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SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


Enviado por   •  14 de Diciembre de 2015  •  Apuntes  •  411 Palabras (2 Páginas)  •  255 Visitas

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SENTENCIA DEL PLENO DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Por tanto de un punto de vista constitucional tratándose de un acuerdo internacional en lo que es materia comercial el tribunal alerta que la estipulación.

Por otro que entre las mercancías que importa a nuestro país no solo figuran productos finales si no también productos intermedios y primarios.

Por esta razón el  TLC PERÚ – CHINA no fue publicado en su debido momento, hablando de los demandantes, ellos señalan una serie de hechos con los que depende demostrar que el TLC PERÚ – CHINA al momento de su firma de Beijing, no era un documento final.

la demanda peru china a sido especialmente echa por la falta de informacion al pueblo xq no se publico a tiempo en el diario oficial el peruano y por que fue suscrita en beiging china por la ministra de comercio exteripor y turismo , los demandantespretenden demostrar queel tlc peru china al momento de su firma en beiging no fue un documento final, pues no se encontraba totalmente revuisado ni consensuado por las partes , ni impreso, ya que recien el 4 de agosto del 209 se arribo supuestamente a un consenso sobre el texto del tlc peru china

contestacion de la demanda para la emplazada el tlc peru china limita las facultades costitucionales y legales de los gobiernos regionales locales y organismos autonomos

contestacion de la demanda :

para la emp`lazada el tlc peru china ha sido celebrado y ratificado en el ejercicio de las competencias exclusivas q tiene el gobierno nacional, a quien compete la conduccion de ñlas relaciones internacionales

Todos los tratados tienen que cumplir un proceso, pero en el tratado de China con Perú no se cumplió el proceso legal adecuado. También se refiere que el TLC fue suscrito Beijing por la ministra de Comercio Exterior y turismo.

La demanda Perú – China ha sido especialmente hecha por falta de información al pueblo porque no se publicó en el tiempo correspondiente en el diario oficial El Peruano ya que fue suscrita por en Beijing China por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, los demandantes pretenden demostrar que el TLC Perú – China al momento de su firma en Beijing no fue un documento final, pues no se encontraba totalmente revisado ni consensuado por las partes, ni impreso, ya que recién el 04 de Agosto del 2009 se arribó supuestamente a un consenso sobre el texto del TLC Perú – China.

En cuanto a la contestación de la demanda para la emplazada

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