Seguridad E Higiene
Enviado por Itzel2913 • 2 de Octubre de 2013 • 1.126 Palabras (5 Páginas) • 278 Visitas
ARTICULO 489
NO LIBERA AL PATRON DE RESPONSABILIDAD:
I. QUE EL TRABAJADOR EXPLICITA O IMPLICITAMENTE HUBIESE ASUMIDO LOS RIESGOS DE TRABAJO;
II. QUE EL ACCIDENTE OCURRA POR TORPEZA O NEGLIGENCIA DEL TRABAJADOR; Y
III. QUE EL ACCIDENTE SEA CAUSADO POR IMPRUDENCIA O NEGLIGENCIA DE ALGUN COMPAÑERO DE TRABAJO O DE UNA TERCERA PERSONA.
ARTICULO 500
CUANDO EL RIESGO TRAIGA COMO CONSECUENCIA LA
MUERTE DEL TRABAJADOR, LA INDEMNIZACION COMPRENDERA:
I. DOS MESES DE SALARIO POR CONCEPTO DE GASTOS FUNERARIOS; Y
II. EL PAGO DE LA CANTIDAD QUE FIJA EL ARTÍCULO 502
ARTICULO 502
EN CASO DE MUERTE DEL TRABAJADOR, LA INDEMNIZACION QUE CORRESPONDA A LAS PERSONAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO ANTERIOR SERA LA CANTIDAD EQUIVALENTE AL IMPORTE DE SETECIENTOS TREINTA DIAS DE SALARIO, SIN DEDUCIR LA INDEMNIZACION QUE PERCIBIO EL TRABAJADOR DURANTE EL TIEMPO EN QUE ESTUVO SOMETIDO AL REGIMEN DE INCAPACIDAD TEMPORAL.
ARTICULO 504
LOS PATRONES TIENEN LAS OBLIGACIONES ESPECIALES SIGUIENTES:
I. MANTENER EN EL LUGAR DE TRABAJO LOS MEDICAMENTOS Y MATERIAL DE CURACION NECESARIOS PARA PRIMEROS AUXILIOS Y ADIESTRAR PERSONAL PARA QUE LOS PRESTE;
II. CUANDO TENGA A SU SERVICIO MAS DE CIEN TRABAJADORES, ESTABLECER UNA ENFERMERIA, DOTADA CON LOS MEDICAMENTOS Y MATERIAL DE CURACION NECESARIOS PARA LA ATENCION MEDICA Y QUIRURGICA DE URGENCIA.
ESTARA ATENDIDA POR PERSONAL COMPETENTE, BAJO LA DIRECCION DE UN MEDICO CIRUJANO. SI A JUICIO DE ESTE NO SE PUEDE PRESTAR LA DEBIDA ATENCION MEDICA Y QUIRURGICA, EL TRABAJADOR SERA TRASLADADO A LA POBLACION U HOSPITAL EN DONDE PUEDA ATENDERSE A SU CURACION;
III. CUANDO TENGAN A SU SERVICIO MAS DE TRESCIENTOS TRABAJADORES, INSTALAR UN HOSPITAL, CON EL PERSONAL MEDICO Y AUXILIAR NECESARIO;
IV. PREVIO ACUERDO CON LOS TRABAJADORES, PODRAN LOS PATRONES CELEBRAR CONTRATOS CON SANATORIOS U HOSPITALES UBICADOS EN EL LUGAR EN QUE SE ENCUENTRE EL ESTABLECIMIENTO O A UNA DISTANCIA QUE PERMITA EL TRASLADO RAPIDO Y COMODO DE LOS TRABAJADORES, PARA QUE PRESTEN LOS SERVICIOS A QUE SE REFIEREN LAS DOS FRACCIONES ANTERIORES;
V. DAR AVISO ESCRITO A LA SECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL, AL INSPECTOR DEL TRABAJO Y A LA JUNTA DE CONCILIACION PERMANENTE O A LA DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, DENTRO DE LAS 72 HORAS SIGUIENTES, DE LOS ACCIDENTES QUE OCURRAN, PROPORCIONANDO LOS SIGUIENTES DATOS Y ELEMENTOS:
A) NOMBRE Y DOMICILIO DE LA EMPRESA;
B) NOMBRE Y DOMICILIO DEL TRABAJADOR; ASI COMO SU PUESTO O CATEGORIA Y EL MONTO DE SU SALARIO;
C) LUGAR Y HORA DEL ACCIDENTE, CON EXPRESION SUCINTA DE LOS HECHOS;
D) NOMBRE Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS QUE PRESENCIARON EL ACCIDENTE; Y,
E) LUGAR EN QUE SE PRESTA O HAYA PRESTADO ATENCION MEDICA AL ACCIDENTADO.
VI. TAN PRONTO SE TENGA CONOCIMIENTO DE LA MUERTE DE UN TRABAJADOR POR RIESGOS DE TRABAJO, DAR AVISO ESCRITO A LAS AUTORIDADES QUE MENCIONA LA FRACCION ANTERIOR, PROPORCIONANDO, ADEMAS DE LOSDATOS Y ELEMENTOS QUE SEÑALA DICHA FRACCION, EL NOMBRE Y DOMICILIO DE LAS PERSONAS QUE PUDIERAN TENER DERECHO A LA INDEMNIZACION CORRESPONDIENTE.
VII. (SE DEROGA).
ARTICULO 508
LA CAUSA DE LA MUERTE POR RIESGO DE TRABAJO PODRA COMPROBARSE CON LOS DATOS QUE RESULTEN DE LA AUTOPSIA, CUANDO SE PRACTIQUE, O POR CUALQUIER OTRO MEDIO QUE PERMITA DETERMINARLA.
SI SE PRACTICA LA AUTOPSIA, LOS PRESUNTOS BENEFICIARIOS PODRAN DESIGNAR UN MEDICO QUE LA PRESENCIE. PODRAN IGUALMENTE DESIGNAR UN MEDICO QUE LA PRACTIQUE, DANDO AVISO A LA AUTORIDAD.
EL PATRON PODRA DESIGNAR UN MEDICO QUE PRESENCIE LA AUTOPSIA.
ARTICULO 509
EN CADA EMPRESA O ESTABLECIMIENTO SE ORGANIZARAN LAS COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE QUE SE JUZGUE NECESARIAS, COMPUESTAS POR IGUAL NUMERO DE REPRESENTANTES
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