Resumen Ley Del Organismo Judicial De Guatemala Art. 1-15
Enviado por 3miLy_sc • 21 de Agosto de 2013 • 413 Palabras (2 Páginas) • 3.963 Visitas
Ley del Organismo Judicial (Art. 1-15)
Esta ley Incluye normas generales de aplicación, interpretación e integración del ordenamiento jurídico guatemalteco. Es la fuente del ordenamiento jurídico. Aclarando que cuando se observa la ley no se puede alegar ignorancia. Describe temas tales como:
La costumbre que se regirá sólo por delegación de la ley. Siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.
Los actos contrarios a las normas son nulos de pleno derecho; y son realizados al amparo de un testo de una norma que persigan un resultado prohibido por el ordenamiento jurídico se considerarán ejecutadas en fraude de ley y no impedirán la debida aplicación de la norma que se hubiere tratado eludir.
La ley se extiende a toda persona nacional o extranjera, residente o en tránsito, así como a todo el territorio de la República. Y se empieza a regir ocho días después de su publicación integra en el Diario Oficial. No tiene efecto retroactivo ni modifica derechos adquiridos; se derogan por declaración expresa de las nuevas leyes Parcialmente por incompatibilidad de disposiciones contenidas en las leyes nuevas con las precedentes, total o parcialmente. La ley que tenga por objeto aclarar o interpretar otra ley, no produce efectos respecto a actos ejecutados, ni a la cosa juzgada.
Los tribunales observarán siempre el principio de supremacía de la Constitución Política de la República, sobre cualquier ley o tratado salvo los tratados o convenciones sobre derechos humanos. Las normas se interpretarán conforme a su texto según el sentido propio de sus palabras a su contexto y de acuerdo con las disposiciones constitucionales.
El idioma oficial es el español, Las palabras de la ley se entenderán de acuerdo al Diccionario de la Real Academia Española. Si una palabra usada no aparece definida se le dará su acepción usual en el país.
Las disposiciones especiales de las leyes prevalecen sobre las disposiciones generales. Los Jueces no pueden suspender retardar ni denegar la administración de la Justicia sin incurrir en responsabilidad.
Glosario
Jurisprudencia: doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el Tribunal Supremo o Tribunales Superiores de Justicia) y que se repiten en más de una resolución.
Observancia: Cumplimiento riguroso de lo que se manda hacer.
Testo o testar: Hacer testamento.
Retroactivo: Que obra o tiene fuerza y validez sobre lo pasado.
Derogatoria: procedimiento a través del cual se deja sin validez a una disposición normativa, ya sea de rango de ley o inferior. La derogación es, por tanto, la acción contraria a la promulgación.
...