Seguridad Ciudadana
Enviado por auroritaa • 9 de Septiembre de 2014 • 634 Palabras (3 Páginas) • 194 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
U.N.E.S UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL DE LA SEGURIDAD
CIUDAD BOLÍVAR - EDO BOLÍVAR
P.N.F. POLICIAL AMBIENTE 3
ORIGEN Y EVOLUCIÓN DE LAS POLÍTICAS PÚBLICAS DE SEGURIDAD CIUDADANA EN VENEZUELA
Profesor (a) Discente
Jesús Campo Aurora Lucia
C.I.23.496.007
Ciudad Bolívar 10 de septiembre de 2014
Por políticas públicas de seguridad se puede entender las actividades planificadas, dirigidas o coordinadas por el estado para identificar la problemática delictivas y para adoptar medidas tendentes a minimizar los efectos de criminalidad.
Las políticas públicas de seguridad ciudadana da su origen en el año 1999 cuando es definida en el artículo 55 de la constitución de la república bolivariana de Venezuela, como un derecho de protección frente a situaciones de amenaza, vulnerabilidad y riesgo de la integridad física, la propiedad, el disfrute de los derechos y el cumplimiento de los deberes. El artículo 326, al hablar de la seguridad de la nación en general, indica que ella se fundamenta en el principio de corresponsabilidad entre el estado y la sociedad civil, con lo cual se introduce como elemento fundamental, para la seguridad ciudadana, la participación del pueblo. El articulo 332 vincula la seguridad ciudadana al orden público, a la protección de personas hogares y familias, al apoyo de las decisiones de las autoridades y al aseguramiento del disfrute pacifico de las garantías y derechos constitucionales, señalando como órganos encargados de garantizarla a la policía uniformada y de investigaciones y a las instancias de respuesta frente a emergencias y desastres. Este mismo artículo dispone que estos órganos serán de carácter civil y operan mediante competencias concurrentes entre el ejecutivo nacional, los estados y los municipios. Como se puede observar la cuestión policial es central en la seguridad ciudadana, aunque no la agota, no solo por cuanto hay eventos naturales que rebasan su mandato de actuación sino porque dentro del estado democrático y social de derecho y de justicia que define el artículo 2 de la constitución, la actuación de a policía supone articulación con el ministerio público, los tribunales penales y el sistema penitenciario.
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