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Seguridad Social


Enviado por   •  28 de Junio de 2015  •  2.213 Palabras (9 Páginas)  •  181 Visitas

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.- ¿Qué es el seguro social contra riesgos de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales?

Es un seguro de salud laboral que tiene por objetivo otorgar prestaciones médicas y económicas a aquellos trabajadores que sufran un Accidente del Trabajo o contraigan una Enfermedad Profesional.

Este seguro es de carácter obligatorio para todo empleador y se regula por la Ley Nº 16.744.

2.- ¿Quiénes son las personas protegidas por este seguro?

Todos los trabajadores dependientes del sector público o privado.

Ciertos trabajadores dependientes, expresamente autorizados por un decreto presidencial (ej. Pirquineros, pescadores artesanales, choferes, dueños de transportes colectivos o de camiones de carga, suplementeros, etc.…)

Dirigentes sindicales, a causa o con ocasión de sus cometidos gremiales.

Estudiantes que ejecuten trabajos que sean una fuente de ingreso para el respectivo plantel al cual pertenecen.here

3.- ¿Cómo se financia este seguro?

Este seguro es financiado por el Empleador, a través del pago de cotizaciones que corresponden a un porcentaje que se aplica sobre el sueldo imponible de los trabajadores.

Existe una cotización básica general, de un 0,90%, que actualmente se encuentra aumentada por una cotización extraordinaria de 0,05, con lo cual en la actualidad alcanza a un 0.95%

Además de la cotización adicional diferenciada, determinada en función de la actividad económica de la empresa.

Dicha tasa variara de acuerdo a la evaluación de la siniestralidad efectiva de cada empresa, la cual se realiza cada dos años, a través del procedimiento establecido en el D.S. Nº 67, de 1999, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

4.- ¿Quiénes administran este seguro?

Las mutualidades de Empleadores, corporaciones sin fines de lucro creadas al amparo de la Ley Nº 16.744, y que en la actualidad son:

El Instituto de Seguridad del Trabajo

La Asociación Chilena de Seguridad

La Mutual de Seguridad de la Cámara Chilena de la Construcción

Por su parte el Estado también actúa como administrador de esta ley a través del Instituto de Normalización Previsional (INP).

También existen determinadas entidades, denominadas “Empresas con Administración Delegada” que con autorización de la Superintendencia de Seguridad Social, otorgan ciertas prestaciones de esta ley a sus trabajadores como las médicas y el pago de subsidios e indemnizaciones, debiendo contar con instalaciones médicas propias.(ej: Codelco, La Pontificia UC de Chile, Enami, Compañía Siderúrgica Huachipato, Compañía Minera del Pacifico)

5.- ¿Qué es un accidente del trabajo?

Toda lesión que una persona sufra a causa o con ocasión del trabajo, y que le produzca incapacidad o muerte.

Accidente a causa del trabajo es el que se produce directamente por la ejecución de las tareas o labores propias de su actividad laboral.

Accidente con ocasión del trabajo es aquel en el que existe una relación aunque sea indirecta entre el trabajo y la lesión.

6.- ¿Qué es un accidente de trayecto?

Son aquellos que ocurren en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo y viceversa.

Así como también aquellos que ocurran en el trayecto directo entre dos lugares de trabajo.

7.- ¿Qué hay que hacer ante un accidente del trabajo?

El empleador debe dar inmediato aviso al organismo administrador a fin de que el trabajador sea trasladado al Servicio de Urgencia del Instituto, otorgándosele todas las prestaciones correspondientes.

La atención médica del trabajador accidentado debe proporcionarse de manera inmediata, sin la exigencia de ninguna formalidad o trámite previo.

El trabajador podrá concurrir a un establecimiento distinto al del organismo administrador cuando se den las siguientes circunstancias:

-Urgencia del caso, en que se encuentre en riesgo de vida.

-El otorgamiento de atenciones de tratamientos especiales.

-El lugar donde ocurra el accidente.

El trabajador atendido en una unidad hospitalaria distinta al del organismo administrador, una vez estabilizado y con la certificación del médico tratante, será trasladado a las dependencias médicas del IST.

Posteriormente el empleador deberá denunciar el accidente a través del formulario denominado DIAT y acompañar los antecedentes pertinentes del trabajador entre otros el contrato de trabajo.

8.- ¿Qué se debe hacer ante un accidente de trayecto?

El trabajador -en la medida que pueda- deberá trasladarse al centro de atención médica del instituto más cercano, o en caso de no poder movilizarse, deberá avisar a su empleador o Mutualidad debiendo ser trasladado a la Unidad Hospitalaria del organismo administrador.

Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de:

-Urgencia de la lesión.

-Lugar del accidente y cercanía de servicios de urgencia de prestación médica.

El trabajador podrá recurrir a un establecimiento médico distinto del IST.

9.- ¿Qué es una enfermedad profesional?

Es la causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte.

10.- ¿Qué pasos hay que seguir cuando se diagnostica una enfermedad profesional?

Corresponde al organismo administrador calificar si una determinada afección, lesión o patología, tiene origen profesional.

Una vez calificada una enfermedad profesional procede a determinar la eventual incapacidad permanente o pérdida de la capacidad de trabajo que una enfermedad le provoca al trabajador.

La evaluación de una enfermedad profesional corresponde que sea realizada por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) del domicilio del empleador del trabajador, debiendo el organismo administrador remitir todos los antecedentes médicos del trabajador.

De no estar conforme el trabajador (o cualquier interesado) con el grado de invalidez fijado por la respectiva COMPIN, podrá reclamar ante la Comisión Médica de Reclamos de la Ley Nº 16.744, organismo dependiente del Ministerio de Salud.

De lo resuelto por dicha Comisión Médica se podrá apelar ante la Superintendencia de Seguridad Social, quien resolverá en última instancia, respecto de la calificación y el grado de invalidez.

11.- ¿A qué prestaciones médicas tiene derecho un trabajador accidentado?

Las prestaciones médicas incluyen: atención médica, quirúrgica, dental, hospitalización, medicamentos, prótesis y aparatos ortopédicos y su reparación, rehabilitación física y reeducación profesional, así como también al pago de los traslados en los casos que así se amerite debidamente

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