SANCIONES ART. 100
Enviado por Mary Carmen Cervantes • 21 de Junio de 2017 • Documentos de Investigación • 602 Palabras (3 Páginas) • 153 Visitas
Art. | Sanción | Conducta |
100 | 200 a 500 días | Inst. de crédito o administradora que no utilice apertura de cuentas individuales o/y que no se ajuste al procedimiento del registro de trabajadores |
I bis. | 100 a 1000 días | Cuando se registre o traspase cuenta individual de trabajador, o se haya utilizado documentos falsos y alterados. |
I ter. | 80% al 90% de la dif. Pagada por admin | Respecto al precio promedio pactado con las admin. Que tengan anexo patrimonial con otras empresas. |
II | 100 a 1000 días | Cuando el admin. No proporcione información a los trabajadores sobre el estado de sus cuentas individuales. |
III | 100 a 500 días | Cuando no realicen la individualización de los recursos del trabajador en el plazo establecido o se efectúe de forma errónea. |
IV | 1,000 a 4,000 días | Cuando no cumplan de la manera contratado con las operaciones y servicios que celebren |
V | 1,000 a 6,000 días | Cuando no entreguen la comisión con la calidad y características requeridas, en los plazos determinados, la información, documentación y demás datos requeridos. |
VI | 1,000 a 6,000 días | Cuando no lleven su contabilidad y registro de operaciones que intervengan. |
VII | 2,000 a 10,000 días | Cuando se nieguen a abrir cuentas indiv. Relacionadas con el sistema de ahorro para el retiro. |
VIII | 200 a 15,000 días | Cuando omita traspasar parte o totalidad de los recursos de las cuentas indiv. De los trabajadores |
IX | 1,000 a 5,000 días | Cuando no entregue los recursos para la contratación del seguro de sobrevivencia elegida por el trabajador. |
X | 2,000 a 15,000 días | Cuando no entregue los recursos acumulados a la cuenta indiv. De los sistemas de ahorro del retiro de los trabajadores |
XI | 2,000 a 20,000 días | Que retenga el pago de retiros programados |
XII | 5,000 a 20,000 días | A los participantes que impidan o dificulten a los inspectores, realizar las visitas de inspecciones correspondientes o se nieguen a proporcionar información |
XIII | 2,500 a 5,000 días | Admin. Que den preferencia a sus intereses o a los de sus empresas frente a los trabajadores. |
XIV | 2,500 a 5,000 días | Soc. de Inversión que incumpla con el régimen de inversión señalado |
XV | 2,500 a 5,000 días | Admin, Soc. de inversión o empresa que falseen, oculten o disimulen sus registros contables y estados financieros. |
XVI | 1,000 a 6,000 días | Admin, Soc. de inversión o empresa que omita o no lleven su contabilidad previsto en la ley |
XVII | 1,000 a 20,000 días | Cuando cobre comisiones por los servicios que presta por importes superiores a los ofrecidos. |
XVIII | 2,000 a 10,000 días | Cuando no observen el principio de confidencialidad y de reserva de información prevista por la ley. |
XIX | 2,000 a 5,000 días | Cuando no ajusten la información, publicidad y demás documentación dirigida a los trabajadores. |
XX | Perdida de la participación de capital | Cuando participen en su capital social personas distintas a las autorizadas |
XXI | 250 a 2,500 días | Admin. Que contravengan lo dispuesto por los art.38 y 48 de esta ley |
XXII | 200 a 1,000 días | Consejero independiente de una admin. O sociedad de inv. Que actúe en las sesiones del respectivo consejo en contravención a la ley |
XXIII | 200 a 1,000 días | Al contralor normativo de una admin. Que no lleve a cabo sus funciones de vigilancia |
XXIV | 100 a 1,000 días | Admin. Que incurra en error en la valuación del precio de las acciones de cualquiera de las Soc. de inversión, o en el cálculo de intereses de los valores, títulos y documentos |
XXV | 100 a 2,000 días | Admin. Que no verifique el correcto depósito de los valores de cada una de las Soc. de inv. Que administre |
XXVI | 100 a 5,000 días | Soc. de inversión que no registre sus operaciones en la Bolsa mexicana de valores, en forma y plazo establecido |
XXVII | 2,000 a 20,000 días | Admin. Que incumpla con las disposiciones de carácter general a que se refiere Art.108 |
XXVIII | 1,000 a 20,000 días | Infracciones a cualquier norma de esta ley, de las leyes del seg. Social |
| 100 a 5,000 días | Consejeros, directores, administradores, funcionarios, apoderados, agentes, empleados y demás personas que hayan ocasionado o intervenido para que incurriera en la irregularidad de esta ley. |
...