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SEGURO DE CORTO ALCANCE


Enviado por   •  20 de Junio de 2017  •  Documentos de Investigación  •  1.644 Palabras (7 Páginas)  •  258 Visitas

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INTRODUCCIÓN

Los seguros a corto alcance están referidos a los que beneficiarios de los titulares los mimos que tienen un limite y un alcance de los seguro y de acuerdo a la gravedad los cuales serán atendidos cumpliendo los requisitos establecido por ley en este caso en el código de seguridad social. En estos seguros están mas interesados los seguros de maternidad lactancia y como se puede probar un aborto un hasta que punto una persona puede percibir estos seguros de acuerdo al grado de parentesco.

REFERENCIA

Libro de derecho laboral y seguridad social

https://www.elblogdelasalud.info/aborto-por-razones-medicas/21783

SEGURO DE CORTO ALCANCE

Presentaciones inmediatas establecidos por los servicios de salud en toda su gama e integridad.

Comienzan desde la primera consulta previa, incluyen hospitalización técnicas de especialización, concluye con la rehabilitación física y psicológica del enfermo asegurado y su familiar protegidopor el salario del mismo trabajador.

Las presentaciones de corto alcance están formadas por el conjunto de grupo familiar

  1. La asegurada
  2. La mujer o conviviente
  3. Los hijos legítimos, naturales o adoptados
  4. Ascendientes padres
  5. Hermanos menores e independientes

  1. REQUISITOS PREVIOS
  • Justificar la necesidad el grado de parentesco del trabajador(a) asegurado
  • La dependencia integra del salario del trabajador

  1. SUBSIDIO DE ENFERMEDAD

En cualquier instancia de la vida. Puede provenir una enfermedad por efectos de la naturaleza, agentes microbianos de carácter endógeno y exógeno, sea el caso,el seguro cubre el cuidado del proceso de la enfermedad con atención medica hasta su total restablecimiento

  1. PRESTACIONES EN ESPECIE

En caso de enfermedad reconocida por los servicios médicos de la caja el beneficiario tiene las siguientes prestaciones

  1. Asistencia medica general
  2. Asistencia medica especializada
  3. Intervenciones quirúrgicas
  4. Servicios dentales
  5. Suministros de medicaciones

Estas prestaciones se otorgan en consultorios externos, a domiilio, hospitales de acuerdo  a las prescripciones medicas de la baja

  1. SEGURO DE MATERNIDAD

Es la índole social y más especial de tipo laboral, es uno de los aspectos principales de la protección cualitativa de la mujer trabajadora, una protección a la función materna

  • ¿QUIÉNES TIENEN DERECHOS?
  1. La asegurada
  2. La esposa o conviviente
  3. La esposa o conviviente del titular de una renta

  • ¿A QUÉ TIENEN DERECHOS?

A la necesaria asistencia quirúrgica y hospitalaria (periodos de gestación) parto y puerperio)

  1. REQUISITOS
  1. Estar reconocida como asegurada o beneficiara como esposa o conviviente  por el interesado
  2. La presentación de carnet de identidad personal o el carnet con el número del asegurador
  3. Boleta de pago o copia y fotocopia legalizada emitido por la empresa

  1. CONDICIONES

Cuatro notificaciones mensuales anteriores a la fecha departe de la baja por maternidad

  1. PERIODO DE DURACION

Procede a partir de la fecha de constatación del estado de gravidez, por los servicios médicos de la caja, hasta un máximo de seis semanas después del parto (D.S 21637).

  1. EN CASO DE ABORTO

Tienen derecho solo por prescripción médica cuando el consejo de salubridad de la caja, dictamine por caso que dicha asistencia es necesaria.

  1. TIPOS DE ABORTO.
  • ABORTO CIENTIFICO POR ORDEN MÉDICA

Se trata de cuidar la vida de la asegurada prestándole atención médica hospitalaria, medicamentos, tratamiento posterior hasta su total restablecimiento.

Cuando se habla de aborto por razones médicas, por lo general estamos hablando de los defectos de nacimiento o anormalidades cromosómicas en el bebé. En algunos casos, el embarazo puede poner la vida de la madre en peligro. En ese caso, la interrupción del embarazo también tendría una razón médica. Una tercera situación en que el aborto surge es un embarazo múltiple de orden superior. Un embarazo de trillizos o más allá de los lugares una tensión seria en el cuerpo de la madre, pero un embarazo de tantos fetos también pone los propios fetos en riesgo.

  • ABORTO PROVOCADO

No se explica motivo, solo tendrá derecho a la atención medica hospitalaria pasando el informe al ministerio público (Fiscalía) sobre esta eventualidad.

El aborto inducido o interrupción voluntaria del embarazo consiste en provocar la muerte biológica del embrión o feto para su posterior eliminación, con o sin asistencia médica, y en cualquier circunstancia social o lega. Se distingue del aborto espontáneo, ya que éste se presenta de manera natural o es provocado por algún accidente.

  1. CASOS DE CESANTIA DE LA ASEGURADA

Articulo 68 Decreto Reglamentario del C.S.S.

Por principios de Universalidad y Solidaridad reconocen la gestación de la asegurada desde el retiro de su fuente de trabajo.

  1. Servicio de Maternidad, medicamentos, el parto y puerperio.
  1. REQUISISTOS
  • Certificado expedido por un ginecólogo del ente asegurador
  • Certificate medico forense
  • Certificado expedido por un ginecólogo de cualquier hospital estatal
  • Ultima papeleta de pago de salario, carnet de identidad, carnet de asegurado

  1. CONDICIONES QUE REQUIERE

Necesita cuatro notificaciones anteriores a la fecha de parte de baja por maternidad

  1. MUJER SEPARADA, DIVORCIADA Y VIUDA

¿Si la mujer se encuentra embarazada? No pierde sus derechos.

El ente asegurador le cubrirá con los servicios médicos durante la gestación y alumbramiento, hospitalización y medicamentos cobrando directamente los subsidios de natalidad y lactancia.

  1. DIVORCIADA.

Si la gestación produce durante la contienda judicial tendrá todos los derechos

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