SOCIEDAD PARA LA FORAMACIÓN DE CAPITAL HUMANO, S.A. DE C.V.
Enviado por • 8 de Junio de 2015 • 430 Palabras (2 Páginas) • 1.166 Visitas
Hacemos de su conocimiento que el crédito que Usted adquirió con FINANCIERA EDUCATIVA DE MÉXICO S.A. DE C.V., fue cedido a la empresa SOCIEDAD PARA LA FORMACIÓN DE CAPITAL HUMANO, S.A. DE C.V. EL DIA 30 DE ABRIL DE 2015, conforme al contrato de apertura de crédito, donde Usted faculto en todo momento a FINEM a ceder en todo momento su crédito, por lo tanto que a partir de la presente notificación SOFORCAH se constituye como su nuevo acreedor .
Que de conformidad con el artículo 299 de la Ley General de Títulos y operaciones de Crédito, FINANCIERA EDUCATIVA DE MÉXICO S.A. DE C.V., le transmitió a SOCIEDAD PARA LA FORMACIÓN DE CAPITAL HUMANO, S.A. DE C.V., el título de crédito como reconocimiento del adeudo a cargo del deudor, por lo que a partir de esta fecha garantiza y manifiesta bajo protesta de decir verdad que es el único acreedor de la misma obligación de pago principal a cargo de EL DEUDOR.
Es importante mencionarle que Soforcah es una persona moral constituida de conformidad a las leyes de la República Mexicana, el día 08 de diciembre de 2004, mediante escritura pública 19,400, otorgada ante la fe del Notario Público Número 215 del Distrito Federal. Por escritura pública 59,358 de fecha 4 de abril de 2006, otorgada ante la fe del Notario Público Número 51 del Distrito Federal, cuyo primer testimonio se encuentra inscrito en el Registro Público de Comercio de la Ciudad de México Distrito Federal, , la sociedad modifico su razón social para quedar en la que actualmente ostenta. Que señala como su domicilio para los efectos legales del presente documento, el ubicado en la calle Plan de San Luis # 547, Colonia Nueva Santa María, Delegación Azcapotzalco, en México D.F., C.P. 02800.
Asimismo le informamos que sus Apoderados, Licenciados Mario Piña Bernal, Raúl Díaz Quiroz y Rogelio Ramírez Ventilla tienen plena capacidad y poderes para ejercer la cobranza y administración del presente crédito, facultades que no les han sido revocadas ni en forma alguna modificadas , las cuales les fueron conferidas a través de la escritura pública número 42,330 de fecha 13 de marzo del 2009, ante la fe del Notario Público Número 229 del Distrito Federal, donde se hace constar el Poder General para Pleitos y Cobranzas, con todas las facultades generales y aún las especiales que requieran cláusula especial conforme a la ley .
Ejecutivo de Cuenta Lic. Indra Sánchez de la Barquera Guerra.
Agradeciendo de antemano la atención que se sirva dar a la presente quedo de Usted como su seguro servidor.
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LIC. INDRA SANCHEZ DE LA BARQUERA GUERRA
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