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Situacion Actual Del Sistema Peniteniario


Enviado por   •  9 de Noviembre de 2011  •  10.053 Palabras (41 Páginas)  •  823 Visitas

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LA SITUACIÓN ACTUAL DEL SECTOR PENITENCIARIO NACIONAL

1.- GENERALIDADES

La razón de ser del Sistema Penitenciario debería responder, en principio, a la aplicación o ejecución de un programa enmarcado en una política criminal seria, objetiva y moderna, que facilite al Estado la aplicación de medidas de tipo preventivo y penal destinadas a llevar la criminalidad a límites tolerables.

Esto permitiría evitar que los comportamientos considerados como antisociales, perturben el nivel y calidad de vida de la mayoría de los ciudadanos, garantizando así el mayor bienestar posible, lo que implica, la determinación de medidas extrajudiciales de corte preventivo, normativas y medidas penales que en definitiva respondan a una política social general.

Lo deseable sería, que la utilización de medidas penales por no ser las más adecuadas para reducir la delincuencia, se constituyeran en la última alternativa, y decididamente se abordaran las causas del delito en su origen; como lo es la problemática de la pobreza, el desempleo, el acceso a la educación, la vivienda, la salud, la recreación, la cultura, el deporte e inclusive el acceso a una Administración de Justicia oportuna; variables que influyen significativamente en la conformación del sistema de valores de las personas.

La prevención, entendida en un sentido amplio, persigue evitar la ocurrencia del delito con cara al futuro, por intermedio de todos los programas de atención a la comunidad en las materias de salud, empleo, educación, recreación, cultura, deportes, vivienda y otras medidas de carácter profiláctico. Es por todos conocido, las grandes limitaciones que actualmente existen en materia preventiva, comparable con lo que se observa en la mayoría de los países calificados como del tercer mundo.

El liberalismo y hoy día la globalización aceleran el empobrecimiento de la mayoría en beneficio de pocos, y profundizan la limpieza de clase utilizando la cárcel como mero instrumento de exclusión. Se manifiesta claramente la sustitución de lo preventivo como principal acción para generar bienestar social, por lo represivo, donde se impone la intolerancia del Estado, el terror policial y el rigor penal frente a la pobreza, de lo cual no escapa la población desposeída de los países más ricos y avanzados.

Las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento tipificado como antisocial en la legislación penal. Se instrumentan a través de los órganos policiales y de investigación criminalistica en principio, con la participación de la Fiscalía del Ministerio Público, los Jueces de Control, Juicio y Ejecución, para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, que en el caso venezolano debe atender imputados y condenados, representando éste sector el último eslabón de la cadena, pero el más hipertrofiado.

Asumiendo una visión positivista del asunto del delito, en su estudio, origen y formas de control, el Estado tiene la responsabilidad de facilitar los servicios penitenciarios que sirven de estructura para el control, el aislamiento y la ejecución de las penas, incluyéndose en el caso venezolano la atención a imputados y condenados.

Estos servicios suponen como fin principal el tratamiento, la reeducación, la rehabilitación y futura reinserción social, cuya eficacia y eficiencia dependen ciertamente de la inversión estatal, su organización, la infraestructura, los recursos humanos profesionales, el marco regulatorio de funcionamiento, y la planificación y ejecución del plan de acción enmarcado en la política penitenciaria nacional.

El conocimiento de la situación requiere de la revisión en el pasado y el presente, de múltiples variables que pretende abordar este trabajo.

Preeliminarmente pudiéramos decir, que la situación penitenciaria venezolana se presenta sumamente compleja y violenta, evidenciando el fracaso de los diferentes actores responsables de la Administración de Justicia y como consecuencia la flagrante violación de los Derechos Humanos de las personas sometidas al régimen penitenciario. Así lo han venido reseñando por muchos años los medios de comunicación, al igual que algunos actores en el pasado y en el presente.

Para el año 1.997, Torrealba, afirmaba "la situación que se está viviendo en los Centros de Reclusión se nos presenta como una bomba de tiempo, que en varias ocasiones ha tratado de estallar, pudiendo hasta ahora ser controlada la situación; pero con resultados sumamente penosos, ya que se han perdido muchas vidas, y quedará en nuestra conciencia la duda de saber si se trataba realmente de personas responsables del delito que se les imputaba, además que después de ocurrida sus muertes el único camino que tienen los administradores de justicia es declarar terminada la averiguación por extinción de la acción penal o sobreseer la causa."1

En enero de 2.002, la Dra. Gloria Lizcano, médico voluntaria durante varios años, exdirectora del Internado Judicial de Falcón y del Instituto Nacional de Orientación Femenina INOF, actualmente Directora del Anexo Femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo, afirmó:

" Venezuela vive hoy la más severa crisis que en el orden Social, Etico, Político y Moral que se recuerda en la era democrática. En el sector penitenciario es donde más repercute negativamente ésta crisis, toda vez que históricamente el presupuesto para el área ha sido deficitario y últimamente, con el recorte presupuestario, las posibilidades de atender a éste sector de la población que ha perdido su Libertad pero no sus derechos fundamentales, son casi nulas por no decir ausentes.

BREVE RESEÑA HISTÓRICA SOBRE LA LEGISLACIÓN Y EL TRATAMIENTO PENITENCIARIO EN VENEZUELA

La legislación venezolana referida a la materia penitenciaria, no deja de ser abundante, desde el año 1.927 hasta nuestros días, se recoge todo un catálogo de normas según la documentación revisada; donde se regula el funcionamiento de algunas instituciones de reclusión, y múltiples aspectos del quehacer penitenciario.

Las referidas normas, ofrecen una visión general de la instrumentación del régimen penitenciario en el tiempo, a través de las actividades que el Estado debe realizar para la prestación de los servicios relativos a la seguridad y al tratamiento penitenciario. Todos los instrumentos responden a una filosofía positivista del asunto de la reclusión, el aislamiento, el delito y el delincuente, pasando por la regulación del trabajo con fines forzosos de provecho para el Estado, hasta la filosofía de la resocialización y readaptación social.

Históricamente la legislación viene abordando la situación penitenciaria; como ejemplos se citan a continuación varias experiencias:

1.927, Decreto Reglamentario

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