisora en los procesos locales, organizará las elecciones de los dirigentes de los partidos políticos cuando ellos lo requieran y será este quien esté a cargo de la verificación del requisito necesario para realizar las consultas populares, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de las mismas.

En cuestión de las funciones de los procedimientos sancionadores, el INE será quien investigue las infracciones en los temas de propaganda y de los medios de comunicación y canalizar la resolución al TEPJF.

Se incrementa el número de consejeros electorales a 11 y cambia el procedimiento de nombramiento del Consejo General y se creará un Servicio Profesional Electoral Nacional el cual regulará el INE.

Régimen de Partidos: La primera modificación acorde a la reforma nos dice que todo partido político que alcance al menos el 3% del total de la votación válida emitida para las listas regionales, tendrá derecho a que le sean atribuidos diputados según el principio de representaciones proporcionales.

También se ordena la creación de una Ley General de Partidos Políticos que establezca un sistema uniforme de coaliciones para los procesos electorales federales y locales y se introducen las coaliciones flexibles y la modificación en la definición de la coalición parcial.

Fiscalización: El INE estará encargado de realizar la fiscalización y vigilancia durante la campaña, del origen y destino de todos los recursos de los partidos y candidatos, además de Además, los partidos podrán optar por realizar todos los pagos relativos a sus actividades y campañas electorales por conducto del INE.

Y como uno de los puntos más importantes en este aspecto de fiscalización desde mi punto de vista es que la Constitución establece que será causal de nulidad de la elección el rebase del tope de gasto de campaña en un 5% del monto total autorizado, o el haber recibido o utilizado recursos de procedencia ilícita o recursos públicos en las campañas

Y además será la misma Constitución la que señala que se considerarán determinantes cuando la diferencia entre los candidatos en el primer y segundo lugar sea menor al 5%. Finalmente, en caso de declararse la nulidad de una

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