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San Agustin Y Santo Tomas


Enviado por   •  12 de Octubre de 2012  •  1.538 Palabras (7 Páginas)  •  1.351 Visitas

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El hombre pertenece a dos ciudades: la ciudad de Dios y la ciudad terrenal. La distinción entre ellas es la diferencia entre la virtud y el vicio. La ciudad de Dios es la comunidad de los seguidores de Cristo, de los adoradores del verdadero Dios. Ahí está la verdadera justicia. Una ciudad celestial no una ciudad ideal como la platónica que, a juicio de San Agustín sólo existe en las palabras. En contraste con la ciudad de Dios, la Ciudad terrena está guiada por el amor propio y vive según los impulsos de la carne.

El gobierno no es simplemente una institución de la ciudad terrenal. Durante la vida terrenal, las dos ciudades están entrelazadas y será solamente el Juicio el que las separará definitivamente. La Iglesia es el impulso de la ciudad de Dios en el mundo. El Estado es una consecuencia del pecado. El hombre, marcado desde su nacimiento por los apetitos, por el amor propio requiere de una institución de control. El gobierno es instituido por Dios para asegurar la paz terrenal pero no para satisfacer los fines del hombre sino los del Creador. La paz es el objetivo primero de toda formación política. Para el hombre, la paz es la armonía de las facultades del alma y del cuerpo, para la sociedad es la tranquilidad y la armonía social.

Para San Agustín, el poder político reclama sabiduría cristiana. La Ciudad de Dios dibuja lo que podría llamarse el espejo del príncipe cristiano. Argumenta Agustín: llamamos a los gobernantes felices si gobiernan con justicia; si no están inflamados con orgullo sino que recuerdan siempre que son hombres y se ponen al servicio de la majestad divina; si lo temen, aman y adoran.[5] Un gobierno sin la inspiración de la justicia divina no es más que una enorma banda de ladrones que da paz mediante una violencia arbitraria.

Nosotros los cristianos llamamos a los gobernantes felices si mandan con justicia; si entre las voces de exaltado elogio y los reverentes saludos de excesiva humildad, no son inflamados con el orgullo y recuerdan que son solamente hombres; si ponen su poder al servicio de la majestad de Dios, para extender su adoración lejos y profundo; si temen a Dios, si lo aman veneran; si, más que su reino terreno, aman el reino en donde no temen compartir su dominio; si son lentos para castigar pero rápidos para perdonar, (...) si perdonan no para permitir la impunidad a los melhechores sino con la esperanza de que se corrija; si cuando están obligados a tomar decisiones severas, como frecuentemente sucede, lo compensan con la gentileza de su compasión y la generosidad de sus beneficios.[6]

Decíamos hace un momento que la batalla entre las dos ciudades sólo quedará resuelta en el momento del juicio final. Así, como advierte Sheldon Wolin, la idea unitaria y armónica del universo agustiniano apunta hacia el fin del tiempo. Aristóteles y Polibio entendían la historia como un movimiento incesante, un terco movimiento circular que tenía cierta regularidad. Para el mundo cristiano el tiempo se construye hacia un gran climax universal. Agustín rompe de esta manera la idea del ciclo y traza una línea dramática que termina en un instante decisorio. María Zambrano, amorosa lectora de San Agustín, valora de esta manera la idea de la historia del teólogo: a la historia de los hechos tendrá que suceder la historia de las esperanzas, la verdadera historia humana. La unidad de una cultura proviene del sistema de esperanzas que en ella se dibuja.”[7] San Agustín aporta una esperanza para el hombre y para la comunidad.

Si bien las ideas sobre la naturaleza del poder político no están plenamente desarrolladas en la construcción de San Agustín, sí encontramos, sin embargo, una clara exposición de la idea de Derecho. San Agustín expone la idea de un orden jerárquico del Derecho que se funda en la ley de Dios. La Ley de Dios es la razón divina, la voluntad que ordenó la naturaleza. En el segundo peldaño, la ley natural. Esta ley natural deriva de la ley divina es aquella impresión que el hombre puede captar de la voluntad inaprensible de Dios. Finalmente encontramos la ley temporal. Es la ley humana. Se trata de una ordenación mutable de acuerdo a las condiciones del hombre pero no podría considerarse, en ningún momento como una ley autónoma. Nunca podría contrariar los principios de la ley eterna.

Teoría de Santo Tomás de Aquino sobre el Estado

Para el doctor Angélico, el más relevante representante de la ecolástica, el Estado es una comunidad natural de hombres, un organismo necesario dentro del

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