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Siembra de Cannabis medicinal en Colombia


Enviado por   •  7 de Julio de 2022  •  Ensayo  •  1.350 Palabras (6 Páginas)  •  79 Visitas

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Diego Esteban Daza Tacha                                                                           20212377041

Automatización Gr. 263

Requisitos para la siembra de cannabis medicinal en Colombia

En este ensayo se dará a conocer los requisitos implementados por el gobierno colombiano para el uso de las semillas del cannabis y la siembra de estas. En los últimos años se ha visto en varios países del mundo como la siembra, producción, distribución y uso del cannabis con fines medicinales y científicos ha aumentado en consideración, incrementando los aportes a la investigación y a la medicina, también apoyando a las diferentes comunidades que a través de la siembra de esta planta obtienen el dinero para su supervivencia.

En Colombia, tanto como para hacer uso de las semillas de cannabis, y realizar la siembra de estas, se deben realizar los trámites más importantes ante el Ministerio de Justicia y del Derecho, solicitando una licencia, la cual se puede definir como la autorización que dan las autoridades correspondientes para, en este caso, hacer uso de las semillas, y la siembra de cultivos, esta licencia es intransferible, no se otorgan licencias a predios con cultivos ilícitos, y esta puede ser solicitada tanto por personas naturales como jurídicas.

La licencia para el uso de semillas se otorga en caso de adquisición, comercialización, almacenamiento, distribución, importación y exportación de las semillas del cannabis. Existen dos tipos de licencia para el cultivo, una para el cannabis psicoactivo, y otra para el no psicoactivo, la diferencia es que para el cultivo de cannabis no psicoactivo el porcentaje de tetrahidrocannabinol (THC) debe ser menos a 1% en peso seco. Ambas licencias se otorgan en caso de adquisición y producción de semillas, almacenamiento, distribución y exportación.

Para solicitar las licencias ante el Ministerio de Justicia y del Derecho, se deben presentar los siguientes documentos: En caso de ser personal natural, se debe presentar fotocopia del documento de identidad, comprobante del pago del trámite, y declaración juramentada de procedencia de ingresos. Para personas jurídicas los documentos serán: indicación del NIT para ser consultado en el RUES (Registro único empresarial y social), fotocopia de los documentos de identidad de los representantes legales principales y suplentes, comprobante del pago del trámite, y declaración juramentada de procedencia de ingresos firmada por el representante legal y el contador.

Existen costos para expedir las licencias mencionadas anteriormente, para expedir la licencia del uso de semillas es de $ 10.657.615, la licencia para el cultivo de cannabis psicoactivo tiene un costo de $ 37.288.632, y por ultimo la licencia para el cultivo de cannabis no psicoactivo tiene un costo de $12.726.935. También la respuesta a la solicitud de la licencia, ya sea aprobada o negada, tiene un tiempo de espera de 30 días. Las licencias tendrán una vigencia de 5 años, la cual se podrá renovar por el mismo lapso de tiempo, esta refrendación de la licencia deberá realizarse 3 meses antes del vencimiento de esta.

Según la licencia a expedir, se deben cumplir con ciertos requisitos específicos, para la licencia de uso de semilla son los siguientes: descripción de los equipos y áreas que sean usados para realizar la actividad, protocolo de seguridad de acuerdo con la regulación técnica, indicación del número de matrícula mobiliaria o cedula catastral. También, en caso de hacer uso de las semillas como importación, exportación, comercialización e investigación debe realizar un registro ante la ICA.

Para la licencia de siembra de cannabis psicoactivo se debe cumplir: licencia de fabricación de derivados de cannabis, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social a pesar de no ser usada, descripción de los equipos y áreas que sean usados para realizar la actividad, protocolo de seguridad de acuerdo con la regulación técnica, indicación del número de matrícula mobiliaria o cedula catastra y el plan de cultivo, este es un documento en el cual se deben especificar el cronograma de trabajo, el organigrama en el cual se señalen las labores de cada persona que estarán involucradas, los procedimientos agrícolas que serán implementados y la cantidad de semillas utilizadas y de plantas de cannabis cultivadas.

Para la licencia de siembra de cannabis no psicoactivo se debe cumplir: descripción de los equipos y áreas que sean usados para realizar la actividad, indicación del número de matrícula mobiliaria o cedula catastra y descripción de las variables utilizadas demostrando la condición de no psicoactividad, aportando la ficha técnica en donde se certifique que las variantes a utilizar no están en capacidad de producir una cantidad de THC superior al 1% en peso.

Finalmente existen los cupos, los cuales son otorgados al país de acuerdo al concepto otorgado por el Grupo Técnico de Cupos (GTC), el cual esta conformado por un designado de las siguientes instituciones: Ministerio de Justicia y del Derecho, Ministerio de Salud y Protección Social, Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), Instituto Nacional de Vigilancia de Alimentos y Medicamentos (INVIMA) y Fondo Nacional de Estupefacientes, este grupo deberá cuantificar las necesidades y establecer las cantidades de cupos requeridos para el país, y solicitar estos ante la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes. También deberán evaluar y analizar las solicitudes de cupos y darles respuesta a estas.

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