TRABAJO DE INVESTIGACIÓN QUE, PARA APROBAR LA ASIGNATURA DE LEGISLACIÓN LABORAL
Enviado por Ssergioo Ffigueroa • 9 de Marzo de 2020 • Trabajo • 1.997 Palabras (8 Páginas) • 179 Visitas
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“JURISPRUDENCIA”[pic 4][pic 5][pic 6][pic 7]
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN QUE, PARA APROBAR LA ASIGNATURA DE LEGISLACIÓN LABORAL,[pic 8]
PRESENTAN:[pic 9]
FIGUEROA ORTIZ SERGIO FEDERICO[pic 10]
DOCENTE: M. en C. MARIVEL FLORES REYNA[pic 11]
México, CDMX., 07 de FEBRERO de 2020
INTRODUCCIÓN
En este trabajo tratare de dar a conocer el significado de jurisprudencia para saber su origen junto con sus características para poder comprender en qué momento se pude aplicar la jurisprudencia y el saber cómo se establece la jurisprudencia ya que esta se establece por 2 sistemas en el cual se hablará de contradicción de tesis y de cinco ejecutorias no interrumpidas por otra en contrario y aparte de eso se identificará a sus órganos facultados para emitir la jurisprudencia y así poder tener por entendido como se efectúa la jurisprudencia.
OBJETIVO
Objetivo general
Conocer el origen de jurisprudencia junto con sus características el saber cómo se establece la jurisprudencia y sus órganos facultados para emitir la jurisprudencia para su estudio
Objetivo particular
1.- Conocer los términos que tiene la jurisprudencia
2.- Saber cómo se establece la jurisprudencia
3.- Conocer los órganos facultados para emitir jurisprudencia
INDICE
TEMAS Y SUBTEMAS
b.8) La cuartilla tendrá las siguientes características:
Hojas tamaño carta, márgenes superior y derecho de 2 cm, márgenes izquierdo e inferior 2.5 cm, tipo de letra arial 12,
interlineado de 1.5, entre párrafo y párrafo también será de 1.5 excepto cuando se cambie de tema, cuando se concluya un
capítulo se pasará a la siguiente página sin importar el espacio en blanco que quede en la hoja. En el primer renglón de cada
párrafo se dejará una sangría de 1 o 2 cm.
CAPÍTULO I JURISPRUDENCIA
- SIGNIFICADO DE LA JURISPRUDENCIA
- LAS CARACTERISTICAS DE LA JURISPRUDENCIA
1.3 PROCESO FORMATIVO DE LA JURISPRUDENCIA
- ORGANOS FACULTADOS PARA EMITIR LA JURISPRUDENCIA
CONCLUCIONES
BIBLIOGRAFIAS
JURISPRUDENCIA
La palabra jurisprudencia proviene del latín, “jurisprudentia”, compuesta por los vocablos “juris” que significa derecho y “prudentia” que quiere decir conocimiento, ciencia. En términos generales se ha definido como: el conjunto de tesis que constituyen valioso material de orientación y enseñanza, que señalan a los jueces la solución de la multiplicidad de cuestiones jurídicas que contemplan; que suplen las lagunas y deficiencias del orden jurídico positivo; que guían al legislador en el sendero de su obra futura. En el caso de México, la jurisprudencia judicial es la interpretación de la ley, firme, reiterada y de observancia obligatoria, que emana de las ejecutorias pronunciadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, funcionando en pleno o por salas, y por los Tribunales Colegiados de Circuito.
En efecto, los artículos 94 y 107 constitucionales; 192 y 193 de la Ley de Amparo, establecen que la materia de la jurisprudencia es la interpretación de las leyes y reglamentos federales o locales y de los tratados internacionales celebrados por el Estado mexicano.
Por otra parte, la palabra jurisprudencia posee dos acepciones distintas. En una de ellas equivale a ciencia del derecho o teoría del orden jurídico positivo. En la otra, sirve para designar el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales.
Algunas veces, la ley otorga a las tesis expuestas en las resoluciones de ciertas autoridades judiciales, carácter obligatorio, relativamente a otras autoridades de inferior rango. En nuestro derecho, la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación obliga a la propia Corte y a los Tribunales Unitarios y Colegiados de Circuito, Juzgados de Distrito, Tribunales Militares y Judiciales del orden común de los Estados, Distrito Federal y Tribunales Administrativos y del Trabajo, locales y federales.
Lo que atañe a nuestro derecho podemos hablar, por tanto de jurisprudencia obligatoria y no obligatoria, estas tienen la misma fuerza normativa de un texto legal. Dichas tesis son de dos especies: o interpretativas de las leyes a que se refieren, o integradoras de sus lagunas.
Ahora bien, existen diferencias entre las características de la jurisprudencia con relación a la tesis, las que se pueden resumir de la siguiente forma:
Las características de la jurisprudencia son cuatro:
Explicativa, en cuanto que aclara y fija el alcance de la ley cuando ésta es oscura.
Supletoria, en cuanto da solución a los casos no previstos por la ley.
Diferencial, adapta la ley al caso concreto, evitando que su aplicación indiferenciada consagre injusticias.
Renovadora, la ley envejece rápidamente, pero merced a la acción de la jurisprudencia, se prolonga su vigencia en el tiempo, haciéndose más flexibles y duraderos sus preceptos.
Por otro lado, los artículos 192 a 197-B de Ley de Amparo y 177 a 179 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, regulan la jurisprudencia y reconocen como materia de ella, la interpretación de la ley, le atribuyen de manera expresa, la característica de la obligatoriedad y exigen que los criterios que la integren, sean firmes y reiterados, en consecuencia, se puede presumir que la jurisprudencia presenta otras características, como son:
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