Relaciones de Trabajo a la Luz del Sistema Económico Laboral Previsto en la constitución de la republica bolivariana de Venezuela de 1.999
Enviado por dikrisgoen • 5 de Junio de 2021 • Apuntes • 3.691 Palabras (15 Páginas) • 153 Visitas
[pic 1]
República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educación
Universidad Bolivariana de Venezuela
Programa de Formación Jurídico
Barinas edo. Barinas
Relaciones de Trabajo a la Luz del Sistema
Económico Laboral Previsto en la constitución de la republica bolivariana de Venezuela de 1.999.
Profesor.
Antonio Camacaro.
Estudiante.
Diana GOMEZ
C.I: 18116483
Barinas, Abril de 2.021
Introducción.
El presente compromiso de investigación tiene como objetivo habitual de analizar la calidad de la protección de las recomendaciones laborales estables y adecuadas en nuestra sociedad, como una manera de obtener formas eficaces de soluciones a las necesidades compuestas, que permitan precaver conflictos de trabajo y inestabilidades sociales, lo que consecuencialmente, redundará en un mejor manejo de la gerencia de las empresas, la satisfacción del personal que forma parte de la relación de cada organización, la prevención de infortunios laborales, el incremento de la productividad y la elevación de los dividendos corporativos. Evidentemente que toda esta secuela, en general, conlleva un innegable impulso a la economía nacional y a la conservación de un clima de paz social, necesaria para un desarrollo sostenido que permita espacios nacionales elevados para este nuevo milenio. Todo ello explica plenamente este trabajo, el cual se encuadra dentro de un enfoque metodológico jurídico evidente. Entra a establecer por qué el Estado intercede estas relaciones interferir entre patrón y laborante, cuál es la razón por la cual la colectividad está interesada en los vínculos laborales y su utilización; del mismo modo, la importancia de la defensa laboral adecuada y estable, ante las aprietes de la desregularización y, además, las formas de protección de la relación laboral.
Desde el punto de vista jurídico (legal Constitucional), ¿Qué es para usted el derecho laboral Venezolano? de su opinión.
Es una rama del derecho cuyos principios y normas jurídicas tienen por objeto la tutela del trabajo humano realizado en forma libre, por cuenta ajena, en relación de dependencia y a cambio de una contraprestación.
Son reglas jurídicas que avalan el cumplimiento de los convenios de las partes que median en una relación de trabajo. Cuyo fin principal es amparar el trabajador. Está inspirado en criterios de humanismo y protección. Es importante determinar que varias son las fuentes de las que debe el citado derecho laboral para desarrollarse y establecer la justicia que se estima pertinente. En concreto, se establece que entre aquellas destacan la Constitución, los contratos de trabajo, los tratados internacionales existentes, la ley o los reglamentos.
Esta rama jurídica, está inspirada en principios totalmente opuestos a los que informan al Derecho clásico, preservadora, foral y en su generalidad conteniendo mandatos de orden público. En lo Jurídico, se interpreta como una rama del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen a raíz del trabajo humano se conoce como derecho laboral.
Mencione las fuentes de trabajo Laboral Venezolano.
Se hace referencia a todo aquello de donde surge, el principio del Derecho, son la Constitución, los tratados internacionales, las leyes laborales, la convención colectiva de trabajo o el laudo arbitral, los usos y costumbres, la jurisprudencia en materia laboral, la aplicación de la norma y la interpretación más favorable. La Constitución: es la primera fuente de derecho de Venezuela. En ella se completa las garantías y libertades que tiene los individuos, y la protección que gozan frente al Estado.
El Artículo 87, constitucional, establece que toda persona tiene derecho a un trabajo y el deber de trabajar. El estado, garantiza su mediación, para que toda persona, pueda obtenerlo, en contraprestación, devengará un salario que le proporcionará, la posibilidad de una existencia digna y decorosa. Lo anterior, queda especialmente regulado en el Derecho del Trabajo, como garante del cumplimiento de este mandato. Los tratados internacionales: es una norma jurídica de naturaleza internacional, vinculante y obligatoria para los Estados que lo suscriben, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos y siendo indiferente su denominación.
Las leyes Laborables: es la rama del derecho venezolano que regula las relaciones jurídicas entre el patrón y los trabajadores así como la actividad de los sindicatos y la actuación del Estado. La Convención Colectiva de Trabajo: es aquella que se celebra entre uno o varios grupos o federaciones sindicales de trabajadores, de una parte, y uno o varios patronos o sindicatos o asociaciones de patronos.
El laudo arbitral: Es el procedimiento arbitrario, con validez comparable a las sentencias judiciales, que compensa el conflicto surgido entre las partes por efecto del compromiso por el que estas acordaron atribuir la resolución de sus argumentaciones a dichos procedimientos, declinando a someterlas a la jurisdicción ordinaria civil. En todo caso, debe tratarse de cuestiones relativas a materias sobre las cuáles puedan disponer las partes “ Ley de Arbitraje”.
Los usos y costumbres. Es la una norma jurídica que se manifiesta en un uso social frecuente. “Ulpiano” la concretó como “tacitus consensus populi, longa consuetudine inveterata” “consentimiento tácito del pueblo, inveterado por un largo uso”. “De Castro” la puntualizó como “canon creada e impuesta por el uso social”. El Tribunal Supremo, en sentencia de 18 de abril de 1951 la define como “la norma jurídica elaborada por la conciencia social mediante la repetición de actos realizados con intención jurídica”.
...