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Resumen de civil. Fuentes del derecho


Enviado por   •  3 de Octubre de 2019  •  Resumen  •  828 Palabras (4 Páginas)  •  114 Visitas

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Resumen de civil

Fuentes del derecho

 cuando hablamos de fuentes de fuentes estamos hablando del origen de la norma. Esto responde a la pregunta que siempre nos hacemos que es de donde o como nace el derecho vigente en un momento determinado y cuales son las formas de producción de las normas jurídicas obligatoria de un estado. Este concepto lo encontramos en la actualidad en el titulo preliminar del CCyC que distingue una normal de una ley.

Clasificación

La clasificación que llegamos a encontrar son diversas pero las que mas se distinguen son dos las fuentes formales y las fuentes materiales

la fuente formal: es dotada de autoridad, de obligatoriedad, en virtud del ordenamiento legislativo. La ley es la principal        fuente de derecho. Como la costumbre es reconocida por el ordenamiento como obligatoria. En algunos casos usan la jurisprudencia entro de las fuentes formales

la fuente material: es la que no tiene autoridad u obligatoriedad nacida del mismo ordenamiento contribuye a fijar contenido al conocimiento del derecho y a su más certera aplicación se incluye la jurisprudencia y la doctrina según algunos autores.

TODA LA FUENTES LA ENCONTRAMOS EN EL ARTICULO 1 DEL CODIGO CIVIL Y COMERCIAL

Jerarquía

Podemos encontrar dos sentidos en las que son de sentido propio alude a la jerarquía entre reglas de distinto origen y también están las de sentido impropio que son las relaciones entre reglas del mismo origen.

Hoy en día sin duda la ley es la principal fuente, la costumbre y la jurisprudencia son siempre fuentes limitadas y los limites están establecidos por la misma ley que pueden dejar sin efecto una costumbre o una jurisprudencia.

LA LEY

Es el precepto común, justo, estable y promulgado, por justo hablamos de igualdad de tratamiento de situaciones. Común significa una normal formulad en términos generales y promulgado se basa en haber sido establecido por el legislador conforme al mecanismo constitucional.

Además, la ley es obligatoria y supone obligatoriedad y sanción si no se respeta esa esa obligatoriedad. Sus caracteres son: obligatoriedad, generalidad, justicia y su autenticidad.

Obligatoriedad: carácter imperativo, establecido por el estado, obliga a todos los que habiten el territorio de la republica sin perjuicio de lo dispuesto en leyes especiales. Todas las leyes son obligatorias tanto supletorias como permisivas.

Supletorias: se aplican en caso de silencio de voluntad de ambas partes, solo esas pueden ser observadas en el supuesto de silencio de la conversación.

Permisivas: es dirigida a los jueces en doble orden una para jueces para que escuchen las convenciones de las partes y otra para que suplan las omisiones del convenio conforme a lo que en la ley esté dispuesto y son obligatorias.

Generalidad: .se establece para un número indeterminado de personas, pero sí que su aplicación a los sujetos contemplados sea indefinida, general y abstracta que no se agote en un caso, sea plica desde su puesta en vigencia hasta su derogación.

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