Superación personal
Enviado por croyff10 • 22 de Julio de 2020 • Ensayo • 2.092 Palabras (9 Páginas) • 180 Visitas
FEBRERO 18 DE 2012
PROFE: LUIS YECIDVILLARRAGA FLOREZ
CORREO: YESIDVILLARRAGA.ABOGADO@HOTMAIL.COM
CELULAR:
- EXAMEN 21 DE ABRIL 15%
- EXAMEN 2 DE JUNIO 15%
10 Y 17 DE MARZO ACTIVIDAD TALLER, TEMA DE LA DEMANDA 20%
MAYO 12 EXPOSICION 20%
CODIGO CONTENCIONSO ADMNISTRATIVO
LEY 1437 DE 2011
GUSTAVO PENAGOS: DERECHO PROCESAL ADMNISTRATIVO NOVENA EDICION
CARLOS BETANCUR JARAMILLO: DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO
ART. 29 DE LA CONSTITUCION : EL DEBIDO PROCESO
EL DEBIDO PROCESO COMO PPIO FUNDAMENTAL EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO
LA ADMNISTRACION DEBE TOMAR DECISIONES QUEE SOLO SE MATERIALIZAN A TRAVES DE UN ACTO ADMINISTRATIVO.
ACTO ADMINISTRATIVO: LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD DE LA ADMINISTRACION QUE PRODUCE, CREA O GENERA, MODIFICA UNA SITUACION JURIDICCA BIEN SEA UN PARTICULAR DE LA MISMA ADMINISTRACION, DE UNA PERSONA ATURAL O JURIDICA
ESTE ACTO ADMINISTRATIVO PUEDE ESTAR CONTENIDO EN UN DOCUMENTO LLAMADO OFICIO, CIRCULAR, DECRETO, RESOLUCION O CUALQUIER OTRO ACTO QUE PRODUZCA EFECTOSJURIDICOS AL ADMINISTRADO
LOS ACTOS ADMINISGRATIVOS PUEDEN SER DE CARÁCTER:
GENERAL: SON LOS QUE AFECTAN A UN GRUPO CONSIDERABLE DE ADMINISTRADOS Y QUE PRODUCE EFECTOS JURIDICOS SOBRE LOS MISMOS.
EN ESTOS ACTOS SE CUADRAN LOS ACUERDOS
PARTICULAR: SON LOS QUE CREAN, EXTINGUEN MODIFICAN UNA SITUACION JURIDICA DE UN ADMNISTRADO.
SE CREA CUANDO EL ESTADO O LA ENTIDAD PROFIERE SU DECISION. EJEMPLO: SEÑOR POR EL TIEMO QUE LLEVA LABORANDO CON NOSOTROS LE INFORMAS SOBRE SU PENSION.
LA ADMINISTRACION NO PUEDE DESDE NINGUN PUNTO DE VISTA EXTINGUIR UNA SITUACION JURIDICA A YRAVEZ DE UNA REVOCATORIA ADMINSTRATIVA SOBRE UN PARTICULAR SIN SU CONSENTIMIENTO.- HAY ALGUNAS EXCEPCIONES QUE NO SE REQUIERE NOTIFICAR A LA PERSONA.
CUANDO LA ADMINISTRACION EXTERIORIZA ESA MANIFESTACION SE PUEDE DAR:
DE OFICIO:LA ENCONTRAMOS EN AQUELLAS ACTUACIONES DONDE LA ADMINISTRACION ACTUA EN NOMBRE PROPIO.
A PETICION DE PARTE: CUANDO LO INICIAMOS A TRAVES DE UNA PETICION
EL HECHO QUE SE PRESENTE UNA PETICION GENERA TODOS LOS EFECTOS QUE LA CONSTITUCION PLASMO EN EL ART. 23 PARA ELD ERECHO DE PETICION.
COMO DESAPARECE UNA CTO ADMINISTRATIVO?
LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS SE PRESUMEN AUTENTICOS Y GOZAN DE LEGALIDAD HASTA QUE LA JURISDICCION CONTENSIOSO ADMINISTRATIVA LOS DECLARE NULOS.-
SE LLEGA A LA JURIS.CONTENC.ADMINISTRATIVA CUANDO NO SE ARREGLA CON LA ADMINISTRACION. Y SE HACE A TRAVES DE LA VIA GUBERNATIVA
LA VIA GUBERNATIVA:
ES EL TRAMITE QUE SE ADELANTA POR PARTE DEL DESTINATARIO DE UN ACTO ADMINISTRATIVO A TRAVES DELOS RECURSSOS CONSAGRADOS EN LA LEY A EFECTO DE QUE DICHO ACTO SEA ADICIONADO MODIFICADO O RECOVOCADO POR QUIEN LO PROFIERO
LA OPORTUNIDAD QUE SE LA DA A LA ADMINISTRACION DE CORREGIR SUS PROPIOS ACTOS.
LOS RECURSOS DE VIA GUBERNATIVA ESTAN EN EL ART 49 Y S.S. HASTA EL ART. 67 DEL CODIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
REVOCATORIA DIRECTA ES UN RECURSO EXTRAORDINARIO
TAREA LEY 53DE 1887 LEERLO.-
LEY 1437 DEL 2011 DEL 65 AL 92 LEERLO
IDENTIFICAR, LA FIGURA RECURSO DE REPOSICION PARA QUE ES,PARA QUE SIRVE,ANTE QUIEN,COMO SE HACE,
RECURSO DE APELACION, QUEJA
FEBRERO 24 DE 2012-03-03 Vía gubernativa ley 1437 procedimiento administrativo
Ley 153 de 1887 en su art 40 establece las reglas de interpretación de las normas (términos procesales)
Las leyes estatutarias regulan lo concerniente a los códigos ley en el tiempo
Acciones contenciosas decreto 01 del 84
art (84ª) acción de nulidad: cualquier persona puede pedir nulidad de cualquier acto administrativo
85 de nulidad y restablecimiento del derecho: la nulidad persigue que únicamente desaparezca el acto administrativo, contrario a esto se pide que consecutivamente y a titulo se restablezca el derecho conforme a la norma
Art 86 acción de reparación directa: acciones u omisión distintas a la expedición de un acto adm en principio
Ejp: la volqueta del municipio sale a las 9 pm y genera un accidente
Los funcionarios públicos también responden por extralimitación de funciones ellos tienen responsabilidad civil, penal, disciplinaria y fiscal - repetición contra el funcionario que hizo lo indibido
Ley 678 de 2002 acción de reparación directa
Art 90 CP
Art 87 controversias contractuales (acción contractual)
Art 88 no esta vigente se le denomina el pimponeo por que se tiran la pelota.
Con la ley 1437 tenemos titulo III del art 135 y siguientes hablan de los MEDIOS DE CONTROL ojo ya no se habla de acciones
En lo contencioso hay reparación en lo administrativo no
Art 135 de la ley: nulidad de inconstitucionalidad la cual es realizada por la corte constitucional que hacen la evaluación de las leyes ojo no confundir con la nulidad del art 84 a, la 135 es para los decretos del gobierno nacional
Lo que no esté en el art 241 de la CP deja de ser competencia de la corte constitucional y pasa a ser competencia del concejo de Estado art 237 CP
Art 136 de la ley: Control inmediato de legalidad regula todos los hijos de la norma expedida ejp: normas expedidas en estado de excepción
Ojo! Estudiar el acto legislativo que reformo la CP sobre el tema de la sostenibilidad fiscal si no hay plata no hay reparación. (para quien quiera seguir el tema adm)
Art 137 de la ley nulidad simple
Art 138 nulidad y restablecimiento del derecho
Art 139 nulidad electoral viene en el 223 y siguientes
Art 140 reparación directa
Art 141 Controversias contractuales.
Artículo 142 Repetición
Artículo 143 Pérdida de embestidura solo para los cuerpos colegiados (congresistas, diputados y concejales)
Artículo 144 Protección de los derechos e intereses colectivos
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