Resumen De Reconocimiento De Estados Casos
Enviado por gime9310 • 15 de Octubre de 2012 • 309 Palabras (2 Páginas) • 700 Visitas
Reconocimiento de Gobierno
ARBITRAJE TINOCO
Inglaterra vs. Costa Rica
Principio de continuidad en los estados: Cambios en los gobiernos no implican que varíe la existencia jurídica del Estado.
Gobierno de facto - control dentro de su territorio es un Estado, y puede crear derecho
Estoppel
KADIC vs KARADZIC
DTE: Victima y rep. De las victimas
Ddo: Bosnia-Serbia, Líder de la insurgencia: Karadzic. (posterior presidente de Bosnia- Serbia)
CORTE: CSJ de EE.UU.
ALIEN TORT ACT, 1789
KADIC vs KARADZIC
Genocidio, tortura, ejecuciones extrajudiciales, crímenes de contra la humanidad.
Tortura y ejecuciones extrajudiciales. REQUISITO Convención contra la Tortura y Tratos Crueles: deben ser cometidos por un estado o por un oficial de un estado.
KADIC vs KARADZIC
¿Es Bosnia – Serbia un Estado? NO. Definición de Estado de la Convención de Montevideo.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE:
1. Derecho Consuetudinario: DD.HH.
2. No se puede excluir de responsabilidad por violación de DD.HH. A actores de estados no reconocidos.
República de Croacia v. Girocredit Bank
HECHOS:
1) Desmembración de Yugoslavia
2) Banco Nacional de Yugoslavia tenía depósitos en un Banco en Austria
3) Sucesores de Yugoslavia ¿quién debía heredar los depósitos?
4) CROACIA, MACEDONIA, BOSNIA-HERZEGOVINA, SLOVENIA Y RFY
República de Croacia v. Girocredit Bank
CSJ AUSTRIA:
- Art.8 de la Convención de Viena sobre la sucesión en materia de bienes, archivos y deudas de un Estado de 1983.
- Concepto de propiedad estatal de un estado predecesor.
- Estado predecesor – Estado(s) sucesor(es)
República de Croacia v. Girocredit Bank
CSJ AUSTRIA:
- Depósitos del banco nacional hacen parte de la propiedad estatal.
- Reconocimiento de la desmembración de SFRY
- Desmembración: La completa disolución del estado predecesor y su reemplazo por varios estados sucesores.
República de Croacia v. Girocredit Bank
1) La membrecía en Org. Intl: no se hereda. Tienen que aplicar los nuevos Estados.
2) Distribución se debe hacer con base en el principio de equidad. (Por Costumbre intl)
3) Las partes deben llegar a un acuerdo sobre la distribución.
4) Sucesión en materia de tratados: Convención de Viena sobre la sucesión en materia de tratados, de 1978.
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