Régimen Legal de la Publicidad N60 Producto Integrador de Aprendizaje
Enviado por Carlos Arellano • 19 de Noviembre de 2022 • Documentos de Investigación • 4.616 Palabras (19 Páginas) • 54 Visitas
Régimen Legal de la Publicidad N60 Producto Integrador de Aprendizaje
03 de noviembre de 2022 Monterrey, Nuevo León, México
Contenido
Osito Bimbo en la publicidad 3
Caso 3
Normativa 3
Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010 3
Reglamento De La Ley General De Salud En Materia De Publicidad 5
Propuesta 7
Maskking 9
Caso 9
Normativa 10
Decreto DOF 31/05/2022 10
Ley Estatal de Salud 10
Ley de Protección Contra la Exposición al Humo del Tabaco del Estado de Nuevo León
. 11
Comunicado conjunto Gobernación-Cofepris No. 178/2022 12
Reglamento De La Ley General De Salud En Materia De Publicidad 12
Propuesta 13
Publicidad Tabaco CDMX 14
Caso 14
Normativa 14
Reglamento De La Ley General De Salud En Materia De Publicidad 15
Propuesta 16
Conclusión 17
Bibliografía 18
Osito Bimbo en la publicidad
Caso[pic 1]
Para comenzar el caso del Osito Bimbo, mascota publicitaria de la empresa panificadora mexicana Bimbo, podemos decir que este personaje es el embajador de la empresa y se encarga de promover sus valores desde 1945 al gozar de popularidad entre los consumidores de la marca.
La figura del Osito Bimbo se viralizó en redes sociales durante la última parte del año 2020 y gran parte del 2021 debido a una modificación que paso en el año 2020, más específicamente una NOM que cual establece la desaparición de mascotas publicitarias, personajes infantiles y elementos interactivos del etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas preenvasados con alto contenido calórico. Hasta aquí se puede identificar un cambio favoreciendo la creación de memes con el objetivo de mostrar el descontento por la eliminación de un ícono de la cultura en México, así como el constante apoyo del consumidor a las acciones tomadas por la empresa y que como resultado expanden el universo narrativo de Bimbo de alguna manera.
Los personajes o mascotas que acompañan a las marcas sirven para empatizar con los consumidores y fortalecer un vínculo. Muchos de ellos trascienden en el tiempo, no obstante, Grupo Bimbo ha mantenido a su Osito en algunas de sus etiquetas sin importar lo establecido en la ley y si nos ponemos muy extremistas, la salud de la sociedad.
Normativa
Norma Oficial Mexicana NOM-051-SCFI/SSA1-2010
Principalmente fue esta norma la que se hace referencia en el problema de la publicidad y especialmente en el etiquetado de los productos, básicamente las Normas Oficiales Mexicanas establecen reglas, especificaciones, atributos,
directrices, características o prescripciones aplicables a un producto, proceso, instalación, sistema, actividad, servicio o método de producción u operación, así como aquellas relativas a la terminología, la simbología, el embalaje, el marcado o el etiquetado y las que se refieran a su cumplimiento o aplicación.
Ahora bien entrando en detalle se plantea que los productos preenvasados que contengan uno o más sellos de advertencia o la leyenda de edulcorantes, no deben:
- Incluir en la etiqueta personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, tales como, juegos visual – espaciales o descargas digitales, que, estando dirigidos a niños, inciten, promueven o fomenten el consumo, compra o elección de productos con exceso de nutrimentos críticos o con edulcorantes, y
- Hacer referencia en la etiqueta a elementos ajenos al mismo con las mismas finalidades del párrafo anterior. La aplicación de este numeral se debe hacer en concordancia con lo dispuesto por otros ordenamientos legales aplicables.
[pic 2]
Comercial: https://youtu.be/8euh2S1yjsY
Por lo anterior es que muchísimas empresas decidieron modificar la publicidad y etiquetado de los productos, sin embargo Bimbo se las ingenio para seguir utilizando dicha figura como forma en el pan o incluso en otros productos como las servilletas para continuar en la cultura popular. Si bien es cierto que los memes y diversas menciones en redes sociales popularizaron más la mascota, sigue siendo
competencia desleal que no acata a la normativa, pero lo peor es que no solamente fue esto lo que se incumplio.
Reglamento De La Ley General De Salud En Materia De Publicidad
Aquí tenemos un reglamento para ser más específico en lineamientos que también dan origen al incumplimiento de la ley en la publicidad y empaques. Desde nuestro punto de vista en la publicidad donde se hace referencia al pan por el sandwich envuelto en una servilleta es que la sección cuatro del artículo noveno con los dibujos que aparecen dentro de la servilleta indicando beneficios como amor o cariño por utilizar dichos productos.
Artículo 9. La publicidad no es comprobable o no corresponde a la calidad sanitaria, origen, pureza, conservación, propiedades nutritivas y beneficios de empleo de los productos o servicios, cuando: IV. Indique o sugiera que el uso de un producto o la prestación de un servicio, son factor determinante de las características físicas, intelectuales o sexuales de los individuos, en general, o de los personajes reales o ficticios que se incluyen en el mensaje, siempre que no existan pruebas fehacientes que así lo demuestran, y V. Establezca comparaciones entre productos cuyos ingredientes sean diferentes, cuando por ello se puedan generar riesgos o daños a la salud.
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