SOBERANIA, REPRESENTACION Y MANDATO
Enviado por Richard_2380 • 10 de Septiembre de 2021 • Tarea • 1.062 Palabras (5 Páginas) • 237 Visitas
SOBERANIA, REPRESENTACION Y MANDATO
Para poder entrar en explicación sobre mandato y poder debemos empezar por comprender el concepto de representación.
Concepto de representación.
Para Bernardo Pérez Fernández del castillo, la representación se puede definir como la facultad que tiene una persona de actuar, obligar y decidir en nombre o por cuenta de otra.
Esta es una institución jurídica muy antigua; su utilidad esta fuera de duda, pues permite actuar a una persona, simultáneamente y en lugares distintos, produciendo el milagro jurídico de la multiplicidad en la unidad, a través de ella se obtienen diferentes ventajas, el representado goza de la ubicuidad y la utilización de la habilidad ajena para los propios negocios; el representante, en el caso de la representación legal, activa la capacidad de ejercicio quien la tiene limitada.
La posibilidad de representación está restringida tratándose de actos personalísimos, como en el testamento y el derecho de voto.
Nuestro código civil no trata en capítulo especial a la representación, solo establece lineamientos generales, como es el caso del artículo 1784 del código civil del estado de hidalgo que establece que “el que es hábil para contratar, puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado”. A su vez el artículo 1785 del código civil del estado de hidalgo establece: “ninguno puede contratar a nombre de otro sin estar autorizado por el o por la ley.
La representación directa y la indirecta.
Es directa cuando una persona actúa en nombre y por cuenta de otra, produciendo una relación directa e inmediata entre representado y terceros, como en los casos de apoderados, tutores, padres en ejercicio de la patria potestad etc.
Es indirecta cuando actúa una persona en nombre propio y por cuenta de otra, adquiriendo para si los derechos y obligaciones del representado frente al tercero, por ejemplo, el mandato, la prestación de servicios, la asociación en participación, casos en los que se establece entre dos personas una relación jurídica interna, desconocida y en ocasiones fingida para el tercero, pero al final de cuentas los efectos jurídicos van a repercutir en el patrimonio de quien encomendó el negocio. De ahí que se considere indirecta la representación.
Clases de representación.
A) representación legal.
Es legal cuando una persona por ser incapaz o encontrarse ausente, es representada por otra de entre las señaladas por las disposiciones legales, como son los menores de edad, los sujetos a interdicción, los ausentes, etc.
B) la representación voluntaria.
Es voluntaria cuando una persona, en virtud de la autonomía de la voluntad, autoriza a otra para actuar en su nombre y representación como en el poder o en la comisión mercantil.
C) la representación orgánica o necesaria.
La doctrina organicista ha influido en la legislación mexicana, al considerar a la persona jurídica o moral como un organismo parecido al humano, que cuenta con los órganos de decisión y ejecución, siendo estos últimos los administradores, así el artículo 27 del código civil de nuestro estado establece: “las personas morales obran y se obligan por medio de los órganos que representan sea por disposición de la ley o conforme a las disposiciones relativas de sus escrituras o constitutivas y de sus estatutos”.
Esto significa que inherentes a la constitución de la sociedad se encuentran sus órganos representativos, por lo que también la denominan representación necesaria.
De estos tres tipos de representación que acabamos de mencionar solo analizaremos a la representación voluntaria.
[pic 1]
Concepto de poder.
El termino o expresión poder, tiene diversas acepciones y es necesario dilucidarlas, para no incurrir en la confusión de esta figura jurídica con otras, con las que tiene cierta analogía y que a menudo los códigos civiles y en la doctrina confunden.
...