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Reseña sobre caso "Comunidad Mini numa"


Enviado por   •  9 de Junio de 2020  •  Síntesis  •  1.085 Palabras (5 Páginas)  •  206 Visitas

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CASO DE LA COMUNIDAD MINI NUMA.

- Amparo indirecto 1157/2007 del índice del Juzgado Séptimo de Distrito en el Estado de Guerrero.

Actos reclamados.

- Resolución de dieciséis de octubre de dos mil siete, que desechó el recurso de inconformidad contra la determinación de dieciséis de julio anterior, donde se negó a la comunidad proveer lo necesario para una unidad médica, con personal capacitado y medicamentos.

- Violación al derecho humano de acceso a la salud, previsto en el artículo 4º Constitucional.

Tema jurídico planteado.

- Derecho a la salud.

Antecedentes.

1. Dado el deceso de diversas personas miembros de la comunidad Mini Numa, en el municipio de Metlatónoc, Guerrero, el delegado municipal asistido de diversos integrantes de comité de salud, todos de la comunidad en cita, solicitaron al Gobernador y Secretario de Salud, ambos de la entidad, la constitución de una unidad médica con personal capacitado para atender a la comunidad y sus alrededores, así como la proporción del cuadro básico de medicamentos.

2. En respuesta, el Secretario de Salud determinó que la localidad no cumplía con los lineamientos establecidos en el Modelo Integrador de Atención a la Salud (MIDAS), para construir un centro de salud.

Los requisitos previstos por ese ordenamiento, eran: contar con una población de dos mil quinientos a tres mil habitantes por núcleo básico, estar a una distancia de quince kilómetros y un tiempo de treinta minutos de recorrido, al centro de Salud más cercano.

3. Inconformes con lo anterior, los peticionarios interpusieron recurso de inconformidad, que fue desechado en resolución de dieciséis de octubre de dos mil siete.

Estudio.

En la resolución del amparo, el juez de distrito distinguió lo siguiente:

El derecho a la salud es una garantía individual; sus titulares pueden ejercerlo libremente; es un derecho universal, pues protege a todo ser humano; y su parte medular consiste en el acceso a los servicios de salud.

La OMS define la salud como un estado de bienestar físico, psíquico y social tanto del individuo como de la colectividad.

No obstante, la Tercera Comisión de la Asamblea General de las Naciones Unidas no adoptó tal definición, pues en el artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, hace referencia al derecho a disfrutar del “más alto nivel posible de salud física y mental”, y establece una serie de condiciones a través de las cuales las personas pueden llevar una vida sana, dependiendo de diversos factores socioeconómicos.

El sistema de prestaciones para el acceso a la salud debe regirse por las siguientes características:

- Universalidad: Se refiere al carácter de derecho fundamental de protección a la salud, como su asignación a toda persona.

- Equidad: Implica que los servicios sanitarios públicos sean financiados principalmente por impuestos y no por el pago de las cuotas de sus usuarios, salvo aquellos que tengan capacidad económica suficiente.

- Calidad: En la resolución, únicamente refieren “es un requisito no solamente de la existencia misma del sistema comprendido globalmente (dado que no sirve de nada un sistema sanitario que opera en pésimas condiciones de calidad, lo que puede llevar incluso no a la protección de la salud, sino a su empeoramiento), sino también de igualdad entre quienes acceden a los servicios públicos de salud y de quienes lo hacen en servicios privados)”; sin embargo, considero que por cuanto a este requisito se entiende que el servicio de salud debe cumplir con estándares que satisfagan enteramente las necesidades de las personas en las mejores condiciones.

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